Derecho Francés
VirginiaEspinoza21 de Marzo de 2015
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HISTORIA DEL DERECHO.
TEMA: VIII: EL DERECHO FRANCÉS.- DEFINICIÓN Y CONTENIDO. ELEMENTOS FORMATIVOS. LA REVOLUCION FRANCESA. NAPOLEÓN Y LAS LEYES EVOLUCIÓN.-
La Historia del Derecho francés puede ser dividida en tres grandes períodos:
El Período Antiguo, que estuvo vigente desde el antiguo régimen con la proclamación de los Derechos del hombre y del ciudadano hasta los movimientos revolucionarios; los cuales culminaron el 17 de junio de1789 con la institución de la Asamblea Nacional.
El Período Intermedio La época de la Revolución Francesa que comprende desde la proclamación de los Derechos del hombre y del ciudadano; hasta la promulgación del título preliminar del Código civil en 1803, que finaliza con el Código Civil el 21 de marzo de 1804.
El Período Moderno es el que comienza en esta época. Época postnapoleónica, iniciada con la redacción de Códigos Napoleónicos; que subsiste hasta nuestros días. La historia del Derecho Francés, como la de cualquier otro país, no presenta soluciones de continuidad entre un período y otro.
PERÍODO ANTIGUO
Ya que en el siglo V La Galia vivía bajo el imperio de la ley escrita, las Constituciones Imperiales tuvieron un gran valor. Las más famosas de ellas eran guías de los jurisconsultos clásicos.
Francia se divide antes del siglo XIII en dos zonas jurídicas:
· Derecho escrito influenciado y sometido estrictamente por el Derecho Romano (droit ecrit). Influencia del código Justiniano, Teodosio y Alarico. Se utilizaba escasamente el Derecho Romano, cuando la costumbre no daba la solución a un conflicto determinado. Por otro lado se daba, en otros lugares, el uso de la costumbre muy escasamente.
· Derecho consuetudinario influenciado por la costumbre de los pueblos (droit coutumier).
Un grupo alegaba que el Derecho debía acudir a la ley Romana; otros defendían el uso de la costumbre.
ORGANIZACIÓN SOCIAL:
· Clero y nobleza conforman los dos primeros grupos; perdieron poder político, económico y militar. Estos a su vez tenían exoneración de impuestos y jurisdicción propia.
Los reyes y grupos acomodados eran nobles, Los nobles se dividían en señores “hautte,demi y basse justice”, según su conocimiento litigioso. El clero tenía que ver con sacerdotes y monjes.
· Los plebeyos o plebe es la clase mayoritaria con un 80% de población. Se dividían en gremios urbanos (ejecutaban oficio común en las ciudades) y campesinos.
Todos estos grupos forman lo que se conoce como “Estados Nacionales.”
PROCESOS JUDICIALES:
· Derecho Civil: Lento, costoso, enredado y basado en sistema inquisitorial canónico.
Con propiedad limitada por cargas feudales y gremiales, inclusive en contratos.
Derecho de familia sujeto al padre y a regulaciones canónicas absolutamente.
·
Derecho Penal: Cruel y anticientífico, sin las más elementales garantías del individuo. Al acusado se le prohíbe el derecho a defensa, podía hacer su declaración jurada, los testigos eran llamados en secreto, se le hace muy complicado conseguir prueba.
El Derecho Penal Y Criminal:
El Derecho Criminal era sabio y enérgico, pero inferior al Derecho Privado. Existía la venganza privada. Existía la tortura como medio de prueba, el robo, los golpes y heridas se catalogaban como penas atenuadas pero los demás delitos se castigaban con penas excesivamente fuertes.
La propiedad era colectiva, se repartían grandes lotes de terreno entre varias familias en igualdad de condiciones. Había un germen de propiedad privada como era la casa familiar, su suelo y su recinto.
EL SISTEMA DE LA PERSONALIDAD DE LAS LEYES.
Se aplicaba la ley del demandado. La ley se trasladaba con el individuo.
Los romanos influyeron mucho en la formación del Derecho Francés, también influyeron los pueblos bárbaros con sus costumbres. Se acogió en Francia la máxima romana: “Lo que el rey quiere es ley”.
EL DERECHO DEBE ESTAR FUNDADO EN COSTUMBRES.
Las colecciones de sentencias notables de particulares sin que contenga el texto de las sentencias, sino su sustancia, eran dictadas oralmente, tuvieron gran valor en la época, se probaba su existencia con el Record Cour.
Los proverbios y las máximas jurídicas son también una fuente de información acerca del antiguo derecho consuetudinario.
Las costumbres fueron redactadas por Montil-les tours, fueron incompletas y no llegaron a ser un verdadero código, ya que no contenían todas las reglas procesales del derecho, pero impidieron la entrada a Francia del derecho romano.
Es a partir del año 1679 cuando la enseñanza del Derecho Francés recibió un lugar en las Universidades. Poco a poco se creó una literatura interpretativa enseñada en las escuelas de Derecho. Hubo muchas interpretaciones de Doctores.
Las costumbres no eran uniformes, se crearon dificultades e interpretaciones. Fueron famosas las escuelas de Bolonia en Italia y la Escuela de los Glosadores.
EL PERIODO INTERMEDIO
La Revolución abolió todos los antiguos privilegios al proclamar la igualdad de todos ante la Ley. Esto redundó en la integración del derecho francés bajo la premisa de que a una sola nación indivisible, corresponde una misma regla social obligatoria. Sin embargo, las asambleas revolucionarias no realizaron este ideal.
Comprende todos los actos legislatorios emanados de la asamblea nacional, con el nombre de Constituyente. Se llamó Intermedio como transición entre el antiguo y el nuevo régimen.
La conmoción política de la época repercutió sobre toda la legislación existente y la desaparición de los privilegios y la imagen de igualdad de todos ante la ley.
El 16 de agosto del 1790 la Asamblea Nacional por decreto de esa fecha expreso la necesidad de formar un código de las leyes civiles comunes a todo el reino. Portalis, Tronchet, Promeneu y Maleville fue la comisión que preparó y terminó el Código Civil Francés; posteriormente siguieron otros códigos como el de procedimiento civil, el de comercio, el penal y de Instrucción Criminal.
El Código Civil francés fue copiado o imitado por muchos países, Alemania, Bélgica, Egipto, Japón, Santo Domingo, España y a su vez estos códigos fueron asumidos por otros países como Hungría, Grecia, Austria, Brasil, Suiza, China, etc.
ETAPA MODERNAS
La etapa moderna es de gran importancia por cuanto aparecen las codificaciones como en 1807, el Código Procedimientos Civiles, Código de Comercio, Código de Instrucción Criminal y Código Penal.
Las codificaciones modernas originales han sido cuatro (04); en su orden cronológico podemos citar a Francia, Austria, Alemania y Suiza.
Estos códigos, a excepción del noble código austriaco han sido objeto de recepciones por otros países. En Egipto el código francés ha figurado como base fundamental del sistema legislativo del país. España después de resistirse y querer formular un código civil nacionalista, recurrió a la importación del código civil francés.
El código civil alemán muy opuesto al francés, es una obra menos popular y menos asequible al espíritu de las masas pero capaz de entusiasmar a juristas de profesión debido a sus fundamentos filosóficos, fue objeto de varias recepciones, toles como Hungría, Grecia, Austria, Rusia, Brasil, Suiza, Japón, China y Siam.
El código civil Suizo fue el último fenómeno histórico de codificación-Anterior a él existía El Código Federal suizo de las obligaciones. El Código civil suizo ha sido motivo de una recepción, que fue la hecha recientemente por Turquía.
La República Dominicana asimiló por vía legislativa la legislación francesa en el año 1845 en que se promulgó el decreto del congreso mandando a observar a los tribunales dominicanos, los códigos franceses de la Restauración, consumada finalmente en 1884 cuando estos fueron promulgados en español, después que una comisión les introdujera las modificaciones y enmiendas que a su juicio necesitaban para concordar con el resto de la legislación Dominicana y poderse llamar leyes dominicanas.
LA REVOLUCION FRANCESA:
La Revolución francesa fue un conflicto social y político, con diversos periodos de violencia, que convulsionó Francia y, por extensión de sus implicaciones, a otras naciones de Europa que enfrentaban a partidarios y opositores del sistema conocido como el Antiguo Régimen. Se inició con la autoproclamación del Tercer Estado como Asamblea Nacional en 1789 y finalizó con el golpe de estado de Napoleón Bonaparte en 1799.
Si bien la organización política de Francia osciló entre república, imperio y monarquía constitucional durante 71 años después de que la Primera República cayera tras el golpe
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