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Derecho Romano final


Enviado por   •  19 de Agosto de 2020  •  Exámen  •  5.408 Palabras (22 Páginas)  •  195 Visitas

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Finales Derecho Romano

Final A 2019

1) Describir el modelo de revolución urbana oriental

2) ¿Que era el régimen del colonato?

3) ¿Que dispuso la Lex Aebutia y en qué año se dictó?

Se dictó en el año 150 antes de cristo. Puso fin a la legis actio (acciones de la ley), impuesta por la ley de las XII tablas. El formulario fue establecido por la Ley Aebutia para los pretores urbanos

4) ¿Que era la patria potestad y que facultades tenía el pater?

Si el Manus si se refería a los hijos y descendientes se llama Patria Potestad

Patria potestad: al poder (potestas) que ejerce el pater sobre sus descendientes y eventuales adoptados de cualquier sexo

Potestades del pater:

  • Amplias
  • Estos derechos cesaban  cuando el filius dejaba de pertenecer a la familia por cualquier motivo (adopción, emancipación, o casamiento cum manu)
  • Ejemplo
  • La posibilidad de disponer de la vida, pero en el principado era necesario para ejecutar a un hijo la conformidad del magistrado
  • Podía vender a su hijo como esclavo al extranjero o dándolo in mamcipium dentro de roma

5) ¿Cuáles son los elementos del negocio jurídico?

Son los elementos esenciales, naturales y accidentales

Elementos esenciales: Son los que hacen a su existencia y validez del negocio jurídico. Son la voluntad, objeto, causa y forma.

  • La voluntad es el negocio querido por las partes, es necesario discernimiento, intención y libertad, hay una transmisión de voluntad expresa y tacita como excepción por ejemplo mancipatio. El objeto es el contenido del negocio. Debe ser licito (permitido por el derecho), posible (posibilidad física y jurídicamente, por ejemplo no se puede vender las estrellas), determinado o determinable pero no indeterminado, además debe estar incorporado en el patrimonio y que este dentro del comercio.
  • La causa puede ser causa fuente, lo que origina el negocio jurídico y causa fin que es la intención.
  • La forma, en el derecho arcaico se aplicaba mucho pero después se fueron liberando de esta cuestión.

Los elementos naturales, son los que están en el negocio jurídico pero las partes pueden dejarlo de lado, no pierden eficacia por ejemplo en la compraventa el vendedor se haría cargo de los vicios ocultos

Elementos accidentales, son los que no están en el negocio jurídico, pero las partes los pueden incorporar. Ellos son la condición, plazo y cargo o modo

  • Condición: es el hecho futuro e incierto cuyo cumplimiento dependerá la eficacia de los negocios jurídicos. Hay condición suspensiva (se suspende los efectos del negocio hasta que se cumpla) y resolutoria (una vez cumplida cesan los efectos del negocio jurídico)
  • Plazo. Es el hecho futuro y cierto. Pueden ser con certeza por ejemplo te doy 100 el domingo que viene o sin certeza
  • Modo. Al beneficiario se le agrega una liberalidad a cumplir

Final B 2019

1- Modelo de revolución urbana de roma occidental

2- Dinastías que hubo en el periodo del principado

3- Diferencias entre familia commune iure dicta y propia iure

Familia commune iure dicta (o gran familia o familia agnaticia): Todos aquellos que hubieran estado sometidas a la potestad de un pater cierto y conocido si este viviera”

Permanecía unida al producirse la muerte del pater, que era sucedido por otro que conducirá la misma familia

Familia propia iure: cada vez que un pater moria, su familia se dividía en tantas ramas como hijos varones dejara

4- ¿Que son los codicilos?

Son disposiciones de última voluntad que no instituían herederos ni disponían desheredaciones.

Son escritos informales. Contenían legados, manumisiones y otras mandas que si eran confirmadas por el testamento, eran obligatorias. Pero si no eran confirmadas después pero no contrarias, tuvieron fuerza obligatoria a partir del siglo I de nuestra era si no había testamento posterior según el código teodosiano y código Justiniano, en este caso los codiciales eran obligatorios con 5 testigos

En el testamentos ponían clausulas codicilar quien hacia testamentos disponía que si el testamento resultara invalido por cualquier razón formal tuviera valor como codicilo.

Examen C 2019

[pic 1]

Clasificación de las leges según Ulpiano

Para después del periodo clásico, las leges significaban: el derecho proveniente de las constituciones imperiales

Según su eficacia y vinculado a las leyes prohibitivas, Ulpiano las clasificaba en:

  • Perfectas: Establecía la nulidad de aquellos actos que estaban en contra de las leyes prohibitivas
  • Menos que perfecta: Establecía una sanción a los infractores pero no la nulidad del acto
  • Imperfecta: No establecía ni la sanción ni la nulidad

3- ¿Cuál es el orden sucesorio ab-intestato según las novelas 118 y 127?

Según el Derecho Justiniano el orden sucesorio ab intestato era el siguiente:

  1. Hijos por cabeza y demás descendientes incluyendo a los adoptados (si alguno de los hijos hubiera premuerto dejando descendencia, los nietos heredan por estirpe pero si todos los hijos hubieran premuerto al causante, heredan los nietos por cabeza
  2. Ascendientes per cápita y hermanos colaterales  del causante o sus hijos
  3. Los medios hermanos sin importar si son uterinos o consanguíneos
  4. Los colaterales, el más cercano excluye al más lejano
  5. La iglesia, legiones y el fisco, ante herencias vacantes

4- ¿Cuáles eran las servidumbres personales?

Las servidumbres personales son las constituidas a favor de una persona y se extingue con la muerte del titular. Son: usufructo, cuasiusufructo, uso y habitación

  • Usufructo: es el derecho a usar y disfrutar de una cosa ajena sin deteriorarla ni modificarla
  • Cuasiusufructo: se utiliza cosas consumibles…
  • Uso: es el derecho de disfrutar de una cosa ajena percibiendo solo lo necesario para la subsistencia
  • Habitación: es el derecho de residir en una cosa ajena

¿Qué es y cómo tiene lugar una compensación?

Es un modo de extinción per exceptionem en el cual la obligación sigue vigente, pero el pretor impide su eficacia (la extinción no opera de pleno derecho), el deudor ante nuevas cobranzas puede interponer una exceptio

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