Derecho Romano final
jesss22Examen19 de Agosto de 2020
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Finales Derecho Romano
Final A 2019
1) Describir el modelo de revolución urbana oriental
2) ¿Que era el régimen del colonato?
3) ¿Que dispuso la Lex Aebutia y en qué año se dictó?
Se dictó en el año 150 antes de cristo. Puso fin a la legis actio (acciones de la ley), impuesta por la ley de las XII tablas. El formulario fue establecido por la Ley Aebutia para los pretores urbanos
4) ¿Que era la patria potestad y que facultades tenía el pater?
Si el Manus si se refería a los hijos y descendientes se llama Patria Potestad
Patria potestad: al poder (potestas) que ejerce el pater sobre sus descendientes y eventuales adoptados de cualquier sexo
Potestades del pater:
- Amplias
- Estos derechos cesaban cuando el filius dejaba de pertenecer a la familia por cualquier motivo (adopción, emancipación, o casamiento cum manu)
- Ejemplo
- La posibilidad de disponer de la vida, pero en el principado era necesario para ejecutar a un hijo la conformidad del magistrado
- Podía vender a su hijo como esclavo al extranjero o dándolo in mamcipium dentro de roma
5) ¿Cuáles son los elementos del negocio jurídico?
Son los elementos esenciales, naturales y accidentales
Elementos esenciales: Son los que hacen a su existencia y validez del negocio jurídico. Son la voluntad, objeto, causa y forma.
- La voluntad es el negocio querido por las partes, es necesario discernimiento, intención y libertad, hay una transmisión de voluntad expresa y tacita como excepción por ejemplo mancipatio. El objeto es el contenido del negocio. Debe ser licito (permitido por el derecho), posible (posibilidad física y jurídicamente, por ejemplo no se puede vender las estrellas), determinado o determinable pero no indeterminado, además debe estar incorporado en el patrimonio y que este dentro del comercio.
- La causa puede ser causa fuente, lo que origina el negocio jurídico y causa fin que es la intención.
- La forma, en el derecho arcaico se aplicaba mucho pero después se fueron liberando de esta cuestión.
Los elementos naturales, son los que están en el negocio jurídico pero las partes pueden dejarlo de lado, no pierden eficacia por ejemplo en la compraventa el vendedor se haría cargo de los vicios ocultos
Elementos accidentales, son los que no están en el negocio jurídico, pero las partes los pueden incorporar. Ellos son la condición, plazo y cargo o modo
- Condición: es el hecho futuro e incierto cuyo cumplimiento dependerá la eficacia de los negocios jurídicos. Hay condición suspensiva (se suspende los efectos del negocio hasta que se cumpla) y resolutoria (una vez cumplida cesan los efectos del negocio jurídico)
- Plazo. Es el hecho futuro y cierto. Pueden ser con certeza por ejemplo te doy 100 el domingo que viene o sin certeza
- Modo. Al beneficiario se le agrega una liberalidad a cumplir
Final B 2019
1- Modelo de revolución urbana de roma occidental
2- Dinastías que hubo en el periodo del principado
3- Diferencias entre familia commune iure dicta y propia iure
Familia commune iure dicta (o gran familia o familia agnaticia): Todos aquellos que hubieran estado sometidas a la potestad de un pater cierto y conocido si este viviera”
Permanecía unida al producirse la muerte del pater, que era sucedido por otro que conducirá la misma familia
Familia propia iure: cada vez que un pater moria, su familia se dividía en tantas ramas como hijos varones dejara
4- ¿Que son los codicilos?
Son disposiciones de última voluntad que no instituían herederos ni disponían desheredaciones.
Son escritos informales. Contenían legados, manumisiones y otras mandas que si eran confirmadas por el testamento, eran obligatorias. Pero si no eran confirmadas después pero no contrarias, tuvieron fuerza obligatoria a partir del siglo I de nuestra era si no había testamento posterior según el código teodosiano y código Justiniano, en este caso los codiciales eran obligatorios con 5 testigos
En el testamentos ponían clausulas codicilar quien hacia testamentos disponía que si el testamento resultara invalido por cualquier razón formal tuviera valor como codicilo.
Examen C 2019
[pic 1]
Clasificación de las leges según Ulpiano
Para después del periodo clásico, las leges significaban: el derecho proveniente de las constituciones imperiales
Según su eficacia y vinculado a las leyes prohibitivas, Ulpiano las clasificaba en:
- Perfectas: Establecía la nulidad de aquellos actos que estaban en contra de las leyes prohibitivas
- Menos que perfecta: Establecía una sanción a los infractores pero no la nulidad del acto
- Imperfecta: No establecía ni la sanción ni la nulidad
3- ¿Cuál es el orden sucesorio ab-intestato según las novelas 118 y 127?
Según el Derecho Justiniano el orden sucesorio ab intestato era el siguiente:
- Hijos por cabeza y demás descendientes incluyendo a los adoptados (si alguno de los hijos hubiera premuerto dejando descendencia, los nietos heredan por estirpe pero si todos los hijos hubieran premuerto al causante, heredan los nietos por cabeza
- Ascendientes per cápita y hermanos colaterales del causante o sus hijos
- Los medios hermanos sin importar si son uterinos o consanguíneos
- Los colaterales, el más cercano excluye al más lejano
- La iglesia, legiones y el fisco, ante herencias vacantes
4- ¿Cuáles eran las servidumbres personales?
Las servidumbres personales son las constituidas a favor de una persona y se extingue con la muerte del titular. Son: usufructo, cuasiusufructo, uso y habitación
- Usufructo: es el derecho a usar y disfrutar de una cosa ajena sin deteriorarla ni modificarla
- Cuasiusufructo: se utiliza cosas consumibles…
- Uso: es el derecho de disfrutar de una cosa ajena percibiendo solo lo necesario para la subsistencia
- Habitación: es el derecho de residir en una cosa ajena
¿Qué es y cómo tiene lugar una compensación?
Es un modo de extinción per exceptionem en el cual la obligación sigue vigente, pero el pretor impide su eficacia (la extinción no opera de pleno derecho), el deudor ante nuevas cobranzas puede interponer una exceptio
Una compensación es cuando el deudor opone al acreedor un crédito que tiene en contra de este, deuda y crédito se contribuyen entre si
Condiciones:
- Identidad de sujetos, acreedor y deudor recíprocos
- Bienes fungibles
- Créditos exigibles
- Monto de las prestaciones liquidas
[pic 2]
[pic 3]
Final D 2019
1_ ¿Cuándo comenzó el derecho en la humanidad?
2_ Lex rogata
Es el resultado de la sumatoria de voluntades del magistrado quien proponía, pedía o rogaba que el pueblo las apruebe. El pueblo debía votar por sí o por no, sin hacer modificaciones.
Sus partes son:
- Praescripto: contenía a su vez: 1- nombre del magistrado que la rogaba, 2- día y lugar del comicios, 3- primer unidad comicial escrita y por último el nombre del primer ciudadano que la ha votado
- Rogatio: Que es la pretensión del emperador por el cual pide que el pueblo lo apruebe
- Sanctio: Es la forma que se le da a la lex para que forme parte de la constitución romana
3_ Mancipatio
Es una venta simulada. Ceremonia solemne que se realizaba en presencia de 5 testigos romanos púberes y la asistencia de otro ciudadano también púber llamado libripens, que llevaba una balanza de bronce. En presencia de todos ellos, el adquirente, teniendo en mano la cosa y frente al enajenante que debe asistir en silencio, golpeaba un platillo de la balanza con un trozo de cobre (simulaba el precio) y pronunciaba palabras rituales que implican que esa cosa era suya y que la había comprado con ese pedazo de metal que le entregaba al enajenante. Pero el dominio se transmite por cualquier razón, la mancipatio se usaba para transmitir cosas mancipi y para otros actos como ser manumisiones
4_ Modo de adquirir dominio.
Hay modos para adquirir el dominio en forma derivada u originaria
Modo derivada: la transmisión del dominio es de un dueño a otro. Ellos son: mancipatio, in iure cessio y traditio
Modo originario: No hay dueño anterior. Ellos son: ocupación, accesion, y especificación.
- Mancipatio. Es una ceremonia solemne, en el que había 5 testigos, ciudadanos romanos púberes y otro llamado libripens también púber. Este llevaba una balanza de bronce y el enajenante se mantenía en silencio, el libripens tocaba con un trozo de cobre el platillo y decía palabras rituales por los cuales afirmaba que la cosa era suya. El dominio se transmitía por cualquier causa, y era para res mancipi
- In iure cessio: Es una ceremonia solemne realizada ante el pretor, donde el adquirente en presencia del enajenante, teniendo la cosa en la mano, pronuncia unas palabras como dando a entender que él era el dueño de esa cosa, y el pretor le asignaba el dominio a él. Se usaba para res mancipi y en algunos casos para res nec mancipi
- Traditio. Era necesario, la entrega de la cosa, intención de transmitir el dominio de la cosa, y justa causa, si eran cosas muebles se entregaban en la mano pero si eran inmuebles, había una entrega simbólica que podía consistir en la entrega de la llave, indicación del lote o que en el caso del locatario ya estaba con la posesión de la cosa
- Ocupación: cuando alguien se apropia de una res nullies es decir sin dueño por ejemplo pescados, descubrimientos y tesoros
- Accesión: donde cosas accesorias se adhieren sin retorno a cosas principales. Puede ser de inmuebles a inmuebles, de muebles a muebles y de muebles a inmuebles por ejemplo siembre o construcción. Los sabinianos decían que las principales son las más grandes y los más numerosos en cambio los proculeyanos decían que consideraban a la calidad al tamaño
- Especificación: cuando materia primas ajenas se obtiene otras cosas sin la autorización del dueño. Por ejemplo vino de uvas ajenas
- Usucapion. Era la posesión de una cosa por un cierto lapso de tiempo y cumpliendo otros requisitos adquiría el dominio de esa cosa
5_ Obligaciones divisibles e indivisibles
Las obligaciones divisibles son aquellas que se admite pagos parciales por ejemplo en sumas de dinero y las indivisibles aquellas que no se admite pagos parciales por ejemplo entregar un anillo
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