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Derecho Romano


Enviado por   •  9 de Junio de 2014  •  1.331 Palabras (6 Páginas)  •  165 Visitas

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Tema 3: Derecho Romano

• Historia del Derecho Romano

Comprende el estudio del desarrollo gradual de sus instituciones, desde la fundación de Roma en el siglo VIII antes de Cristo, hasta la muerte del emperador Justiniano, en el siglo VI de nuestra era.

• Tradición Romana

La tradición romana se basa en el Derecho Consuetudinario, en cuanto a costumbres, rebeliones y manifestaciones políticas, económicas y sociales, que se fueron presentando de manera gradual a medida que los años corrían, dejando al Derecho Romano como un Derecho en la cultura y en la legislación universal.

• El Helenismo

• Organización Social y Política en Roma

La organización social de Roma estaba regida bajo un sistema patriarcal. La familia era dirigida por un paterfamilia que era considerado el jefe y representante de la misma. La familia era considerada como una institución de carácter político con funciones de orden y defensa social. De la familia se conduce a la gens que es un agrupamiento mayor de comunidades familiares, de las cuales surge Roma como civitas (Ciudad-Estado) conformando un grupo político unitario.

La organización política de Roma abarcaba tres órganos fundamentales: el rey, el senado y los comicios. El Rey, era nombrado por su predecesor y gracias a la gran investidura de imperium que la lex curiata de imperio le otorgaba se decía que el rey tenia el poder de consultar a los dioses para conocer su voluntad y ejercia poderes militares, judiciales y religiosos. El senado era compuesto de los paterfamilias o jefes de la gens, su función principal era asistir al rey y aprobar declaraciones de guerra lo cual llevaba por nombre: Auctoritas patrum. Los comicios era integrado por los miembros de las curias y su función principal era ña de elegir de forma vitalicia al Rey, legislar sobre asuntos internos como composición de la gens, adquisición y transmisión de bienes.

En Roma la monarquía no era absoluta ya que la voluntad del rey estaba sujeta a las tradiciones y costumbres. En Roma, el Derecho siempre estuvo ligado íntimamente a la religión, la cual actuó de forma decisiva en algunas instituciones como el matrimonio, adopción, testamentos, etc.

• El Derecho Republicano

Se puede decir que el derecho romano es el derecho universal, aunque en esta época la jurisprudencia ni su manifestación eran acertadas por los jurisconsultos. La República comprende la lucha patricio-plebeya y las guerras de conquista. La lucha patricio-plebeya comenzó en el año 509 antes de Cristo con la monarquia derribada y el rey sustituido por dos consules patricios, los cuales separaron la religión del Derecho Civil y continuaba la desigualdad de derechos y privilegios para los plebeyos, pero en el año 494 a.C los plebeyos invaden terrenos fuera de Roma e instalan una nueva ciudad, lo cual llevó a los patricios a realizar concesiones con los mismos y ubicar dos tribunos que representarían a la plebe, con lo cual nace la asamblea de la plebe (concilia plebis) cuyas resoluciones eran ley obligatoria para todos los plebeyos aunque con el tiempo se volvió fuerza de ley para todos por igual, tratando de erradicar la función arbitraria jurisdiccional de los magistrados patricios.

Las magistraturas era el conjunto de órganos a los que son asignados funciones públicas, cuyos cargos eran gratuitos y se llamaban honores. Los poderes del magistrado se concrentan las potestas y en el imperium, las potestas confieren al magistrado la facultad de publicar edictos (iu edicendi) y el imperio ejercer el mando militar y la administración de la justicia (iurisdictio). Las características de las magistraturas eran:

a) Electivas: Porque los magistrados eran nombrados o elegidos por la asamblea popular.

b) Temporales: Los magistrados permanecían en sus cargos un año, por lo general.

c) Responsables: Porque al final de su gestión debían rendir cuentas al pueblo que los eligió.

d) Gratuitas: Porque no recibían retribución o paga por su ejercicio.

e) Colegiadas: porque cada uno tenía la plenitud de poderes de la respectiva magistratura.

Las magistraturas suelen calificarse en ordinarias y extraordinarias, las ordinarias forman parte de la estructura normal y son permanentes; mientras que las extraordinarias las funciones solo se designan en circunstancias especiales o de peligro para la República.

Los magistrados estaban distribuidos en categorías, en primer término estaban los patricios y plebeyos y en segundo término los curules y no curules.

Se distinguen también entre magistrados superiores y magistrados inferiores; los superiores eran elegidos por los comicios centuriados y los otros por los comicios por tribus.

Las fuentes del Derecho en el periodo de la Republica se desarrolló a través de la costumbre cuyas normas jurídicas no estaban escritas, que consistían en la repetición de ciertos actos de manera espontánea y natural que por practica adquieren fuerza de ley, la ley que supone un aspecto máximo de poder que corresponde a la sociedad o a los órganos que en cada momento y según la constitución política, lo ejercen en nombre de la comunidad, los edictos de los magistrados que eran una serie de normas publicadas en las cuales se subordinaba las actividades de los magistrados y daban solución a conflictos que constituían el Derecho honorario, del cual el derecho pretoriano es más importante, el cual recibió la influencia de la filosofía griega permitiendo que el derecho natural involucrara sus principios humanos, equitativos y justos, y la interpretatio era la interpretación que los pontífices y los juriconsultos le daban al derecho, aunque en materia jurídico-religioso los pontífices eran los únicos capacitados para comprender el sentido de las normas jurídicas, aunque en el año 304 a.C Cneo Flavio logro publicar formulas jurídicas importantes lo cual causo que el Derecho dejara de ser secreto y la interpretatio se hiciera laica; un siglo después Sexto Aelio se dedico a estudiar y enseñar derecho publicó interpretaciones y formulas de ley a la que llamo Ius Aelianum que algunos denominan Tripertita, aunque son diferentes.

La Tripertita consta de 3 partes: 1) El texto de la ley de las XII tablas; 2) La interpretación de sus disposiciones; y 3) las formulas y rituales para ejercer las acciones de ley.

NOTA: Los jurisconsultos más importantes de la época fueron Q. Mucio Scaevola quien es célebre por su obra Lus Civile y Servius Sulpicio quien elaboró una obra sobre la naturaleza de las instituciones y de los principios jurídicos.

• Desarrollo del Derecho en la época imperial

La monarquía fue reemplazada por un régimen absolutista, después de la batalla de Accio (31 a.C) cuyo vencedor fue Octavio el cual tomo el titulo de emperador, augusto o principe y sus sucesores reciben los mismos poderes gracias a la Ley Regla. Las magistraturas antiguas no fueron revocadas, seguían sus funciones de producir y aplicar el derecho en un plano de subordinación al Emperador y en paulatina modificación.

En la época imperial surgen nuevas formas de creación del Derecho como los senadoconsultos que eran decisiones del senado que adquirían fuerza de ley, aunque en esta época no tienen la suficiente fuerza legal, las constituciones imperiales eran resoluciones con fuerza de ley dadas por el emperador en virtud de las facultades concebidas por la ley regia y las respuestas de los prudentes adquieren fuerza de ley.

Al final del imperio se asignaba autoridad jurídica no solo a las opiniones de quien las emite, sino también a la de quienes son citadas como fundamento de estas.

Desde comienzos de la época imperial el derecho honorario, en especial el derecho pretoriano adquiere gran desarrollo como fuente del derecho privado.

El derecho pretoriano al codificarse se titulo Edictuum Perpetuum (Edicto Perpetuo).

Los juristas de la época platearon que si la jurisprudencia (sabiduría del Derecho) había de estar o no subordinada a la tradición, discusión que creo como resultado la aparición de dos escuelas que planteaban los diferentes puntos de vista: Los proculeyanos cuyo fundador fue Labeo quien proponía la independencia de la jurisprudencia respecto a toda tradición precedente y la fundamentación teórica jurídica a través de un riguroso razonamiento y la escuela de los sabinianos fundada por Capiton quien representaba un criterio opuesto a toda influencia filosófica y se mostraba partidaria de las tradiciones y con respecto a las interpretaciones dogmáticas.

• La pax Romana

• La ley de las XII tablas

• Procedimiento: In iure e in iudicio.

• Aportes del Derecho Romano

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