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El Bipartidismo


Enviado por   •  20 de Octubre de 2013  •  1.390 Palabras (6 Páginas)  •  293 Visitas

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risioneros de guerra.

Según el estatuto del prisionero de guerra son los miembros de las fuerzas armadas de una parte en conflicto son combatientes; todo combatiente que caiga en poder de una parte adversa será prisionero de guerra(Art. 4 del III Convenio)

También se considera prisioneros de guerra cuando caen en poder del enemigo a quienes siguen a las fuerzas armadas sin formar parte integrante de las mismas, como miembros civiles de la tripulación de aviones militares, corresponsales de guerra, proveedores y miembros de servicios encargados del bienestar de los militares; todos ellos deben ser portadores de una tarjeta de identidad especial. Lo mismo se estipula para los miembros de las tripulaciones de la marina mercante que no se benefician de un trato más favorable. Por último, son prisioneros de guerra y en caso de captura las personas que integran la población de un territorio no ocupado que, la acercarse el enemigo, tomen espontáneamente las armas para combatir a las tropas invasoras, sin haber tenido tiempo para organizarse como fuerzas armadas regulares, siempre que lleven las armas a la vista y respeten las leyes y costumbres de la guerra.

En los territorios ocupados, si la potencia ocupante decide, por razones de seguridad, detener a miembros de las fuerzas armadas reincorporados a la vida civil, deberá tratarlos como prisioneros de guerra. Así, la potencia neutral que detenga a militares que buscaron refugio en su territorio debe a reserva de cualquier trato más favorable, darles el trato previsto para los prisioneros de guerra.

Los espías y los mercenarios no tienen derecho al estatuto de prisionero de guerra. Se considerará que una persona es espía cuando este actúe con pretextos falsos o proceda de modo deliberadamente clandestino. Así pues, un militar que viste el uniforme no es un espía, incluso cuando se oculte para recoger información.

El cautiverio comienza en cuanto un combatiente caiga en poder del enemigo. La captura puede tener lugar de diferentes manera: el combatiente puede rendirse a la tropa adversa deponiendo sus armas, izando bandera blanca o levantando los brazos; la rendición puede ser también colectiva u obedecer a una capitulación local o general. La captura también puede producirse cuando un combatiente se encuentra herido y postgrado sin ofrecer resistencia, en territorio en poder del enemigo. Las personas que se rindan o estén fuera de combate por heridas o enfermedad no deben de ser atacadas, pero deben abstenerse de todo acto hostil y no tratar de evadirse.

Cuando una tropa haya hecho prisioneros que no pueden ser evacuados o tratado según las normas internacionales, serán libertados con todas las precauciones posibles para garantizar su seguridad y, si es necesario, tras haberlos desarmado.

En ciertas formas de guerra es muy difícil manifestar la intención de rendirse. Sin embargo, cuando un individuo esté en peligro manifiesto, no podrá ser atacado. Tampoco puede ser objeto de ataque los náufragos, los ocupantes de una aeronave en peligro que salten en paracaídas no pueden ser atacados durante su descenso; al llegar a tierra, debe dárseles la posibilidad de rendirse antes de ser atacados. También ellos deben abstenerse de cualquier acto hostil.

Cualquiera que participe en las hostilidades y caiga en poder de la parte adversa puede ser considerando prisionero de guerra. Si hubiera alguna duda respecto a su derecho al estatuto de prisionero de guerra, continuará beneficiándose de la protección del Convenio y del Protocolo hasta que un tribunal competente decida al respecto.

Los prisioneros de guerra deberán ser tratados humanamente en todas las circunstancias. Tienen derecho al respeto a su persona física y moral. Se consideran contrarios al respeto a la persona física, entre otros: Cualquier acto ilícito o toda omisión ilícita que comporte la muerte o ponga en grave peligro la salud de un prisionero y las mutilaciones físicas, o experimentos médicos o científicos no indicados por el tratamiento del paciente; las extracciones de órganos o de tejidos para transplantes; los actos de violencia por parte de civiles o de militares; los interrogatorios prolongados acompañados o no de torturas para obtener información; la vejación constante; la privación de asistencia médica a los heridos y enfermos; la privación prolongada de servicios de higiene; la privación de actividades físicas, intelectuales y recreativas; condiciones insuficientes de alimentación, de alojamiento y vestimenta, el mantenimiento de los prisioneros en zona peligrosa; los trabajos peligrosos o incompatibles con sus

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