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El Derecho A La Educacion

ceciliaaballay27 de Agosto de 2013

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adquisición, a la adquisición de los conocimientos científicos y técnicos que corresponden a la época en que vive y al desenvolvimiento de sus aptitudes vocacionales para lograr sus máximas potencialidades en beneficio de la sociedad. El derecho de aprender se identifica con la libertad, es el derecho de la personalidad a su máximo crecimiento sin deformaciones dogmáticas, es el derecho del hombre a la formación de su personalidad y el de la sociedad a la cultura (20)

Con el avance del constitucionalismo social, fundamentalmente en las constituciones europeas de la segunda postguerra y en los tratados y documentos de las organizaciones internacionales creadas en este periodo, se trata de hacer explícitos los requisitos concretos que aseguren su cumplimiento. La Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA), de junio de 1948, y la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de diciembre del mismo año, contienen lineamientos que han servido para orientar el avance y la especificación del derecho a la educación (21)

El derecho de la educación se expresa en términos de la escolaridad que debería recibir toda la población, de la siguiente manera:

• garantizar un mínimo de instrucción (primaria elemental o fundamental) Este mínimo es considerado como un deber de las personas y una obligación del Estado asegurarlo, a través del requisito de crear y sostener un servicio público gratuito al alcance de todos para que puedan cumplir con la obligatoriedad, ya sean niños, jóvenes y adultos.

• Generalizar la formación técnica y profesional;

• Ampliar el acceso a los estudios superiores.

Los Estados realizaron importantes contribuciones al financiamiento de los sistemas de educación y los progresos en la expansión cuantitativa produjeron un proceso de real ampliación del acceso a la educación mas allá de la educación elemental, sobre todo el acceso a las capas medias y de las mujeres a la enseñanza media y superior, antes reservadas a las elites.

Esta ampliación alcanzó en mucha menor medida a los sectores populares y es considerada como una de las “promesas” incumplidas del Estado de Bienestar.

A pesar de los significativos avances registrados, se esta aún lejos de que el derecho a la educación pueda considerarse efectivamente cumplido, porque:

• No se garantiza, en la práctica, el mínimo de educación obligatoria y una efectiva formación para el mundo del trabajo a todos los habitantes; amplios sectores quedan sin ese mínimo y mientras otros sectores restringidos de la población acceden a cada vez más años de escolaridad; se acentúa la fragmentación cultural dentro de las sociedades nacionales.

• La competencia económica se basa cada vez mas en el desarrollo científico y tecnológico, que ha vuelto irrelevante el número de años de escolaridad obligatoria reclamado hace cuatro décadas. Hoy, son requisitos indispensables la elevación del numero de años de la escolaridad obligatoria y la relevancia científica, técnica, social e individual de los contenidos de la educación sistemática, al igual que mantener un sistema de educación permanente. Todas son condiciones indispensables para superar la distancia entre países y la dependencia económica en sus nuevas manifestaciones.

• La igualdad de oportunidades, tal como se concibió –poner la escuela al alcance de la población con formas similares de organización escolar y trabajo pedagógico- resultó canalizadora de los beneficios de la educación preferencialmente hacia los sectores medios y altos, que hacia los sectores populares; en un complejo interjuego entre acceso y calidad continúan actuando fuertes tendencias de discriminación social y , también, regional en materia de educación.

• La libertad de expresión y opinión , de sustentar las posiciones científicas e ideológicas según la libertas de conciencia de cada participante directo del proceso educativo –docentes y estudiantes- tuvo algunos efímeros tiempos de vigencia; en muchos casos actuó mas como meta o utopía que como práctica concreta; la represión y el autoritarismo, en sus formas abiertas o encubiertas, adentro de la escuela fueron la nota dominante en la sociedad argentina durante muchos años.

La clara evidencia de que no es solo a través de la transmisión directa de doctrinas como se modelas las personalidades, sino por la fuerte incidencia de los estilos de convivencia social, lleva a que cada vez mas se ponga el acento en las formas que asume la vida cotidiana en las escuelas y en las prácticas pedagógicas vigentes.

Frente a la situación descripta, cabe entonces repensar qué se entiende hoy por un efectivo cumplimiento del derecho a la educación, en el marco de una sociedad democrática, y reformular sus alcances, en los siguientes aspectos:

a) En términos de la escolaridad a cubrir:

• Garantizar un mínimo de instrucción básica que debería ser, por lo menos de 10 años de escolaridad.

• Garantizar una efectiva formación general y profesional para el mundo del trabajo : es obligación del Estado asegurar ambas, no solo con el requisito de crear y sostener las instituciones escolares públicas gratuitas al alcance de los niños, jóvenes y adultos, sino además con los servicios asistenciales y de apoyo para concretarla; ampliar progresivamente el acceso a los estudios superiores.

b) En términos de las características que debería tener esa escolaridad:

• Asegurar la igualdad de oportunidades y posibilidades, garantizando tanto el acceso como la permanencia y la distribución de educación de calidad equivalente, a toda la población:

• Asegurar la significación social, Científica y personal de los contenidos que se transmiten.

• Hacer efectiva la libertad de expresión y de opinión, suprimiendo toda discriminación ideológica:

• Hacer efectivas normas y prácticas pedagógicas que estimulen el juicio crítico y estilos de convivencia solidarios y responsables.

8- Las criticas al Estado de Bienestar desde las perspectivas socialdemócratas y neoconservadoras.

El auge y desarrollo de las políticas del Estado de Bienestar dio lugar a un periodo de relativa prosperidad económica, considerándose al Estado como el factor estabilizador que, a través de sus intervenciones en al regulación de la economía y de la provisión de los servicios que aseguran el acceso a condiciones de bienestar, impide que el funcionamiento de la economía desemboque en profundas recesiones y en abiertos y agudos conflictos sociales. La crisis de mediados de los 70´dio lugar a críticas sobre el funcionamiento del Estado de Bienestar, pero estas son de muy distinta naturaleza: la neoconservadora y las socialdemócratas.

Por lo tanto, resulta imprescindible considerar los rasgos básicos de las composiciones que hacen estos estilos contrapuestos: ver qué proponen para regular el funcionamiento de la economía y de la sociedad; conocer sus alternativas en materia de políticas sociales, y específicamente, sus políticas educativas. Descripto este nuevo contexto, se puede leer de otra manera los debates actuales y las reformulaciones que se hacen del derecho a la educación, tal como – por ejemplo – ocurrió en el proceso de sanción de la Ley Federal de Educación 24.195; Así, comienzan a adquirir otro sentido diversos textos utilizados. Que con la apariencia de formulas vacías contienen un claro referente en un determinado tipo de recomposición, la neoconservadora.

La socialdemocracia hace críticas al funcionamiento del Estado de Bienestar tal como este se desarrollo históricamente. No hace críticas a sus patrones básicos; lo critica por lo que prometió –ser un elemento equilibrador y redistributivo de la sociedad – y no logró alcanzarlo satisfactoriamente; criticas similares a las realizadas en el punto anterior sobre el incumplimiento efectivo del derecho a la educación.

Aquí, las criticas se dirigen al incumplimiento de las funciones redistributivas, al estilo estratificado de redistribución al que dio lugar; es decir, a la falta de equidad y resultante. Por otro lado, agregan que, no logró una activa participación de las organizaciones de la sociedad civil, que produjo una creciente y centralizada burocratización que impidió una activa participación de los ciudadanos que provocó una homogeneización insatisfactoria y sobrecargada centralmente de los servicios. Además, como consecuencia de la reducción objetiva de los recursos públicos, producto de la crisis, se enfrenta con la necesidad de redefinir sus orientaciones, formas y prioridades para asegurar las condiciones de bienestar del conjunto de los habitantes.

En cuanto a las tendencias neoconservadoras, estas realizaron una critica radical al Estado de Bienestar, considerando que, por las múltiples intervenciones del Estado en la esfera económica impide que las fuerzas de progreso del mercado funcionen de manera correcta. Aquel impone normas e impuestos sobre el capital que llevan a una desactivación de la inversión y, cuando concede a los trabajadores derechos, servicios y posiciones de poder en las negociaciones sobre la distribución del ingreso, desactiva al trabajo.

Para esta posición, el efecto conjunto de la falta de incentivos para la inversión y la desactivación de la competencia individual en el trabajo es el que produce la decreciente tasa de acumulación de capital, una sobrecarga en las demandas de consumo (inflación) y, también, un aumento en las demandas de participación política (ingobernabilidad) (22)

Producen una inversión de los términos en el papel que se

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