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El Sentido Del Positivismo Jurídico


Enviado por   •  1 de Junio de 2014  •  1.263 Palabras (6 Páginas)  •  439 Visitas

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El sentido del positivismo jurídico

Tom CampbellUniversidad Nacional de Australia

La teoría del positivismo jurídico es usualmente considerada como analítica, descriptiva y explicativa (nota 1). El sentido del positivismo jurídico, desde este punto de vista, es proporcionar una precisa caracterización del Derecho tal como éste es en realidad, en lugar de como debe ser. Esto, se supone, se sigue de la insistencia positivista en que la teoría del Derecho natural niega la distinción lógica entre descripción y prescripción y, en particular, confunde el análisis del Derecho con su crítica. Este punto de vista puede ser puesto en duda si distinguimos las prescripciones relativas al contenido del Derecho de aquellas relativas a su forma. Usando esta distinción, voy a defender que es esclarecedor y fructífero considerar el positivismo jurídico como una teoría normativa que

Tom Campbell

6

ÍNDICE

trata de determinar qué debe ser el Derecho, no respecto de su contenido, sino respecto de su forma (nota 2).

La interpretación normativa del positivismo jurídico evita las discusiones puramente semánticas sobre la definición de Derecho y sitúa los desacuerdos sobre el Derecho en un contexto significativo en el que estos análisis y descripciones en competencia son vistos como teniendo cierta conexión con ideales jurídicos alternativos, eludiendo así la doble trampa de los desacuerdos puramente definicionales sobre conceptos jurídicos, por un lado, y de los intercambios de información inconcluyentes sobre los diferentes sistemas jurídicos, de otro. Además de favorecer una mejor comprensión de las variedades del positivismo jurídico, la lectura normativa del positivismo nos legitima para desviarnos de ingratas discusiones como la de los aspectos definitorios del positivismo jurídico en sí mismo (nota 3).

Para muchos teóricos del Derecho contemporáneos, el positivismo jurídico es poco más que un telón de fondo que sirve para resaltar la superioridad de sus propias caracterizaciones del Derecho, más sofisticadas y esclarecedoras. El positivismo, se pretende, describe mal el Derecho como un conjunto de reglas discretas que son identificadas, comprendidas y aplicadas El sentido del positivismo jurídico

Tom CampbellUniversidad Nacional de Australia

La teoría del positivismo jurídico es usualmente considerada como analítica, descriptiva y explicativa (nota 1). El sentido del positivismo jurídico, desde este punto de vista, es proporcionar una precisa caracterización del Derecho tal como éste es en realidad, en lugar de como debe ser. Esto, se supone, se sigue de la insistencia positivista en que la teoría del Derecho natural niega la distinción lógica entre descripción y prescripción y, en particular, confunde el análisis del Derecho con su crítica. Este punto de vista puede ser puesto en duda si distinguimos las prescripciones relativas al contenido del Derecho de aquellas relativas a su forma. Usando esta distinción, voy a defender que es esclarecedor y fructífero considerar el positivismo jurídico como una teoría normativa que

Tom Campbell

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ÍNDICE

trata de determinar qué debe ser el Derecho, no respecto de su contenido, sino respecto de su forma (nota 2).

La interpretación normativa del positivismo jurídico evita las discusiones puramente semánticas sobre la definición de Derecho y sitúa los desacuerdos sobre el Derecho en un contexto significativo en el que estos análisis y descripciones en competencia son vistos como teniendo cierta conexión con ideales jurídicos alternativos, eludiendo así la doble trampa de los desacuerdos puramente definicionales sobre conceptos jurídicos, por un lado, y de los intercambios de información inconcluyentes sobre los diferentes sistemas jurídicos, de otro. Además de favorecer una mejor comprensión de las variedades del positivismo jurídico, la lectura normativa del positivismo nos legitima para desviarnos de ingratas discusiones como la de los aspectos definitorios del positivismo jurídico en sí mismo (nota 3).

Para muchos teóricos del Derecho contemporáneos, el positivismo jurídico es poco más que un telón de fondo que sirve para resaltar la superioridad de sus propias caracterizaciones del Derecho, más sofisticadas y esclarecedoras. El positivismo, se pretende, describe mal el Derecho como un conjunto de reglas discretas que son identificadas, comprendidas

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