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El aspecto social del tráfico de drogas

perrotMonografía4 de Abril de 2012

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Aspecto Social

El comercio ilícito de sustancias psicotrópicas y/o narcóticos es la principal expresión de la delincuencia organizada, además de que de su comisión se originan otros delitos como el acopio y tráfico de armas, el lavado de dinero y el tráfico de indocumentados, entre otros.

La lucha contra el tráfico de drogas, delitos previstos en los artículos 194 y 195, párrafo primero del Código Penal Federal, ha sido una labor ardua y difícil, sin embargo, en un combate sin cuartel ni fronteras, se ha logrado no sólo la desarticulación de diversas organizaciones delictivas dedicadas al tráfico de drogas, sino también se ha obtenido la aprehensión y consignación de sus dirigentes y principales miembros.

En este sentido, del combate a las organizaciones delictivas dedicadas al tráfico de drogas se ha obtenido la consignación de miembros principales, entre los que destacan los nombres de: Jesús Gutiérrez Rebollo, Héctor Palma Salazar, Juan García Abrego, los hermanos Amézcua Contreras, Mario Villanueva Madrid, Alcídes Ramón Magaña, entre otros. La aprehensión de traficantes de drogas, se da dentro de las organizaciones delictivas de: "Los hermanos Arellano Félix", "Los hermanos Amézcua Contreras", "Los hermanos Carrillo Fuentes", organización delictiva de "Joaquín Guzmán Loera", organización delictiva de "Gilberto García Mena", organización delictiva de "Osiel Cárdenas", entre otras.

Es de destacar la labor coordinada, como reflejo del ambiente de confianza y amplia cooperación en materia de combate al narcotráfico que se ha tenido entre los gobiernos de México y los Estados Unidos de América, con la implementación de varias acciones, destacando las Operaciones "Impunidad", "Milenium", "Limpieza" y "Derrumbamiento".

Aspecto Jurídico

Del catálogo de delitos contra la salud, previstos en los artículos 194 a 198 del Código Penal Federal , sólo corresponde conocer a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada los tipos previstos en los artículos 194 y 195 del Código Penal Federal, cometidos por los miembros de la delincuencia organizada.

De acuerdo al artículo 194 se impondrá prisión de 10 a 20 años y de 100 hasta 500 días de multa al que:

Produzca. Por producir se entiende manufacturar, fabricar, elaborar, preparar o acondicionar algún narcótico o estupefaciente mencionados en el artículo 193 del Código Penal Federal.

Transporte. Algunos de los narcóticos a que se refiere el artículo 193 de CPF por el cual merece como pena prisión de 10 a 20 años y de 100 hasta 500 días de multa; el transportar algún narcótico es llevarlo o trasladarlo, utilizando cualquier medio, de algún lugar a otro, con independencia de su peso o volumen.

Con respecto al delito contra la salud en su modalidad de TRÁFICO de narcóticos, se realiza mediante la venta en forma plural; el agente habitualmente se dedica al comercio de narcóticos mediante la venta o enajenación de los mismos, pero una venta singular no implica un acto de tráfico y recibe en la Ley el mismo trato punitivo de 10 a 20 años de prisión y de 100 hasta 500 días de multa.

Al que "comercie" ya que es una comisión dolosa y no es concebible cualquier acto de comercio (vender, comprar, adquirir o enajenar) cometido por culpa. El sujeto agente debe tener pleno conocimiento de que realiza un acto de comercio ilícito con un narcótico, debe conocer el carácter antijurídico de su acción y realizarlo con plena voluntad, con lo que se satisfacen los requisitos del dolo.

Al que "suministre" aun gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos del artículo 193 del Código Penal Federal sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud.

Al que aporte "recursos ecónomicos" o de cualquier especie o colabore de cualquier manera el financiamiento, supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de algunos de los delitos comprendidos en el título séptimo, delitos contra la salud, capítulo primero, del Código Penal Federal.

Al que "introduzca o extraiga" del país alguno de los narcóticos o psicotrópicos ya referidos en el artículo 193 aunque fuera en forma momentánea o en tránsito. Si la introducción o extracción no llegase a consumarse, pero de los actos realizados se desprende claramente que esa era la finalidad del agente, la pena aplicable será hasta las dos terceras partes de lo previsto en este artículo 194 del Código Penal Federal.

Al que realice "actos de publicidad o propaganda" para que se consuma cualquiera de las sustancias comprendidas en el artículo 193 del Código Penal Federal, las mismas penas previstas en el artículo 194 del CPF y, además, privación del cargo o comisión e inhabilitación para ocupar otro hasta por 50 años; se impondrán al servidor público que en ejercicio de sus funciones o aprovechando su cargo, permita, autorice o tolere cualesquiera de las conductas señaladas en el artículo enunciado.

Posesión. La posesión es el poder de hecho que un sujeto ejerce sobre una cosa; de manera que permite a quien la detenta realizar actos de uso y goce, así como de disposición como si fuera propietario de la misma. De acuerdo a lo que establece el artículo 195 del CPF se impondrá de 5 a 15 años de prisión y de 100 a 350 días de multa al que "posea" algunos de los narcóticos señalados en el artículo 193 del Código Penal Federal sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud, siempre y cuando ésa posesión sea con la finalidad de realizar algunas de las conductas señaladas en el artículo 194 del Código Penal Federal.

El narcotráfico es una industria ilegal mundial que consiste en el cultivo, elaboración, distribución y venta de drogas ilegales. Mientras que ciertas drogas son de venta y posesión legal (ciertos fármacos que la contienen, tabaco, alcohol, etc), en la mayoría de las jurisdicciones la ley prohíbe la venta e incluso el ofrecimiento o posesión de algunos tipos de drogas. El narcotráfico opera de manera similar a otros mercados subterráneos. Varios cárteles de drogas se especializan en procesos separados a lo largo de la cadena de suministro, a menudo focalizados para maximizar su eficiencia. Dependiendo de la rentabilidad de cada parte del proceso, los cárteles varían en tamaño, consistencia y organización. La cadena va desde los traficantes callejeros de bajo rango, quienes a veces son consumidores de drogas ellos mismos, también llamados "camellos", a los jefes de los cárteles que controlan y dominan la producción y distribución. Estos son los que, junto a los intermediarios financieros que les ayudan a lavar el dinero conseguido, dominan el mundo de las drogas. Las drogas se transportan por intermediarios que puede asimilarse a contratistas. Estos imperios multinacionales rivalizan en tamaño con los gobiernos nacionales. (la raíz "narco-" proviene del griego grob, «torpor»)

Carguero colombiano capturado por las autoridades panameñas cerca de la costa de Panamá, mientras intentaba introducir 20 toneladas de cocaína a los Estados Unidos.

Contenido

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• 1 Producción

• 2 Los orígenes

• 3 La historia

• 4 El comercio ilegal de drogas legales

o 4.1 Drogas prescritas

o 4.2 Internet y las sustancias controladas

• 5 Las resoluciones violentas

o 5.1 Anabolizantes

o 5.2 Cannabis

o 5.3 Los hongos de Psilocybe

o 5.4 Alcohol

o 5.5 Tabaco

o 5.6 Opio

o 5.7 Heroína y morfina

o 5.8 Metanfetaminas

• 6 Posición del gobierno estadounidense

• 7 Posición de algunos intelectuales

• 8 Posición de algunos políticos

• 9 Véase también

• 10 Referencias

• 11 Enlaces externos

• 12 Enlaces externos

[editar] Producción

La mayor parte de las sustancias estupefacientes producidas en el mundo se cultiva en países del tercer mundo (muchos países de Sudamérica, Sureste Asiático y Oriente Medio), y después se introduce de contrabando en los países consumidores. Tradicionalmente, Estados Unidos y Europa han tendido a imponer restrictivas políticas de «tolerancia cero» a los países productores. Sin embargo, los cultivos de Erythroxylum coca, adormidera o cannabis son indispensables para la fabricación de alimentos, bebidas y medicamentos en todo el mundo, y un sostén económico para las regiones productoras. Por otro lado, sustancias psicotrópicas tales como la dietilamida del ácido lisérgico (LSD), cuyo consumo va en disminución; las anfetaminas y otras sustancias psicotrópicas de diseño y composición sintética o semisintética, como el "éxtasis" (MDMA), son producidas plenamente en laboratorios, principalmente en países desarrollados, y están sustituyendo a las drogas tradicionales como la cocaína.

[editar] Los orígenes

En jurisdicciones donde la legislación restringe o prohíbe la venta de ciertas drogas populares, es común que se desarrolle un mercado ilegal. Por ejemplo, el Congreso de los Estados Unidos ha identificado varias sustancias controladas.

La mayoría de las naciones considera al tráfico de droga un problema muy serio. En 1989, los Estados Unidos intervinieron en Panamá con el pretexto de romper el comercio de droga. El gobierno de la India ha realizado operaciones encubiertas en el Medio Este y el subcontinente

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