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El verdadero problema del intérprete


Enviado por   •  6 de Febrero de 2014  •  Informes  •  1.273 Palabras (6 Páginas)  •  267 Visitas

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Pero como le acota el mismo Broggini: "El verdadero problema del intérprete no es aquél de respetar más o menos la dura lex, sino la de darle 'actuación', es decir un significado concreto y actual, que en el ámbito de la posibilidad discursiva (esto es argumentativa), recuerde que summum ius, summa iniuria".

Ello no significa que sea necesario aceptar la otra variante: la del "puro decisionismo", que podría llevarnos, por la vía de la arbitrariedad absoluta, a otra forma de negación de la interpretación, ya que la decisión, sin límites ni obstáculos pueda quedar reducida a la 'pura decisión', incluso con preterición de la ley, sin esfuerzo interpretativo o argumental.

8. Planteadas así las cosas, pensamos en la necesidad cada vez más urgente de continuar manteniendo la t r a d i c i ó n jurídica de los iurisprudentes romanos. Esto merece una aclaración. No se trata de procurar volver a la aplicación directa e inmediata de las soluciones expuestas en el Corpus Iuris Civilis. Esto sería algo inaceptable. E incluso estaría en contra del espíritu mismo del Derecho romano. El Derecho consiste siempre en tratar de encontrar 'soluciones de justicia' a los problemas proteicos que nos plantea la realidad. En el Derecho hay siempre principios inmutables y otros que son perecederos. Pero como debe ser siempre una respuesta a la realidad y ésta es mutable, en la medida en que cambie en su configuración antropológica, sociológica y económica, también las 'soluciones de justicia' pueden cambiar.

Esto es lo mismo que pensaban los iurisprudentes romanos. La realidad que se vivió en la Roma del regnum, no era la misma que la vivida en la República, sobre todo en sus últimas y turbulentas épocas, así como era también distinta la realidad del Principado y la del Dominado. Por ello es que ellos, que debían tener la divinarum atque rerum notitia, aún manteniendo los datos de la traditio maiorum, proveían también 'soluciones de justicia' que aparecían como nuevas. Por ello, frente a la realitas de nuestro mundo actual, mucho más tecnificado, pero también más convulsionado, de existir actualmente no propondrían que la solución fuera volver a quedarse con las viejas soluciones.

Nos preguntamos: ¿cómo es que en el momento actual actuaría un iurisprudens 'clásico'? En principio, quedaría absolutamente sorprendido por la multitud de leyes, esa elefantiasis legislativa que se impone como obligatoria. Y además, producida por personas no siempre capacitadas para entender lo jurídico. En segundo lugar, se mostraría un tanto confuso ante la perspectiva que ha adquirido la interpretación 'abstracta' que predomina en los estudios jurídicos. Para él, la comprensión de lo que es el Derecho no se reduce pura y exclusivamente a interpretar las leyes 'antes' de su 'aplicación'. Esa es la tarea usual de los tratadistas que interpretan con un buena dosis de racionalismo, aquello volitivamente querido por el legislador.

La misión del jurista será siempre la de tratar de comprender lo más perfectamente posible la realitas. Y aplicar sobre ella la iusti scientia. Por ello el ius era definido por Celso como el ars boni et aequi. Para poder lograr la inventio de una 'solución justa', sabe que puede aplicar variados instrumentos lógicos para la búsqueda de dichas soluciones, tratando de entender el 'caso concreto' a la luz de la interpretatio de las reglas aplicables. Pero además, el jurista debe estar iluminado por la inspiración ética, de tal modo que pueda impedir que la aplicación puntual de una norma, de una regla, de un principio jurídico lo pueda llevar a concluir en una solución injusta. Ya en la época de Cicerón, existía el 'muy conocido proverbio'

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