Formas De Estadp
sergio52011 de Noviembre de 2014
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PRESENTA: SERGIO HERNANDEZ PEÑA
DERECHO 4TO.
LIC. J. EMMANUEL ORDAZ HERNANDEZ
Tabla de contenido
INTRODUCCION 3
1.1 Concepto y clasificación de formas de estado 4
1.2 Estados unitarios o centralistas 6
1.2.1 El Estado Central o Unitario en México 7
1.3 Estados complejos 7
2.1 Tesis explicativas de federalismo 8
2.2 Surgimiento del federalismo en E.U.A 9
2.3 Adopción y características del federalismo en México 13
2.4 La distribución de facultades entre la federación y los estados 18
2.4.1 Esfera de competencia 18
2.4.2 Distribución de competencias entre la Federación y las Entidades Federativas 19
2.5 Naturaleza jurídica de los estados miembros de la unión 21
2.6 Naturaleza jurídica origen y finalidad del D.F. 23
2.7 La garantía federal 24
3.1 concepto de forma de gobierno 24
3.2 monarquía 26
3.3 república 28
3.4 democracia 30
4.1 organización del México independiente 32
4.2 constitución del cadiz 1812 y su influencia en la nueve España 35
4.3 constitución de apatzingan de 1824 y sus decisiones políticas jurídicas fundamentales 38
4.4 plan de iguala, tratados de córdoba de 1824 y sus ideas fundamentales 40
4.5 constitución federal de 1824 y las ideas fundamentales de los constituyentes 44
4.6 leyes constitucionales de 1836 y base orgánicas de 1843 48
4.7 el liberalismo y la constitución de 1857 51
4.8 leyes de reforma su trascendencia e influencia en el régimen jurídico mexicano 56
4.9 congreso constituyente de 1916-1917 59
4.9.1 antecedentes 59
4.9.2 postulados principales 61
Conclusión 64
Bibliografías 65
INTRODUCCION
La parte relativa a la teoría de la forma de Estado, gobierno junto con la evolución de la constitución constituye uno de los temas más interesantes, ya que su doctrina se eleva por encima de las realidades sociales, históricas, jurídicas y políticas para construir sobre conceptos puros una definición que tienda a darle su auténtica estructura y su verdadero alcance. Tan importante son sus formas y su estudio que se ha desprendido del tronco común del Derecho Público, constituyendo una disciplina diferenciada del Derecho Constitucional.
En este trabajo se conceptualizará el Estado, tipos, características, elementos y análisis del Estado mexicano y su historia.
1. Formas de estado
1.1 Concepto y clasificación de formas de estado
Este es uno de los conceptos más antiguos tanto en la Ciencia Política como en la Teoría del Estado; así como en el Estado mismo. La forma estatal puede ser estudiada desde diversos puntos de vista entre los cuales se encuentra el sociológico.
Bajo esta perspectiva debe entenderse por forma del Estado una especial estructura del mismo, es decir, el equilibrio que presenta un estado determinado en el orden político para lograr el mejor sistema de sinergización social.
Efectivamente, tanto en el orden social como político se cumple el proceso social de sinergia o armonía de todas las fuerzas y factores sociales, lo anterior debido a que este proceso sinérgico presenta un aspecto dinámico y otro estático. En cuanto al aspecto dinámico, explicamos que constituye una fuerza directora y renovadora a la vez de las estructuras e instituciones sociales. En el orden jurídico, el agente dinámico, se presenta como una fuerza que interviene en el progreso y renovación de las instituciones jurídicas, a través de un proceso de superación constante.
En el orden estrictamente político, también el agente dinámico ha tenido como función constante actuar sobre las estructuras o formas del Estado, para lograr nuevas formas de equilibrio en los distintos regímenes políticos. Por virtud de ese agente dinámico se logran sólo formas de equilibrio inestable; que sólo durante una cierta época la estructura alcanzada representa la forma sinérgica que en el orden político cumple con un fin determinado.
El Estado, en cuanto a sus formas se ha manifestado a través de la historia como la estructura social máxima que ha ido realizando en cada colectividad, la forma de equilibrio y armonía de los distintos intereses y valores de la convivencia humana.
Inicialmente y bajo una perspectiva sociológica, es dable clasificar a las Formas de Estado atendiendo al tipo de Estado continente. Una clasificación sociológica de las formas que el Estado se ha presentado conforme a su evolución histórica, y de esta suerte distinguimos los tipos de Estado religioso, Estado político, Estado de derecho y Estado económico.
En estas formas exclusivamente sociológicas de la organización del Estado, se determina el concepto de forma tomando en cuenta la clase de solidaridad social predominante. A la solidaridad religiosa, corresponde la forma de Estado religioso, a la solidaridad política la forma de
Estado político, a la solidaridad jurídica, la forma de Estado de derecho Y a la solidaridad económica, la forma de Estado Económico.
Ahora bien desde un punto de vista político-jurídico puede aseverarse que existen dos formas estatales: el Estado Centralizado o Unitario y el Estado Federal.
1.2 Estados unitarios o centralistas
El Estado Centralista es una Forma de Estado que implica la existencia de un órgano que canaliza de manera exclusiva el poder y lo ejerce de manera directa a través de decisiones respecto de sus subalternos que son los denominados Departamentos, quienes se encuentran constreñidos a acatar las decisiones que emanan del Departamento Central.
El Estado centralista o unitario presenta homogeneidad del poder, es decir, las funciones estatales tienen una sola organización nacional aunque se admite que en ciertos casos por razones de eficiencia administrativa, se permita la desconcentración de las funciones administrativa y jurisdiccional.
La desconcentración de referencia resulta, en cuanto a la función administrativa, en una distribución de los órganos de gobierno en distintas circunscripciones usualmente denominadas departamentos o provincias, pero dichos órganos están subordinados al órgano central. En cuanto a la función jurisdiccional se traduce en una distribución de los tribunales con distinta competencia territorial.
Es digno de subrayarse, que la principal característica del Estado centralizado, es que sus órganos de gobierno pueden estar desconcentrados, pero no descentralizados, es decir, los órganos de gobierno "locales", aun y con competencia territorial, no son autónomos.
1.2.1 El Estado Central o Unitario en México
El 15 de diciembre de 1835 el Presidente interino Miguel Barragán, expidió las denominadas Bases Constitucionales en la que se estableció el régimen centralista. El artículo 3° no obstante que no establecía de manera explícita dicha Forma de Estado, suprimió el hasta entonces existente régimen federalista. Por su parte el numeral 8° prevenía que: "El territorio nacional se dividirá en Departamentos, sobre las bases de población, localidad, y demás circunstancias conducentes". Con apoyo en dichas Bases, la primera Constitución Centralista llamada Leyes Constitucionales de 1836, previno en la Sexta Ley la división de la República Mexicana en Departamentos, los cuales se subdividía a su vez en distritos y éstos en partidos.
Asimismo, la segunda Carta Fundamental Centralista, las Base Orgánicas de 1843 establecieron en el numeral 4° la misma división política que su antecesora, aunque agregó a la división departamental, las municipalidades. Durante esta etapa el Centralismo estableció un rígido sistema de centralización de funciones a través de los diversos órganos, especialmente del Poder Ejecutivo quien acaparó las atribuciones y ejerció un poder de mando sumamente férreo.
1.3 Estados complejos
Se caracterizarían por tener un orden jurídico integral que regula, a la vez, una jurisdicción federal y otra jurisdicción que es la local, y que es distinta en cada uno de los estados o que puede ser distinta. Por tener a la vez una jurisdicción federal y una local en cada uno de los estados, pero ambas supeditadas a la Constitución federal, son un pacto federal, con autonomía interna en cada una de las partes integrantes de la federación, lo cual significa que las entidades federativas pueden adoptar, incluso, su propio régimen interior y su propia organización interna política y administrativa.
Estados unitarios puros
Los estados unitarios puros conforman una sola entidad con un gobierno estatal único, sin ninguna división administrativa. Los únicos estados unitarios puros son Mónaco y el Vaticano.
2 Federación como forma de estado
2.1 Tesis explicativas de federalismo
En el capítulo anterior se analizó el concepto e importancia del estado Federal bajo la denominación de Estado compuesto. Toca el turno de estudiar diversos aspectos que consideramos trascendentales entorno al Federalismo, pretendiendo que al finalizar se perciba una visión "globalizadora" de su entorno.
Por diversas referencias históricas podemos afirmar como lo hace
Jorge Carpizo que "Grecia conoció la institución jurídico-política denominada Confederación, y
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