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Fuentes Del Derecho Romano


Enviado por   •  11 de Octubre de 2012  •  1.452 Palabras (6 Páginas)  •  720 Visitas

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FUENTES DEL DERECHO ROMANO

Las fuentes del derecho romano se clasifican en dos:

 Escritas

 No escritas

Las escritas: Son aquellas fuentes que se encuentran plasmadas o tipificadas en el ordenamiento jurídico, y que influyen indiscutiblemente en la creación de normas constitucionales. Para los romanos la ley, aludía al derecho escrito, por oposición al derecho no escrito, lo cual se entendía de la declaración normativa fundada en un acuerdo. Si el acuerdo era de todo el pueblo Romano, la ley era pública; si se fundaba en una relación entre particulares, la ley era privada. De tal manera se entiende que las fuentes escritas para los romanos eran la ley.

Las no escritas: Son aquellas que no son imprescindibles para la creación de un ordenamiento jurídico, las cuales no se encuentran plasmada en ninguna norma jurídica. Y entre ellas tenemos la costumbre los usos y tradiciones. Estas nacen de los hechos y procesos sociales que concurren en el nacimiento del derecho y con el tiempo se van haciendo ley.

Dentro de las escritas encontramos las siguientes:

 Mores maiorum

Costumbres de los mayores o antepasados.

Usos sociales y normas religiosas que no se distinguían de la norma jurídica inmersa en ellos.

La regulación jurídica (ius) estrechamente relacionada con lo que se considera conforme con la voluntad de los dioses (fas).

 Leges regiae

Atribuidas a los reyes que las propondrían a los comicios centuriados.

Contenían normas religiosas.

 La Ley de las XII Tablas o código decenviral

Separación del ius y del fas.

Según la tradición, su creación sigue el siguiente proceso:

a) En virtud de las reivindicaciones plebeyas, propuesta (461 aC).

b) En 451 aC se redactan 10 tablas por un colegio de decenviros (10 patricios)

c) En 450 aC un segundo colegio decenviral ya con plebeyos redacta las otras dos.

Estilo riguroso, sencillo y lapidario con marcado formalismo.

Contenía preceptos sobre:

a) Proceso de sometimiento y vinculación del deudor al acreedor.

b) Disposiciones hereditarias.

c) Vecindad y servidumbres.

d) Delitos.

e) Regulación de funerales y sepulturas.

f) Prohibición de matrimonios entre patricios y plebeyos.

Se le atribuye la fundamentación de todo el derecho antiguo.

Sólo nos han llegado fragmentos a través de comentarios y citas.

Su mayor conquista fue establecer el principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y la publicidad de preceptos ocultos por los pontífices.

Se la considera base para la labor de interpretación jurisprudencial.

De esta ley comenzó a fluir el derecho civil.

 Ley

Es el mandato general del pueblo o de la plebe dictado por el magistrado (Capitón).

Ley pública: se dicta ante el pueblo (comicios) y se expone en público:

El magistrado hace una declaración (rogatio).

Los comicios se reúnen para su aprobación: voto favorable (uti rogas) o contrario (antiquo).

Se precisa la aprobación previa de los dioses (ceremonia: auspicatio).

Ratificada por los senadores (auctoritas patruum).

Ley privada: la que declara el que dispone sobre sus bienes en un negocio privado.

Partes:

a) Praescriptio. Contiene: nombre del magistrado, asamblea que la acepta y fecha, primera unidad comicial que la vota y primer ciudadano que da su voto.

b) Rogatio. Texto de la ley sometida a votación.

c) Sanctio. Parte final que declara su invalidez si contradice las leges sacratae o el derecho anterior.

Clases:

a) Perfectas. Declaran la ineficacia de los actos realizados en contra por efecto del mismo derecho.

b) Menos que perfectas. El acto no es nulo sino que imponen una pena o sanción por la infracción.

c) Imperfectas. No disponen nada pero sirven de base a recursos de la jurisdicción pretoria (por excepción).

Posteriormente deja de tener sentido la distinción cuando se declara nulo cualquier acto contrario a la ley.

 Plebiscitos

Propuestas de los tribunos, aprobadas por la plebe reunida en concilio.

Primero obligaban sólo a los plebeyos pero luego se equipararon a las leyes y obligaban a todos.

A partir de la equiparación se les llama indistintamente leges o plebiscita.

 Senadoconsultos

Es lo que el senado autoriza y establece (Gayo).

Al principio el senado sólo prestaba su auctoritas a las leyes comiciales.

Al final de la república, ejerce actividad legislativa propia: senadoconsultos.

Este poder es admitido definitivamente en el Principado: Augusto les concede las funciones de los comicios.

Dudas

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