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Fuentes del derecho penal


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  2.647 Palabras (11 Páginas)  •  425 Visitas

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Derecho Penal: Parte general

Las fuentes del derecho penal

Equipo 5


Índice

  1. Introducción

Lineamientos elementales de Derecho Penal, Fernando Castellanos. Editorial Porrúa. Edición 1996. Tema: De las fuentes del derecho penal

2

  1. Clases de fuentes
  1. Fuentes mediatas e inmediatas
  2. Fuentes de producción y de conocimiento

Curso de Derecho Penal: Parte general, Octavio Orellana Wiarco. Editorial Porrúa. Edición 2008. Tema: Las fuentes del Derecho Pena

Derecho Penal: Parte General, Rafael Márquez Piñero. Editorial Trillas. Edición ***. Tema: Fuentes del derecho penal

3 - 4

  1. Diversas fuentes del derecho penal
  1. La ley
  2. La costumbre
  3. Los principios generales del derecho
  4. La jurisprudencia
  5. La doctrina

Curso de Derecho Penal: Parte general, Octavio Orellana Wiarco. Editorial Porrúa. Edición 2008. Tema: Las fuentes del Derecho Pena

Derecho Penal: Parte General, Rafael Márquez Piñero. Editorial Trillas. Edición ***. Tema: Fuentes del derecho penal

Lineamientos elementales de Derecho Penal, Fernando Castellanos. Editorial Porrúa. Edición 1996. Tema: De las fuentes del derecho penal

5 - 7

  1. Fuentes en el derecho penal mexicano

Lineamientos elementales de Derecho Penal, Fernando Castellanos. Editorial Porrúa. Edición 1996. Tema: De las fuentes del derecho penal

8


Introducción

El derecho penal es, posiblemente, la parte más apasionante de la vida jurídica; la esencia misma de lo que es en realidad la finalidad del derecho: castigar y corregir la conducta que no se ajusta a la norma general, o bien, a la costumbre.

El derecho penal, a diferencia de las ramas como el derecho civil, mercantil, laboral, etcétera, es, como su nombre lo deja claro, una extensión del derecho que hace precisamente eso, penar las malas conductas, castigarlas, y tratar de corregir y evitar que determinado comportamiento se siga suscitando.

El tema que nos conduce lleva por nombre “Fuentes del derecho penal”, sin embargo, es preciso entender lo que representa una fuente de derecho. Se denomina fuentes del derecho a la forma en que surge y se manifiesta el derecho. Como lo explica el autor Fernando Castellanos, en su libro “Lineamientos elementales del derecho penal”, haciendo referencia a Du Pasquier: Inquirir en la fuente de una disposición jurídica, es buscar el sitio de donde ha salido de las profundidades de la vida social, a la superficie del derecho.

De manera que, para entender el tema, es necesario aprender que la fuente del derecho no es precisamente la creación potestativa de una ley que se encargue de regular el compartimiento humano, es, más bien, el producto final y no siempre perfecto, de la vida en sociedad, del dinamismo incesante de la sociedad.

La gran cantidad de juristas notables, coinciden en la existencia de tres fuentes básicas del derecho en general, es decir, hablamos de las fuentes formales, las fuentes reales o sustanciales, y las fuentes históricas. Cada una tiene un significado específico y una prevalencia inminente dentro de la práctica del derecho como tal.

Es decir que, si bien, podemos encontrar diversas fuentes del derecho como lo son la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina, la filosofía, etcétera, innegablemente tendremos que tomar como prevaleciente, las fuentes sustanciales del derecho, es decir, la ley, la costumbre, entre otras.

El derecho penal, por su parte, tiene la característica incomprensible de contener todas las fuentes del derecho, pero no aceptar ninguna como fuente principal; y así, encontramos una infinidad de autores que afirman que una es fuente, pero que al mismo tiempo, no se le puede considerar como la única fuente, o peor aún, que ni siquiera lo es.


Clases de fuentes

El derecho no nace por generación espontánea, sino que éste se crea en el seno de la sociedad desde un principio, y de manera superior, se manifiesta externamente y se materializa en normas de carácter penal. Manzini entiende como única fuente del derecho la voluntad. La voluntad soberana del pueblo, que por medio del formalismo constitucionalmente previsto, se encarna en normas jurídicas.

En el derecho penal, el objeto son las normas jurídicas penales, las medidas de seguridad y el delincuente. El método debe referirse al estudio sistemático y crítico de los fenómenos jurídicos penales. El método es el camino para llegar a un fin, y en el estudio del derecho penal la finalidad principal es conservar el orden jurídico a través de normas coactivas y punitivas.

Márquez Piñero y Orellana tienen una perspectiva distintiva acerca de las fuentes del derecho penal; sin embargo, a pesar de tener una visión distinta, tiene puntos de concordancia y acuerdo que colocan a la Ley como la única fuente sustancial de derecho penal. Y lo anterior tiene total sentido cuando se habla de un principio de legalidad, basado en la obligatoriedad de la existencia de una norma penal que tipifique una conducta y la dote de una sanción específica. La tipicidad, para Fernando Castellanos, es precisamente lo que acabamos de afirmar. “Nullum crimen, sine lege”

Orellana clasifica las fuentes del derecho penal en dos tipos generales, es decir, Las fuentes de producción y Las fuentes de conocimiento. Ambas tienen distintivos en común, sin embargo, al desentrañar dichos preceptos, encontramos la característica de que, ambas distinciones son equivalentes a lo que Márquez Piñero y Fernando Castellanos, definen como Fuentes Mediatas y Fuentes Inmediatas.

La diferencia sustancial entre una y otra radica en la importancia que emana de cada una de ellas, y la prevalencia de una frente a la otra. De manera que se puede resumir en estos dos tipos:

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