Historia Constitucional Colombiana
eliza54178 de Octubre de 2013
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HISTORIA CONSTITUCIONAL COLOMBIANA
El proceso evolutivo constitucional colombiano se puede dividir en varias
épocas, a saber: la de la Independencia, de la Gran Colombia, de la Nueva
Granada, la Federalista, la de la Constitución Política de 1886, que duró más
de cien años y que tuvo un buen número de reformas, y la de la Constitución
de 1991, que abre un nuevo ciclo en la historia constitucional colombiana.
1. Las primeras constituciones
Un primer período, el de la revolución de la independencia, empieza con la
expedición en 1811 de la primera Constitución Política, redactada por
JORGE TADEO LOZANO, quien se sirvió de la de los Estados Unidos de
Norteamérica, a modo de modelo. Esa Carta contenía tanto cánones
republicanos como principios monárquicos, con un perfil federativo.
En esta misma época y hasta 1815, las provincias se dieron su propia
constitución, entre las cuales sobresalen la de Tunja (1811) la de Antioquia
(1812 y 1815) la de Cartagena (1812) y las de Mariquita y Neiva.
EN LA GRAN COLOMBIA
Con el triunfo obtenido en la batalla del Puente de Boyacá, se consolida la
independencia. El 7 de agosto de 1821, y reunido el soberano Congreso de
Venezuela, dictó la Ley Fundamental de Colombia, mediante la cual se unían
en una sola república las provincias de Venezuela y de la Nueva Granada.
Este estatuto fue sancionado el 17 de diciembre de 1819 en la ciudad de
Santo Tomás de Angostura y sus sesiones se clausuraron el 11 de enero de
1820. Eligió a Bolívar como Presidente de la República y a Francisco
Antonio Zea como Vicepresidente.
Posteriormente el Congreso General de Colombia, se reunió en la ciudad de
Cúcuta en 1821 y expidió la llamada Constitución de Cúcuta, con un
contenido de 191 artículos, en 10 títulos.
Esta Constitución reafirmó la independencia y señaló que la soberanía
reside esencialmente en la Nación.
En 1828 se reunieron los constituyentes en Ocaña para reformar la Carta
fundamental, pero las ideas centralistas preconizadas por los bolivianos y
las federalistas por los santanderistas, llevaron al fracaso dicha convención.
Ante esta situación, un movimiento general puso en manos del Libertador la
suerte de la patria, confiriéndole poderes discrecionales, y fue así como
Bolívar expidió el decreto orgánico que sirvió de Ley Fundamental desde el
27 de agosto de 1828 hasta 1830, quedando sin vigor la Constitución de
1821.
2. La Constitución Boliviana
Paralelamente a la crisis de la Gran Colombia, Bolívar concluía la campaña
libertadora en el sur. El Congreso constituyente de Bolivia, acogió el
proyecto de Constitución Política presentado por Bolívar. En dicha Carta se
aprobaron como ramas del poder público, la ejecutiva, la legislativa, la
judicial y la electoral.
Dr. Edgar Arana
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Se preveía un sistema de intervención y de fiscalización de los actos del
Gobierno, mediante la acción de las cámaras.
5e previeron tres cámaras: la de los censores, la de los tribunos y la del
Senado.
Esta Constitución consagró un control y equilibrio de las autoridades y
ramas del poder público con el objeto de alcanzar una democracia efectiva.
4. El Congreso Admirable
Para superar la crisis de la Constitución de Cúcuta, y poner fin al decreto
orgánico d e 1828 con el cual se instauró la dictadura, mientras se
reexaminaban las instituciones, el propio libertador Simón Bolívar instaló en
Bogotá el llamado Congreso Admirable, que estuvo presidido pot el Mariscal
Sucre.
Fruto de este Congreso fue la Constitución Política de 1830 mediante la cual
se efectuaron enmiendas fundamentales, como la de romper el rigor erno
republicano, popular y representativo. La rama legislativa se integró por dos
cámaras, la de los senadores y la de los representantes. Los constituyentes
se preocuparon por vigorizar la independencia judicial, la del poder
ejecutivo, y al igual que en 1830, se conservó la institución del Consejo de
Estado, introducida por Bolívar.
La debilidad del ejecutivo consagrada en esta Constitución, la fragilidad de
algunas de sus instituciones, las luchas de los partidos, condujeron a que se
efectuara otro proceso de reforma constitucional que culminó con la
Constitución de 1843.
6. La Constitución de 1843
Esta Constitución, tachada de monárquica, duraría vigente 10 años. Con ella
se estableció el poder ejecutivo, confiriéndole al Presidente de la República
atribuciones permanentes para superar incluso situaciones de anormalidad.
Esta Constitución suprimió el Consejo de Estado.
Sus opositores reclamaron un poder seccional de mayor amplitud, menos
facultades para el poder ejecutivo y mayor extensión de las libertades
públicas. Por otro lado, las cuestiones religiosas y las ideas federativas,
condujeron a nuevas reformas constitucionales.
7. El régimen centro-federal
Los constituyentes de 853 consagraron respecto de los derechos
individuales, formas absolutas y excesivas, como la expresión del
pensamiento sin limitación alguna, y el equilibrio entre los conceptos de
autoridad y derechos del ciudadano se rompió en favor de estos últimos.
Como innovación sobresaliente en materia judicial, se acordó el sistema de
elección popular y directa de los altos magistrados.
Se facultó al poder ejecutivo para celebrar tratados con Venezuela y Ecuador
en orden a lograr el restablecimiento de la unión colombiana, bajo un
sistema federal.
Se avanzó en el proceso de descentralización de la administración. Cada
provincia tenía poder suficiente para disponer lo conveniente a su
organización, régimen y administración interior, sin invadir las competencias
del gobierno central.
Dr. Edgar Arana
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Una vez entró en vigencia esta nueva Constitución, las provincias
procedieron a dictar las suyas de acuerdo con la descentralización política
imperante, y fue así como el federalismo fue ganando terreno. Los Estados
de Santander, Cauca, Cundinamarca, Boyacá, Bolívar y Magdalena, entre
otros, se dieron sus respectivas constituciones.
Ante la necesidad de decidir entre el centralismo o el federalismo para
conducir las instituciones por cualquiera de estos dos senderos, con
principios claros y definidos, se llegó a la Confederación Granadina,
facilitada por la reforma constitucional, de 10 de febrero de 1858.
8. La Confederación Granadina
Mediante la Constitución de 1858 se creó la Confederación Granadina, con
un régimen federal, sin el contrapeso de un gobierno central,
suficientemente vigoroso, como para conservar el orden.
El gobernador del Cauca, General Tomás Cipriano de Mosquera, consideró
que con la expedición de algunas leyes en-el año de 1859, se había roto. el
pacto federal y conculcado IA soberanía de los Estados, por lo tanto, se alzó
en armas contra el gobierno de la Confederación presidido por Mariano
Ospina Rodríguez.
La victoria del General Mosquera condujo a la Convención de Rionegro y a la
expedición de la Constitución de 1863.
9. La Carta de 1863
La Convención de Rionegro inició labores el 4 de febrero de 1863, y
mediante una ley del 9 de febrero se organizó provisionalmente el gobierno.
Ella expidió la nueva Constitución Política, instituyó la Confederación de los
Estados Unidos de Colombia, integrada con los mismos de la Confederación
Granadina, más el nuevo estado del Tolima creado en jornadas
revolucionarias. Comparando la Carta Política de 1863 con la de 1858, se
observan a grandes rasgos, las siguientes innovaciones:
La Constitución de 1858 no proclamó el principio de la soberanía de los
estados, mientras que en la nueva de 1863, se reconoció expresamente.
La nueva Carta consiguió que los estados, tanto en sus constituciones como
en su legislación civil, señalaran el principio de incapacidad de las
comunidades religiosas para adquirir bienes raíces, en tanto que la anterior
no había hecho tal prescripción.
En materia de cultos, la Carta de 1863 preceptuó que para sostener la
soberanía nacional y mantener la seguridad y tranquilidad públicas, el
Gobierno Nacional y los de los estados en su caso, ejercerían el derecho de
suprema inspección sobre los cultos religiosos, de conformidad con lo que
determinara la ley. Para los gastos de los cultos establecidos o que se
establecieran, no podían imponerse contribuciones, pues todo culto se
sostendría con aquello que sus adeptos suministraran voluntariamente.
Bajo la Carta de 1858, los estados tenían mayor libertad para reglamentar los
asuntos de policía y lo concerniente a materias penales. La nueva Carta de
1863, prohibió la pena de muerte y los estados no podían señalar penas de
más de 10 años para los crímenes. Víctor Hugo se refirió a esta Carta
señalándola corno una Constitución
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