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Historia del derecho

jinsop_sDocumentos de Investigación16 de Agosto de 2015

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  1. Definición de Derecho

La palabra derecho proviene del latín directium cuyo significado es lo que está conforme a la regla este que hacer jurídico es el orden normativo e institucional de la conducta humana dentro  de una sociedad, lo mismo que está inspirado en los postulados de la justicia y cuya base son las relaciones sociales y estas determinan su contenido y carácter. Es decir son normas que resuelven los conflictos en una sociedad. El que hacer jurídico se refiere a las acciones del ser humano y el obrar de las personas por lo que son un conjunto de normas impuestas y que se forma para dirigir una sociedad y cuyo incumplimiento conducen a una sanción con el fin de regular la vida de las comunidades. También podemos decir que el derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y confieren facultades por lo que estas establecen la convivencia social con el fin de dotar a todos los miembros de una sociedad con las mínimas seguridades, certeza, igualdad, libertad y justicia.

  1. Clasificación del derecho

  • Derecho Objetivo: responde a diferentes significados como las siguientes:
  1. es el conjunto de reglas que rigen la convivencia de los hombres en la sociedad.
  2. son normas o conjunto que por una parte otorgan derechos o facultades y por otra parte establecen o imponen obligaciones.
  3. es un conjunto de normas que regula la conducta de los hombres con el fin de establecer un ordenamiento jurídico y justo en la convivencia humana.
  • Derecho subjetivo: 
  1. es la facultad que tiene un individuo para ejecutar actos con determinada conducta o abstenerse de realizar o para exigir de otro sujeto el cumplimiento de un deber.
  2. es la facultad, así mismo es la potestad o las autorizaciones que conforme a la norma jurídica tiene un sujeto frente a otros u otros sujetos y que sea para desarrollar su propia actividad o para determinar  a la de aquellos.
  3. es una conversación de autoridad otorgada por las normas jurídicas a una o varias personas o grupos de personas en virtud de la cual queda legitimada para desplegar una determinada conducta sobre o más personas o cosas.
  1. La división del derecho
  • Derecho público: tiene que ver con el objetivo de regular, los vínculos que se establecen con los individuos y con los de carácter privado relacionado con el poder público y siempre que estén amparados entre las potestades públicas legítimas y basándonos en lo que ley dispone. Se clasifica en: 
  1. D. Constitucional es una rama del derecho público cuyo campo de estudio es el análisis de las leyes fundamentales que define un estado con lo que se relaciona al estudio o de todo relativo a la forma de un estado, a la forma de gobierno de los derechos fundamentales o la relación de los poderes públicos y entre las relaciones de los poderes públicos y los ciudadanos
  2. D. procesal es el conjunto de reglas de derecho que esta aplicado a la gestación de las normas de derecho a casos particulares y concreto ya sea con el fin de esclarecer las situaciones jurídicas, dudosas con el propósito de que la jurisdicciones declaren la existencia de una determinada obligación, en caso necesario ordenar que esta sea efectivo.
  3. D. internacional público esto regula la conducta de los estados lo cual para el desarrollo para la comunidad mundial. Crea organizaciones bilaterales así como tratados o conjuntos bilaterales y organismo multilaterales. El distintivo de esta disciplina jurídica es que sus normas y todas los ordenamientos están divididos a regular conductas de los estados y a las relaciones y administración y conducción de los mecanismo internacionales como (ONU) ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
  4. D. Penal  es el conjunto de normas que determina los delitos, las penalidades que un estado impone a los delincuentes y a las medidas de seguridad que el mismo establece la prevención de la criminalidad.
  5. D. Administrativo tiene como objetivo específico la administración pública que a través del estado y los órganos auxiliares tienden a la satisfacción de los intereses colectivos.
  • Derecho privado: es un conjunto de normas que regulan las relaciones jurídicas entre personas legalmente considerada y encontrada  en situaciones de igualdad  en virtud que ninguna de ellas actúa como autoridad estatal. Su clasificación:
  1. D. civil: es una primera rama del derecho privado que está constituido por un conjunto de normas que se refiere a las relaciones jurídicas. D.C abarca distintos aspectos de la actividad de los recursos humanos como don las relaciones familiares en las que se incluye el matrimonio y su disolución, la paternidad, la patria potestad, la custodia, los derechos de los conyugues, los derechos de los  hijos, la propiedad el usufructo.
  2. D. Mercantil. Es el que regula los actos de comercio y regula los comerciantes y a las cosas mercantiles a la explotación de las empresas comerciales por comercio entenderíamos que es una actividad de carácter educativo es decir que se hace la intención de obtener beneficios económicos mediante el intercambio directo o indirecto de bienes y servicios entre productos y consumidores por el derecho civil se refiere a los participantes de los actos del comercio con la finalidad de retribuir derechos y deslindar responsabilidades.
  1. Fuentes de derecho

La expresión fuentes del derecho alude los conceptos de donde surge en contenido del derecho es decir un espacio a los cuales debemos acudir para establecer y que sea aplicable a una situación jurídica concreta. Por lo que el alma del derecho son fundamentos e ideas que ayudan a este a realizar su fin. La palabra fuente deriva de la palabra latín “fons” y se emplea para significar el principio, el fundamento y origen de las cosas materiales o intramateriales, por lo que estas sugerencias que se podrían dar con el fin de investigar los orígenes del derecho, por lo que entenderíamos como fuentes del derecho como todo aquello objeto, aspectos o hechos que se producen y se crean, se originan en el surgimiento del derecho, es decir que se refiere a las entrañas o profundidades de la sociedad.

Como fuente del derecho mantenemos una clasificación por sus investigaciones y estudios como lo son las siguientes:

  • Fuentes históricas: se refiere al conjunto de documentos, textos antiguos o libros o entre libros de textos o capítulos que encierran el contenido de una ley. Ejem: el código de Ahmmurauin.

  • Fuentes reales: es el conjunto de factores y elementos que determinan el contenido de una ley. Ejem: el código penal.
  • Fuentes formales: es el conjunto de actos o de hechos que realiza el Estado como también la sociedad o las personas o para la creación de una ley como es el caso del poder legislativo. A su vez estas fuentes formales contienen lo siguiente:

La costumbre, la doctrina, la jurisprudencia, los principios generales de las investigaciones de los estudios, los tratados internacionales y la legislación o la ley.

  1. Derecho internacional privado

Se compone de reglas transitables a los individuos en las relaciones internacionales, también podríamos definirlo como el derecho de reglamentario las relaciones privadas de las personas en el ámbito nacional, considerando los siguientes 1. Aspectos que abarcan el estudio del derecho internacional privado. 2. conflicto de leyes entre dos o más países 3. El conflicto de la jurisdicción y la nacionalidad.

  1. Definición de justicia y clases

Proviene del latín Justita que es la concesión de cada etapa y de cada civilización acerca de normas jurídicas y de las necesidades de mantener una armonía dentro de una sociedad por lo que es un conjunto de normas y de reglas que establece un marco jurídico y adecuado en las relaciones entre personas e instituciones autorizadas, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de las personas y las instituciones

  1. La justicia como virtud moral: es una voluntad constante y perpetua en su derecho a cada uno que le corresponde.  
  2. Justicia. como ordenamiento jurídico: se la identifica por las normas que integran su ordenamiento por lo que podríamos decir que la justicia se realiza cuando las normas es aplicada correctamente por la que será la recta aplicación de dichas normas.
  3. Justicia como ideal: es decir que se refiere al valor que trasciende al orden positivo como un valor o meta jurídica y en la cual permite el perfeccionamiento del derecho creado por una sociedad.

  • Clases de justicia
  1. Justicia connotativa: es al que regula y corrige las relaciones contractuales con las personas privados mediante el criterio básico de igualdad absoluta.
  2. Justicia distributiva: regula las relaciones de los seres humanos como miembros de una comunidad política en la distribución de los bienes sociales atendiendo a los criterios de proporción
  3. Justicia Según Aristóteles denomina justicia legal a la que consideramos como justicia integral por lo que la justicia equivale a la legalidad y justo significado legal, notada ley por el hecho a ser ley es justa.
  4. La justicia según la biblia es la suprema virtud puesto con ella se resume todas las demás virtudes pues en ella se expresa que Dios es un ser justo aplicante de la justicia y nos enseña cómo debemos aplicarle.
  5. Justicia Según platón es suprema virtud este distingue entre el mundo de las ideas puramente intangible, que es el mundo de la razón pero no de todos.
  6. Justicia Para Pitágoras es la que va de los gobernantes a los gobernados, es decir que es obligatorio para todos y cada uno de los miembros de una sociedad.
  7. Justicia particular: es la que realiza una equitativa distribución entre los bienes y servicios de una colectividad y garantiza una paz regulando la conducta, cumpliendo así con el derecho y las obligaciones.
  1. Los 4 elementos que constituyen el bien común
  1. El de las condiciones sociales de Paz, Justicia  libertad.
  2. Es el conjunto de materiales educativos y religiosos.
  3. Es el de equidad en el reparto de los bienes
  4. Es una adecuada educación social.
  1. Concepto y definición de ley

La ley es una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la constitución manda, prohíbe y permite. Clasificación:

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