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INVESTIGACION DEL AMPARO PRIVISIONAL


Enviado por   •  30 de Mayo de 2017  •  Apuntes  •  2.021 Palabras (9 Páginas)  •  248 Visitas

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INTRODUCCION

El presente trabajo fue realizado por el grupo No 2 de la Sección B,  Universidad Mariano Gálvez de Guatemala, con Sede en el Municipio de Villa Nueva, el cual desarrolla el tema de El Amparo Provisional, como una medida preventiva al Acto, resolución o procedimiento reclamado, de una autoridad Estatal o entidad privada,  cuando hay una amenaza, riesgo o violación de los derechos inherentes a las personas, consagrados en nuestra Constitución Política de Guatemala.

 El presente trabajo pretende que el lector examine el origen del referido Amparo Provisional, las causa que provoco la tipificación de un proceso de  amparo, la evolución del mismo, así como las clases de Aparo provisional, sus características, su naturaleza entre otras.

Este trabajo fue elaborado con investigación de varios textos jurídicos, entre ellos, la Constitución Política de Guatemala, Ley de Amparo y exhibición personal y de constitucionalidad  decreto 1-86, sitios Web de la universidad Autónoma de México, y el libro guía de los autores Alberto Pereira Orozco, Víctor Manuel Castillo Mayen, Marcelo Pablo E. Richter, “Derecho Procesal Constitucional”.

INDICE

EL AMPARO PROVISIONAL

CONCEPTOS                                                                        PAGINA

  1. ANTECEDENTES DEL AMPARO PROVISIONAL
  1. ANTIGÜEDAD
  2. EDAD MEDIA
  3. EDAD CONTEMPORANEA
  4. EN GUATEMALA
  1. DEFINICIONES DEL AMPARO PROVISIONAL
  1.  Según Ignacio Borgua
  2. Según José Arturo Ignacio Gonzales
  3.  Según Juan Manuel  Díaz-Duran Méndez.
  1. NATURALEZA JURIDICA
  2. CARACTERISTICAS O PRINCIPIOS
  3. CLASES DE AMPARO PROVISINAL
  4. PROCEDIMIENTOS REGULATORIOS
  5. REVOCATORIA DEL AMPARO PROVISIONAL
  6. CONCLUSINES
  7. RECOMENDACIONES
  8. ANEXOS
  9. BIBLIOGRAFIA
  1. Constitucion Politica de Guatemala
  2. Ley de Amparo y Exhibicion personal y de constitucionalidad
  3. www.scielo.org.mx, https//es.wikipedia.org, https//revistas-colaboracion.juridicas.unam.ms.
  4. Alberto Pereira Orozco,/Víctor Castillo Mayen, Alejandro Morales B. Derecho Procesal Constitucional

EL AMPARO PROVISIONAL

  1. ANTECEDENTES DEL AMPARO PROVISIONAL

Conforme a  GONZALES ALVAREZ BOGALIA,  El Derecho procesal  Constitucional, nace como una disciplina, cuando se crean en Europa los tribunales constitucionales a los que se les otorga de jurisdicción y competencia exclusiva y excluyente  para decidir conflictos constitucionales. Aplicando directamente la constitución como norma decisoria de la Litis.

ANTIGÜEDAD

Algún antecedente remoto existe en Grecia con el  precedente ateniense de  la superioridad y rigidez  del NOMUS,  una especie de ley constitucional

EDAD MEDIA

Se ha considerado el Habeas Corpus Amedmet, del 28 de Mayo de 1679 con 18 preceptos, como el primer  ordenamiento detallado que regula  a un proceso constitucional, si bien existió desde la carta Magna de 1215. Y en la ley inglesa de 1240.

EDAD CONTEMPORANEA

El juicio de amparo Mexicano, surge en la constitución del estado de Yucatán México en el año de 1941, cuando el Estado de Yucatán pretendía separarse de la Federación Mexicana y crear sus propia constitución .  Y con él surge LA SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO (Actualmente Amparo Provisional en Guatemala)  como  una medida cautelar del juicio de amparo mexicano, es decir,  para garantizar que se cumpla con el contenido final de la función jurisdiccional, del proceso de la acción de Amparo.[1]

EN GUATEMALA

Guatemala es un país que ha sufrido un  largo proceso democrático, político, económico, cultural y social, en el que,  en muchas de sus etapas históricas  se vio afectada por abusos de autoridad, sobre todo en los gobiernos castrenses o militares, Producto del cual nace  La ley de Amparo y Exhibición Personal y constitucional  como la primera ley constitucional emitida por la  Asamblea Nacional Constituyente  la cual creo también Nuestra Actual constitución Política de Guatemala  en el año de 1985.

Los Acuerdos de paz, es otro de los cuerpos legales que velan por el estricto cumplimiento de los derechos consagrados en la Constitución Política de Guatemala.

  1. DEFINICION DE AMPARO PROVISIONAL

El Amparo Provisional o suspensión del Acto  reclamado, como también se le conoce, es definido por el doctrinario mexicano, Ignacio Burgoa  como el  Acontecimiento, o situación que genera la paralización o cesación temporalmente limitada de algo positivo, consistente en impedir para el futuro el comienzo, el desarrollo o las consecuencias de algo”.

Para José Arturo Sierra González, el amparo provisional es:  “ Una providencia Cautelar decretada por el tribunal en el inicio del procedimiento, la cual persigue fundamentalmente preservar la materia del proceso de amparo[2]

Con relación a este tema en particular, Juan Manuel Díaz-Duran Méndez indica que “es una institución que dentro del proceso de amparo reviste una importancia transcendental, a tal grado que en muchas ocasiones, sin ella, este medio de control seria ineficaz[3]

  1. NATURALEZA JURIDICA                                                                                                                                                 Partiendo de las concepciones o definiciones anteriores  se puede definir el Amparo Provisional como una institución procesal, de naturaleza Cautelar[4] que tiene por objeto evitar que el acto señalado como agraviante pueda continuar produciendo  efectos a futuro.

  1. CARACTERISTICAS O PRINCIPIOS                                                                                                                   Esta institución posee características muy particulares:
  1. Puede ser decretada o revocada en cualquier momento durante la tramitación de Amparo.
  2. Debido a su carácter cautelar su ejecución debe ser inmediata.
  3. Opera cuando existe un hecho agraviante, generado por una actitud positiva; contrario sensu, no procede cuando la actitud denunciada sea negativa.
  4. Opera mientras el acto cuestionado mantenga su potencia vital.
  1. CLASES DE AMPARO PRIVISIONAL

A  Petición de parte, este procede cuando el amparista lo ha solicitado en el memorial inicial, así lo establece el Artículo Número 24 del Decreto 1-86 “En el memorial de interposición de amparo, podrá solicitarse la suspensión provisional de la disposición, acto, resolución o procedimiento reclamado.”

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