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LA EVASION TRIBUTARIA

zainmtEnsayo4 de Noviembre de 2014

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LA EVASION TRIBUTARIA:

Nadie debería dejar de tributar en una comunidad, porque todos sus integrantes utilizan de los servicios públicos. Sin embargo, no todos pagan sus tributos: unos por desconocimiento o dejadez y, otros, de manera premeditada. En cualquiera de estos casos ocurre la evasión tributaria.

La evasión tributaria, usaremos la definición siguiente: “Es toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas violatorias de disposiciones legales”.

Entonces, la evasión tributaria constituye un fin y los medios para lograrlo vienen a ser todos los actos dolosos utilizados para pagar menos o no pagar. En nuestra legislación, estos actos constituyen infracciones vinculadas con la evasión fiscal y existe un caso mayor, el de la defraudación tributaria, tipificado por la Ley Penal Tributaria.

Es importante indicar que la elusión es un concepto diferente. Es aquella acción que, sin infringir las disposiciones legales, busca evitar el pago de tributos mediante la utilización de figuras legales atípicas.

CausasEntre los factores que pueden originar la evasión, tenemos:

1 El egoísmo natural de la persona para desprenderse de una parte de sus ingresos en beneficio del bien común, lo que demuestra una escasa formación cívico-tributaria.

2 La existencia de un desequilibrio entre la carga tributaria y la capacidad económica de los contribuyentes.

3 El aumento de las tasas de los impuestos. Los estudios sobre la materia revelan que a mayores tasas, mayores son los niveles de evasión.

4 El establecimiento de exoneraciones para algunos sectores económicos o zonas geográficas que son utilizadas de manera incorrecta. Además, algunas experiencias demuestran que estas herramientas no han tenido los resultados esperados.

5 La desconfianza sobre el acierto conque el Estado administra los recursos.

6 La emisión de normas tributarias complicadas y complejas, lo que atenta contra la simplicidad y la neutralidad en la aplicación de los tributos.

7 La inestabilidad tributaria originada por la modificación constante de las normas.

8 La falta de conciencia tributaria. Un ejemplo es la no exigencia del comprobante de pago para obtener una rebaja en el precio o simplemente porque le resulta indiferente; otro es la obtención de ganancias ilícitas, sorprendiendo la buena fe de la Administración Tributaria mediante la simulación de actividades y documentos a favor de terceros.

ConsecuenciasLa evasión afecta al Estado y a la colectividad de diversas formas:

1. No permite que el Estado cuente con los recursos necesarios para brindar los servicios básicos a la población, especialmente a la de menores recursos.

2. Influye en la generación de un déficit fiscal,(3) que origina nuevos tributos, mayores tasas o créditos externos.

3. La creación de más tributos o el aumento de las tasas de los tributos ya existentes afectan a los que cumplen con sus obligaciones, cuando lo lógico sería ampliar la base contributiva con respecto a los que poco o nada tributan.

4. De otro lado, por los préstamos externos hay que pagar intereses, lo que significa mayores gastos para el Estado; es decir, toda la sociedad debe hacer un esfuerzo para pagar los gastos ocasionados por quienes no cumplieron con sus obligaciones tributarias.

5. Perjudica al desarrollo económico del país, no permitiendo que el Estado pueda redistribuir el ingreso a partir de la tributación.

En suma, la evasión tributaria nos perjudica a todos. Por este motivo, quienes formamos parte de la sociedad debemos hacer lo que esté a nuestro alcance para erradicarla. El primer paso es tomar conciencia de que el pago de impuestos no es simplemente una disminución de nuestros ingresos, sino un aporte al desarrollo de nuestro país y la posibilidad para que las mayorías empobrecidas tengan la oportunidad de mejorar su calidad de vida.

Por su parte, las instituciones representativas del Estado deben manejar adecuadamente y en forma transparente los recursos, de modo que los contribuyentes puedan conocer en qué forma éstos son invertidos y acepten la carga tributaria que les corresponde de acuerdo con su capacidad contributiva.

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria:

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), es un organismo público descentralizado del sector Economía y Finanzas. Actúa como órgano administrador de los tributos internos.

Fue creada por la ley Nº 24829, el 8 de junio de 1988, y conforme a su ley General aprobada por Decreto Legislativo N0 501 el 1 de diciembre del mismo año, se le otorga personería jurídica de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía administrativa, funcional, técnica y financiera.

SUNAT tiene por finalidad administrar y aplicar los procesos de recaudación y fiscalización de los tributos internos, así como proponer y participar en la reglamentación de las normas tributarias.

Entre las funciones de SUNAT tenemos:

· Administrar todos los tributos internos con excepción de los municipales.

· Recaudar todos los tributos internos con excepción de los municipales.

· Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a efecto de combatir la evasión fiscal.

· Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributario de acuerdo con la ley.

· Ejercerlos actos de coerción para el cobro de la deuda tributaria de acuerdo con la ley.

· Administrar los mecanismos de control tributario preventivo.

· Solicitar la adopción de medidas precautorias para cautelar la percepción de los tributos que administra y disponer la suspensión de las mismas cuando corresponda.

· Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas la reglamentación de las normas tributarias y en participar en su elaboración.

· Resolver en primera instancia administrativa los recursos interpuestos por los contribuyentes o responsables; concediendo los recursos de apelación y dando cumplimiento a las resoluciones del Tribunal Fiscal, y en su caso a las del Poder Judicial.

· Sistematizar y ordenar la legislación vinculada con los tributos que administra.

· Proponer al Poder Ejecutivo los lineamientos tributarios para la celebración de acuerdos y convenios internacionales, así como de cooperación técnica y administrativa.

· Formar y mantener actualizado el Banco de Datos de Información Tributario.

· Desarrollar programas de información y divulgación en materia tributaria.

· Desarrollar programas capacitación.

· Establecer la Procuraduría de Administración Tributaría y proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento del Procurador.

· Efectuar el remate de los bienes comisados y/o embargados en el ejercicio de sus funciones.

· Emitir opinión respecto a los proyectos de acuerdos convenios internacionales que celebre el Poder Ejecutivo sobre tributos cuya administración esté a su cargo.

· Establecer obligaciones de los contribuyentes en el ámbito de competencia se SUNAT, así como regular aspectos administrativos relacionados a la gestión institucional.

· Suscribir convenios interinstitucionales con entidades del sector público y privado relacionados con los fines de la SUNAT.

Estructura Orgánica:

Para el cumplimiento de sus funciones la SUNAT cuenta con la siguiente estructura organizacional:

· Alta Dirección Integrada por el Superintendente Nacional y el Superintendente Nacional Adjunto.

· Órgano de Apoyo que comprende: El Comité de Alta Dirección, El instituto de Administración, Intendente Nacional de Cumplimiento Tributario, Intendencia Nacional Jurídica, Intendencia Nacional de Planeamiento, Intendencia Nacional de Servicios al Contribuyente, Intendencia Nacional de Sistemas de Información e Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes.

· Órganos Descentralizados: las Intendencias Regionales y Oficinas Zonales.

Principales Tributos que Administra:

· Impuesto General a Las Ventas (IGV)

El Impuesto General a las Ventas representa para el Estado un extraordinario recurso financiero, porque constituye el impuesto con mayor recaudación en el país.

Grava la transferencia de bienes y prestación de servicios en el país, incidiendo directamente en los precios de los mismos.

Las operaciones gravadas son: venta de bienes muebles y retiro de bienes; prestación y/o utilización de servicios; primera venta de inmuebles, contratos de construcción e importación de bienes.

Están afectos las personas naturales o jurídicas que generan rentas de tercera categoría, y demás sociedades, consorcios u otras formas de contratos de colaboración empresarial que lleven contabilidad independiente.

La tasa es del 17%, adicionalmente el Impuesto de Promoción Municipal grava con una tasa del 2% las operaciones afectas al IGV; ambos impuestos son recaudados en cada operación razón por la cual se grava con el 19%, el pago es mensual. En la importación, el impuesto es liquidado por Aduanas.

· Impuesto a la Renta (IR)

Es el impuesto que se aplica a la renta o ingreso que obtienen las personas por su trabajo, la inversión de un capital o la combinación de ambos factores. Para su aplicación, se distinguen cinco categorías de renta:

1. PRIMERA CATEGORIA: Por el alquiler de bienes muebles e inmueble.

2. SEGUNDA CATEGORIA: Por la

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