ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Acción


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2012  •  1.402 Palabras (6 Páginas)  •  384 Visitas

Página 1 de 6

Acción en general

La palabra acción tiene su origen en la expresión latina actio, la que era un sinónimo de actus y aludía, en general, a los actos jurídicos. Este significado original era muy amplio, pues podía aplicarse a cualquier acto jurídico. Sin embargo, en el primer período del proceso civil romano se denominaron legis actiones (actos o acciones de la ley) a determinados actos solemnes establecidos en la ley que se debían cumplir para obtener la realización de un juicio y la decisión sobre un punto controvertido.

Durante el segundo periodo del proceso civil romano – llamado del procedimiento formulario o per formulas-, la actio tuvo también diversos significados. Entre otros, se llegó a identificarla con la fórmula misma, es decir, con la instrucción escrita en la que el magistrado designaba al juez que debía continuar conociendo del litigio, ahora en la fase in iudicio, y en la que fijaba los elementos con base en los cuales el juez debía emitir su decisión, condenando o absolviendo al demandado. Posteriormente, la palabra actio dejó de ser utilizada para designar el aspecto exterior del acto, como era la fórmula, y pasó a ser empleada para aludir a una parte del contenido de esta última: “el derecho que el actor (hacía) valer contra el demandado” Este último significado, como veremos más adelante, fue precisamente el que sirvió de base para la teoría que identificó la acción con el derecho subjetivo sustancial reclamando en juicio.

Actualmente, la palabra acción tiene numerosos significados, aún circunscribiéndola al campo del derecho procesal. Esta multiplicidad de significados y la gran cantidad de teorías que, sobre todo a partir de la segunda mitad del siglo XIX, se han venido formulando para tratar de precisar la naturaleza de la acción, dificultan de manera muy considerable la explicación de este tema.

Para tratar de esclarecer este concepto fundamental del derecho procesal, estimamos que es necesario, en primer término, precisar los significados actuales de la palabra acción, para analizar posteriormente aquellas teorías que han hecho alguna aportación significativa para la determinación de la naturaleza jurídica de la acción. Al final, examinaremos la regulación de la acción en el derecho vigente.

De acuerdo con Couture, la palabra acción tiene en el derecho procesal, cuando menos, tres acepciones distintas:

1. En primer lugar, se le utiliza como sinónimo del derecho, que trata de hacerse valer en juicio. En este sentido, es común que la parte demandada afirme, al contestar la demanda, que la parte actora “carece de acción”, es decir, que no tiene el derecho subjetivo material que reclama en juicio. En el mismo sentido, los juzgadores suele expresar, en los puntos resolutivos de sus sentencias, que “el actor no probó su acción”, fórmula tradicional con la que indican que dicha parte no demostró tener el derecho subjetivo material que alegó en el juicio;

2. También se utiliza como sinónimo de pretensión y de demanda, ya que la palabra acción también suele ser usada para designar la pretensión o reclamación que la parte actora o acusadora formula en su demanda o en su acusación. La pretensión es, como veremos más adelante, la reclamación concreta que la parte actora hace contra la parte demandada, en relación con algún bien jurídico. Es “lo que pide” el actor en su demanda o el acusador en su acusación. En este segundo sentido, es común que se hable de acción fundada o infundada, de acción reivindicatoria, de acción de pago de pesos, de acción de condena, etcétera, y

3. Por último, la acción también es entendida como la facultad de provocar la actividad de la jurisdicción (o el derecho público subjetivo), es decir el derecho que tienen las personas para promover la actividad del órgano jurisdiccional, con el fin de que, una vez realizados los actos procesales correspondientes, emita una sentencia sobre una pretensión litigiosa. Esta facultad o derecho se tiene con independencia de que la parte que lo ejerza tenga o no razón; de que sea o no fundada su pretensión. Aun en los casos en que el juzgador dicte una sentencia desestimatoria de la pretensión de la parte actora, ésta ejerció su derecho de acción, pues promovió el juicio y la actividad del órgano jurisdiccional, llevó a cabo los actos procesales que le correspondían y, finalmente, obtuvo una sentencia sobre una pretensión litigiosa, aunque

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (8.7 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com