La Constitucion
berlinbarbie8 de Junio de 2014
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MARCO TEORICO
CAPITULO I
LA CONSTITUCIÓN
La palabra constitución viene del latín “constitutio” constitutionis, nombre formado a partir del verbo constituere (establecer, colocar, organizar, construir). Este verbo se forma con el prefijo con-(conjuntamente, idea de conjunto) y el verbo statuere es un verbo derivado de stare (estar en pie), cuya raíz indo europeo es sta- (estar en pie).
1.- CONCEPTO
La Constitución Política del Estado es la norma jurídica suprema positiva que rige la organización de un Estado, estableciendo: la autoridad, la forma de ejercicio de esa autoridad, los límites de los órganos públicos, definiendo los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos y garantizando la libertad política y civil del individuo.
2.- ORIGEN
Su origen lo encontramos en la Grecia Clásica que tuvo como convicción que la comunidad política se gobierna por ley.
Aristóteles fue quien desarrolló el concepto de Constitución. Para él existían tres buenas formas de gobierno: la monarquía -gobierno de un solo hombre, aristocracia gobierno de los mejores y democracia moderada -gobierno de muchos. Su degradación daría lugar respectivamente: tiranía, oligarquía y democracia exagerada.
La mejor forma de gobierno, la de constitución, sería aquella que combinara elementos de las tres primeras de manera que cada clase de ciudadano tuviera garantizados sus derechos y aceptara sus responsabilidades en favor del bien común.
Otro principio aristotélico, aún vigente, afirma que los gobiernos son responsables ante los gobernados y que todos los hombres son iguales ante la ley. Sólo que hay que recordar que para Aristóteles su sentido de igualdad lo aplicaba únicamente entre los hombres libres ya que el admitió la esclavitud.
Cuando el cristianismo se convirtió en la religión predominante se defendió la concepción monárquica del gobierno, ya que en los últimos años del Imperio Romano, San Agustín postuló que las constituciones terrenas debían responder en lo posible al modelo de la ciudad de Dios, lo que se interpretó como la concentración del poder en un único soberano. Esta tesis se desarrolló durante la edad media y se postuló que el monarca recibía su mandato directamente de Dios, concepto que constituyó la base del absolutismo monárquico.
Los fundamentos teóricos del constitucionalismo se desarrollaron sobre las teorías del contrato social en los siglos XVII y XVIII , con Thomas Hobbes, John Locke, Barón de Montesquieu y Juan Jacobo Rousseau.
Estas teorías originaron la doctrina liberal, contraria al absolutismo. La doctrina liberal propuso cambios en la forma de Gobierno y defendió los derechos políticos de los ciudadanos.
El contrato social los individuos cedían parte de la libertad absoluta que caracteriza el estado de naturaleza para poder contar con la seguridad que proporcionaba un gobierno soberano aceptado. Para Hobbes la soberanía debería concentrarse en un solo individuo, mientras Rousseau lo remitía a la voluntad general.
Locke estableció la división de poderes dentro del gobierno y fue quien mayor influencia tuvo en la Declaración de Independencia y la Constitución de los Estados Unidos de América y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en Francia realizadas a finales del siglo XVIII.
La experiencia constitucional de Francia, Gran Bretaña y Estados Unidos fue decisiva para el desarrollo del pensamiento liberal en el siglo XIX, durante el cual se promulgaron constituciones en la mayor parte de los países europeos y americanos.
Cabe mencionar que las constituciones del siglo XIX tendían a ser breves y a contener sólo normas fundamentales. Desde la primera guerra mundial, sin embargo fue más frecuente incluir en el texto constitucional diversos principios referentes a temas sociales, económicos y políticos que anteriormente se remitían a las leyes ordinarias.
3.- PRINCIPALES CONSTITUCIONES DEL MUNDO
Podemos afirmar que la primera Constitución moderna fue la de EEUU, firmada por representantes de todos estados miembros y aprobada en el año 1787. No fue sin embargo votada mediante sufragio universal, aunque sí ratificada por el pueblo mediante representantes reunidos en convenciones.
Un antecedente a la anterior fue la Carta Magna británica de 1215, en la que el monarca se vio obligado a limitar su poder ante la presión de la nobleza y el Papa; y mucho antes, en la Grecia clásica, los aristotélicos hablaban ya de la necesidad de formalizar la democracia mediante algo parecido a una Constitución.
Hay incluso quiénes se refieren al Código de Hammurabi (1760 a.C) como la primera Constitución del mundo; aunque, en realidad, se trata de una mera recopilación de leyes sumerias.
Sobre las posibles divisiones, las constituciones pueden ser escritas o no escritas, impuestas, pactadas, aprobadas mediante soberanía popular y más o menos rígida desde el punto de vista de la reformabilidad.
4.- TIPOS DE CONSTITUCIÓN
Diferenciamos dos tipos:
a) Constitución Rígida.- Será la constitución que tendrá para reformarla se necesita un proceso muy difícil y rígido por la cual necesariamente debe ser escrita.
b) Constitución Flexible.- Es la constitución cuya modificación tendrá un procedimiento muy factible la cual la hará inestable haciendo de esta una reforma igual a la que tendría una ley ordinaria.
c) Constitución Escrita.- Son las constituciones formales y codificadas que estarán impregnadas en un documento físico-político.
d) Constitución No Escrita.- Son las constituciones que se encuentran dispersas la cual no está expresada en un documento físico y se basan en la costumbre.
Nuestra carta magna actual (1993), es un modelo de constitución escrita y de reforma semirrígida, ya que tendrá un procedimiento riguroso (como obtener la mayoría de los votos de los congresistas o por medio de un referéndum) pero no imposible de alcanzar su realización.
5.- CONSTITUCION EN EL PERÚ
La primera constitución que se dio fue promulgada el 12 de noviembre de 1823, aprobada por el Primer Congreso Constituyente, por el Presidente de la República José Bernardo Torre Tagle.
Pero no llegó a regir pues casi de inmediato fue suspendida en todos sus artículos para no obstaculizar la labor del Libertador Bolívar, que por entonces preparaba la campaña final de la independencia del Perú. Fue restaurada en 1827, rigiendo hasta 1828, cuando lo reemplazó una nueva Constitución liberal.
Luego de esta constitución se dieron 11 constituciones más incluyendo la vigente:
Constitución Vitalicia (1826)
Constitución Política de la República Peruana (1828)
Constitución Política de la República Peruana (1834)
Constitución Política del Perú (1839)
Constitución de la República Peruana (1856)
Constitución Política del Perú (1860)
Constitución Política del Perú (1867)
Constitución para la República del Perú (1920)
Constitución Política del Perú (1933)
Constitución para la República del Perú (1979)
Constitución Política del Perú (1993)
6.- FORMACIÓN
Una constitución se elabora a partir del poder constituyente ya sea por medio de asambleas, convenciones, congresos.
En donde se tiene en cuenta las necesidades del pueblo, establecer mecanismos para una buena organización política, pero siempre teniendo en cuenta el no atentar los derechos de los ciudadanos.
7.-CONTENIDO
La constitución consta de 206 artículos y 16 disposiciones finales y transitorias, ordenados en 6 títulos, así como un preámbulo y una declaración.
El contenido de la constitución, constade partes importantes que serán:
A) PARTE ORGÁNICA.-Se le llama parte orgánica al cuerpo de normas, principios e instituciones de la constitución que regula la estructura, definición, atribuciones y retos de los órganos o poderes del estado.
En la parte orgánica vamos a encontrar las instituciones públicas como gobierno regionales, entre otros.
B) PARTE DOGMÁTICA.- Comprende el sistema de las garantías individuales, que se estima han evolucionado ala idea de derechos humanos. Se le denomina así en virtud de que constituye una suma de normas fundamentales anteriores y superiores al Estado, que no solo limitan el poder y la acción de aquellos que gobiernan, sino que marcan el rumbo del actuar del poder público.
8.- ESTRUCTURA:
Nuestra Constitución está ordenada y estructurada de la siguiente manera:
A) PREÁMBULO:
Especie de introducción donde se expresan los fines y objetivos para el Estado y la sociedad (ideologías, principios y valores constitucionales). Sin embargo, el preámbulo de nuestra constitución vigente es muy simple y somero ya que no se proyecta a alcanzar mayores expectativas.
Fines:
a. Político: Organizar y limitar el poder político.
b. Jurídico: Esta orientado a la seguridad jurídica.
c. Social: Protege a la persona y a la sociedad.
Objetivos:
Delimitar el ejercicio de poder del Estado, así como reconocer y garantizar los derechos de los ciudadanos.
B) PARTE DOGMÁTICA:
Es la parte rígida de una Constitución, que son los primeros de la CN (es decir, las declaraciones los derechos y las garantías).
Es también el fin supremo del Estado, puesto que contiene derechos y libertades (obligaciones) de los ciudadanos y gobernantes, por ello no admite discusión al respecto. Tiene como finalidad
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