ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Ley Mineral


Enviado por   •  12 de Marzo de 2014  •  13.706 Palabras (55 Páginas)  •  215 Visitas

Página 1 de 55

LEY DE MINERIA

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto. La presente Ley norma toda actividad de exploración, explotación, transformación y comercialización; en general, todas las operaciones mineras a realizarse en el territorio nacional.

Artículo 2. Aplicabilidad. Las normas de la presente Ley son de orden público, interés general y de aplicación obligatoria a todas las personas, individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen operaciones mineras y actividades de exploración y explotación de los minerales y rocas que constituyan yacimientos naturales en el territorio nacional.

Artículo 3. Excepciones. Se exceptúan de la aplicación de esta Ley, las actividades relacionadas con:

a. El petróleo y los hidrocarburos en cualquier estado de la materia; y

b. Las sustancias contenidas en suspensión o disolución por aguas subterráneas siempre que no provengan de un depósito mineral distinto de los componentes de los terrenos.

Artículo 4. Abreviaturas y definiciones. Para los efectos de esta Ley, se utilizarán las abreviaturas y definiciones siguientes:

a) Abreviaturas:

Estado: Estado de Guatemala;

República: República de Guatemala;

Gobierno: Gobierno de la República de Guatemala;

Ministerio: Ministerio de Energía y Minas

CONAP; Consejo Nacional de Áreas Protegidas

Dirección: Dirección General de Minería; del Ministerio de Energía y Minas,

SAT: Superintendencia de Administración Tributaria.

MARN: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.

Consejo Consejo de Política Minera

Sistema de Información: Sistema Nacional de Información de Minas y Canteras

b) Definiciones

Año Calendario: Período de doce meses consecutivos comprendidos del día uno de enero al treinta y uno de diciembre inclusive, conforme al calendario Gregoriano.

Año de Exploración: Período de doce meses consecutivos contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación al interesado de la resolución de otorgamiento del derecho minero de exploración.

Año de explotación: Período de doce meses consecutivos contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación al interesado de la resolución de otorgamiento del derecho minero de explotación.

Área especial de interés minero: Superficie del territorio nacional en la cual están identificados o evaluados recursos mineros de importancia económica y que el Estado declara como tales, a efecto que se proceda a la exploración o explotación a través de convocatoria.

Cantera: Operación minera donde se extraen minerales no metálicos y materiales de construcción.

Carbón mineral: Material sólido de origen natural derivado principalmente de acumulaciones fósiles de plantas.

Coordenadas UTM: Coordenadas planas Universales Transversales de Mercator.

Derecho minero: Se entiende por derecho minero la relación jurídica que se da entre el Estado y una persona individual o jurídica, nacional o extranjera, que se origina de un acto administrativo, que comprende la extensión de licencia para la ejecución de una operación minera.

Evaluación ambiental inicial: Es un instrumento que se utiliza para determinar si un proyecto, obra, industria o actividad conforme lo indicado en el listado taxativo, el procedimiento establecido y, en virtud de su condición de significancia de impacto ambiental, requiere o no de un análisis más profundo, por medio de otro instrumento ambiental. La evaluación ambiental inicial considerará la localización del área del proyecto, con respecto a áreas ambientales frágiles y áreas de planificación territorial, así como la existencia o no de un marco jurídico, con el objeto de que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales determine la necesidad de presentar otro instrumento de evaluación ambiental o emita la resolución que corresponda al caso concreto. Las áreas de localización de los proyectos, obras, industrias o actividades, se agruparán en tres categorías básicas: a) áreas ambientales frágiles, b) áreas con planificación territorial c) áreas sin planificación territorial.

Instrumento de evaluación ambiental: Documento técnico definido en las leyes y reglamentos ambientales de la República de Guatemala, el cual plasma el análisis de los impactos ambientales y las medidas de mitigación propuestos siendo un requisito previo al desarrollo de actividades proyectos o industrias que induzcan cambios al medio ambiente

Materiales de construcción: Minerales no metálicos que se utilizan para la construcción.

Material estéril: Restos de minerales o rocas resultantes de una operación minera no aprovechables económicamente.

Metales básicos: Son todos los metales no clasificados como preciosos ni tierras raras.

Metales preciosos: Son aquellos cuya abundancia en la corteza terrestre les da un alto valor, los metales preciosos son: oro, plata, y los platinoides.

Mina a tajo abierto: Lugar donde se extraen productos mineros metálicos que se encuentran en superficie.

Mina subterránea: Excavación en el subsuelo por medio de túneles, con una o más bocas de entrada e instalaciones necesarias para su operación.

Minerales metálicos: Minerales de los que se extraen uno o más de los elementos metálicos descritos en la Tabla Periódica de los Elementos. Para efectos de esta Ley se clasifican en: minerales metálicos básicos, preciosos y tierras raras.

Minerales no metálicos: Todos los minerales diferentes a los minerales metálicos, que generalmente se explotan en canteras.

Minerales y yacimientos. Los minerales

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (90.6 Kb)  
Leer 54 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com