Leyes De Educación En Argentina
Su0217 de Mayo de 2013
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Periodo Pre-Hispánico
Los hombres primitivos de las tribus que habitaban el territorio argentino no poseían un sistema de educación.
Los saberes necesarios para la supervivencia eran transmitidos de generación en generación sin planificación previa.
Siglos XVI y XVII
Luego del descubrimiento y posterior conquista de América, los sacerdotes jesuitas, franciscanos, mercedarios, dominicos, carmelitas y agustinos aplicaron la pedagogía de la evangelización por orden de la Reina Isabel (La Católica) cuyos destinatarios eran los aborígenes.
La Compañía de Jesús impuso el “ratio studiorum”, sistema pedagógico humanístico contenido en el Plan y reglamentación de estudios que dividía los estudios en cinco cursos: tres de gramática, uno de humanidades y uno de retórica.
La gramática inferior comprendía nociones de latín, la gramática media basada en textos de Cicerón y Julio Cesar y la gramática superior que abarcaba la sintaxis y la versificación.
Humanidades comprendía la lectura de obras de Horacio, Virgilio, Salustio Tito Livio, Platón y Aristóteles.
En retórica se procuraba que los estudiantes se perfeccionaran en la correcta expresión de sus ideas.
En las misiones jesuíticas se enseñaba la doctrina cristiana y nociones elementales de lectura, escritura y cálculo además de artes y oficios.
También se editaban libros en imprentas construidas por ellos.
1884 – Ley de Educación Común (Ley Nº 1420)
La enseñanza primaria debe ser gratuita, gradual, obligatoria y laica entre los 6 y 14 años
Le quita a la Iglesia el poder de determinar el qué y cómo enseñar
Se proponía formar al ciudadano, al sujeto urbano respetuoso de la ley, educado a partir de valores morales no religiosos. Pretendía preparar el sistema educativo para los inmigrantes provenientes de países no católicos
La ley estableció los contenidos mínimos
Para sus escuelas las provincias establecían planes y programas de educación primaria
En los territorios nacionales existían escuelas nacionales dependientes del Consejo Nacional de Educación
1905 – Ley Láinez (Ley Nº 4874)
Permite al Estado Nacional crear escuelas primarias en las provincias que lo demanden
En muchas provincias coexistieron escuelas nacionales y provinciales
Los planes y programas en ambos tipos de escuelas eran similares
Hasta la década de 1960 el Consejo Nacional de Educación establecía planes generales que debían ser adoptados por los Consejos Provinciales de Educación
Federalismo en lo político pero centralismo en los hechos
1979
Se transfieren las escuelas primarias nacionales a las provinciales
1990
Se transfieren las escuelas medias y las instituciones de educación superior
1993 – Ley Federal de Educación (Ley Nº 24.195)
Queda establecido el proceso de provincialización del Sistema Educativo
En su art. 59 otorga a las provincias y a la municipalidad de la ciudad de Bs. As., las atribuciones de planificar, organizar y administrar el sistema educativo de su jurisdicción
Aprobar el currículum de los diversos ciclos, niveles y regímenes especiales en el marco de lo acordado en el Consejo Federal de Cultura y Educación
Organizar y conducir los establecimientos educativos de gestión estatal y autorizar y supervisar los establecimientos de gestión privada en su jurisdicción
Postula 3 niveles de concreción del currículum: El Nivel Nacional con los C.B.C.; El Nivel Jurisdiccional con los Diseños Provinciales y El Nivel Institucional con “El Proyecto Curricular Institucional”
Contenidos Básicos Comunes
La Ley Federal de Educación resolvió establecer un marco curricular nacional para resolver los siguientes
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