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Minuta contrato erminación Unilateral del Contrato de Arrendamiento de Local Comercial carrera 3 No 12-58


Enviado por   •  1 de Octubre de 2018  •  Ensayos  •  2.160 Palabras (9 Páginas)  •  164 Visitas

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Bogotá DC., 28 de septiembre de 2018 

  

  

Señora 

AMPARO GUTIÉRREZ 

Arrendataria

Inmueble Carrera 3 No 12-58

Ciudad

 

ASUNTO: Terminación Unilateral del Contrato de Arrendamiento de Local Comercial carrera 3 No 12-58, por incumplimiento de las condiciones; Aplicación clausula penal por incumplimiento; Fijación fecha de entrega y acta correspondiente; Entrega en perfecto estado del inmueble. 

 

Respetada Señora: 

  

De conformidad con la cláusula segunda del contrato de arrendamiento de local comercial, de fecha 1° de enero de 2016, “… Segunda – Canon de Arrendamiento. El canon de arrendamiento mensual es la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL PESOS, que el Arrendatario pagará anticipadamente al Arrendador o a su orden, en la cuenta de ahorros de DAVIVIENDA No 0074 70200853, dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes…” ha sido incumplida, como quiera que se adeudan los meses de agosto, septiembre y octubre de 2016; enero de 2017 y marzo y mayo de 2018 por la suma de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL CINCUENTA PESOS M-CTE ($11´423.050.oo) 

El reajuste del canon de arrendamiento correspondiente a los años 2017 y 2018, según la cláusula Tercera del mismo documento no fueron aplicados tal como se acordó. “…TERCERA. Reajuste del Canon de Arrendamiento: Cada doce (12) meses de ejecución el Contrato, el valor del canon de arrendamiento será reajustado en un Quince por ciento.

De acuerdo con la cláusula Octava del pacto escrito, en ningún caso el Arrendatario podrá subarrendar o ceder en todo o en parte el arrendamiento y Usted cedió el mismo al señor  XXXXXXXXXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No XXXXXXXXXXXXX.

Por lo anterior y de acuerdo con la cláusula decima segunda, la Arrendadora, NELLY GONZÁLEZ QUINTERO, ha decidido de manera unilateral dar por terminado el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL. “…DÉCIMA SEGUNDA. - Incumplimiento. - El incumplimiento del arrendatario a cualquiera de sus obligaciones legales o contractuales facultará otorgará al ARRENDADOR para ejercer las siguientes acciones, simultáneamente o en el orden que elija: a) Declarar terminado este contrato y reclamar la devolución del inmueble judicial y/o extrajudicialmente…. b) Exigir y perseguir a través de cualquier medio, judicial o extrajudicialmente, al Arrendatario el monto delos perjuicios resultantes del incumplimiento, así como la de la multa por incumplimiento pactada en este Contrato…”  

Como consecuencia de los incumplimientos, me permito informarle, que a fin de honrar las obligaciones del pacto, se aplicará la cláusula penal, lo cual constituye al Arrendatario en deudor con la Arrendadora, por la suma de OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA PESOS ($8.205.360.oo) “… DÉCIMA OCTAVA.- Cláusula penal.- En el evento de incumplimiento cualquiera de las partes a las obligaciones a su cargo contenidas en la ley o en el contrato, la parte incumplida deberá pagar a la otra parte una suma equivalente a tres (3) cánones de arrendamiento vigentes en la fecha del incumplimiento, a título de pena. En el evento que los perjuicios ocasionados por la parte incumplida, excedan el valor de la suma aquí prevista como pena, la parte incumplida deberá pagar a la otra parte la diferencia entre el valor total de los perjuicios y el valor de la pena prevista en esta Cláusula…”

 

Al suscribir el contrato la arrendataria declaró haber recibido el inmueble objeto del contrato, a plena satisfacción, esto es, en perfecto estado para el desarrollo de su objeto social. La cláusula Novena del mismo documento, obliga al Arrendatario a entregar el local en las mismas condiciones en que recibió.

Con el fin de dar cumplimiento al contrato de arrendamiento de local comercial, le solicito de manera respetuosa, se sirva consignar el total de las sumas adeudadas en la cuenta de ahorros DAVIVIENDA No 0074 70200853, a nombre de la señora NELLY GONZÁLEZ QUINTERO, por valor total de DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS DIEZ PESOS M-CTE ($19´628.410.oo)

Finalmente, y con el fin de extender acta respectiva, le informo que el próximo 30 de agosto de 2018, a la hora de las dos de la tarde, estaremos personalmente a fin de que Usted realice la entrega formal y material del inmueble de propiedad de la Arrendadora.  

Atentamente, 

 

LUIS JAIME MORENO FONSECA         Celular: 300 553 9825

JOSÉ ARIEL ESLAVA SARMIENTO         Celular: 316 745 2721

ABOGADOS 

Bogotá DC., 28 de septiembre de 2018 

  

 Señora 

CARMENZA GÓMEZ ORTEGA

Representante Legal ANZORC NIT 900537360-7

Codeudora

Ciudad

 

ASUNTO: Terminación Unilateral del Contrato de Arrendamiento de Local Comercial carrera 3 No 12-58, por incumplimiento de las condiciones; Aplicación clausula penal por incumplimiento; Fijación fecha de entrega y acta correspondiente; Entrega en perfecto estado del inmueble. 

 

Respetada Señora: 

  

De conformidad con la cláusula segunda del contrato de arrendamiento de local comercial, de fecha 1° de enero de 2016, entre NELLY GONZÁLEZ QUINTERO y COOPERATIVA MULTIACTIVA NACIONAL AGRARIA PARA LA PAZ –COOMUNALPAZ-, “… Segunda – Canon de Arrendamiento. El canon de arrendamiento mensual es la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL PESOS, que el Arrendatario pagará anticipadamente al Arrendador o a su orden, en la cuenta de ahorros de DAVIVIENDA No 0074 70200853, dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes…” ha sido incumplida, como quiera que se adeudan los meses de agosto, septiembre y octubre de 2016; enero de 2017 y marzo y mayo de 2018 por la suma de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL CINCUENTA PESOS M-CTE ($11´423.050.oo)

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