Propiedad Y Posecion
lauralar1 de Octubre de 2013
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PROPIEDAD Y POSECION
En un principio probablemente, "propiedad" y "posesión" eran consideradas como una misma cosa: el hecho, la apariencia del derecho, debió ser el derecho mismo.
El derecho de propiedad es el poder directo inmediato sobre un objeto o bien que ostentará el propietario de ese bien u objeto y lo que le permitirá disponer libremente del mismo, obviamente y siempre dentro de un marco legal. El término propiedad proviene del vocablo latino "propietas", derivado, a su vez de propierum, o sea "lo que pertenece a una persona o es propia de ella. La propiedad para los romanos indicaba la facultad que corresponde a una persona, el propietario de obtener directamente de una cosa determinada toda la utilidad jurídica que esta cosa es susceptible de proporcionar. En casi todas las legislaciones el derecho a la propiedad, tomado e inspirado en el derecho romano, supone tres facultades: uso o ius utendi, goce o ius fruendi y disposición ius abutendi.
El primero se refiere al derecho que tendrá el propietario de un bien a usarlo, aunque ojo, siempre y cuando este uso no provoque ningún daño, ni le ocasione algún perjuicio al prójimo,
El ius fruendi es el derecho al goce del bien, esto significa que con o sin su presencia, todo aquello que el bien produzca, le pertenecerá y puede disponer de ellos, en tanto, estos pueden ser naturales o civiles.
El ius abutendi es lo que nos permite disponer de la cosa, esto implica su derecho a destruirla, modificarla y hasta regalársela a otro.
Fundado en el articulo 27 de la Constitución Mexicana dice….La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
La posesión es una situación de hecho, consistente en estar, el poseedor, en contacto físico con el bien. Implica tener alguno de los atributos de la propiedad (usar, disfrutar, disponer). El término proviene del latín, potis (poderoso) y sedere (asentarse o permanecer) y debe contener dos elementos , el primero es el corpus, o detentación material de la cosa, y la otra es el animus, o sea, la intención de tenerla para sí, como propia.
La posesión supone un control sobre el bien poseído, incluso cuando no hay contacto físico con la cosa. De este modo se mantiene el corpus, y por tanto la posesión sobre un bien. Para los romanos era tener un poder de hecho sobre la cosa que permitiera disponer de ella en la totalidad de sus relaciones con exclusión de las demás personas y tener así mismo la intención de mantenerse en esa relación inmediata o independiente con la cosa. Es pues "possessio", un poder o señorío entendido como una relación de hecho entre la persona y la cosa; señorío que expresa lo que es contenido normal de la propiedad y que se manifiesta exteriormente como el ejercicio de hecho de la misma.
Fundado en el Titulo V, Capitulo Primero de las posesiones del Codigo Civil Federal, el articulo 430 dice…Posesión natural es la tenencia de una cosa o el disfrute de un derecho por una persona. Posesión civil es esa misma tenencia o disfrute unidos a la intención de haber la cosa o derecho como suyos.
La posesión es un señorío físico o de hecho que se ejerce sobre una cosa, que se diferencia de la mera tenencia en que esta apropiación material del objeto poseído va acompañada de una real intención de que esa cosa le pertenezca a título de dominio, este puede ser legal, en cuyo caso es un poseedor propietario; o ilegal, como quien ha hurtado o robado la cosa
La propiedad al igual que la posesión reúnen en una misma persona la materialidad del objeto
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