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Que Hace El Director Si Un Docente Comete Una Falta Grave


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2012  •  5.854 Palabras (24 Páginas)  •  905 Visitas

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Introducción

El derecho a la defensa acompaña al hombre desde el momento mismo de su nacimiento hasta el día de su muerte, es decir, acompaña al hombre durante toda su vida. Este derecho, a diferencia de otros, no requiere reconocimiento o consagración en una carta política para su existencia y tampoco se trata de un derecho que ampara sólo a los ciudadanos, sino que tutela al hombre, por el sólo hecho de serlo.

Cuando se habla del derecho a la defensa en la jurisprudencia, siempre viene a la memoria la sentencia del juez inglés en la cual se relata el pasaje bíblico de la expulsión de Adán y Eva del Paraíso, oportunidad en la que Dios le concedió a Adán, antes de expulsarlo del Paraíso, la posibilidad de defenderse y explicar por qué había comido del fruto prohibido.

La presente investigación aborda una temática, acerca de los procedimientos disciplinarios de la instrucción de expedientes y la función del docente director, con respecto al personal educativo que está a su cargo dentro de una institución educativa.

Como requisito previo, imprescindible en un profesional de la educación, ha de considerarse una especial inclinación, amor y confianza en la tarea trascendente de educar, de transmitir parte importante de sí mismo a los demás con fines de servicio.

El ejercicio profesional de la docencia constituye una carrera y, como tal, está supeditada al cumplimiento de funciones determinadas en las condiciones, categorías y jerarquías que establece el Reglamento y estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de idoneidad docente comprobada.

Todo docente, para el desempeño de su labor profesional, necesita conocer el ordenamiento jurídico en lo atinente a la regulación del derecho a laeducación.

El experto que se dedica a la docencia, debe adquirir responsabilidades inherentes a su ocupación, debe poseer un bagaje de conocimientos muy superior a lo que ha de trasmitir. Es innegable la importancia que este tiene en nuestra sociedad.

Es deber irrenunciable del Estado, facilitar el desarrollo de las condiciones sociales aptas, para la promoción de la prosperidad y el bienestar del pueblo, de lo cual deviene de una educación, administrada por personas cuyo objetivo no sea solamente estable y bien remunerado, sino compuesto por seres conscientes, comprometidos con sus estudiantes, que comprende su ubicación espacio - temporal y han hecho una opción política por la inconformidad y por la disposición a fortalecer las oportunidades de éxito de sus estudiantes, no solo en cuanto al rendimiento escolar, sino al mejoramiento de susrelaciones interpersonales, familiares y sociales.

De los procedimientos disciplinarios y de la instrucción de los expedientes

1.-Defensa

El derecho de defensa tiene un contenido complejo; su respeto exige un conocimiento suficiente y oportuno de lo que pueda afectar a los derechos e intereses legítimos de las partes en el proceso.

En el caso de Venezuela, el derecho a la defensa se encuentra establecido en el artículo 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, el cual transcrito señala: El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas; en consecuencia (art. 49):

1. La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso.

2. Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.

3. Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las debidas garantías y dentro del plazo razonable determinado legalmente, por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad. Quien no hable castellano o no pueda comunicarse de manera verbal, tiene derecho a un intérprete.

4. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley.

5. Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí misma, su cónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

6. Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previstos deberes, serán sancionados disciplinariamente conforme a lo previsto en la Ley Orgánica de Educación, el presente Reglamento y demás normativa jurídica sobre la materia, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que pudieran derivarse de los mismos hechos y de la sanción que le correspondiere por efecto de otras leyes. (Art. 143)

Nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela[1]en el Artículo 104 establece que la educación quedará bajo responsabilidad de personas con reconocida moralidad y comprobada idoneidad académica; y el Estado estimulará su actualización permanente y garantizará la estabilidad en el ejercicio de la carrera docente.

En el marco del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente[2]se entiende por personal docente tanto a quienes tengan la condición de personal ordinario como a quienes ostenten el carácter de personal interino.

El ejercicio profesional de la docencia constituye una carrera y, como tal, está supeditada al cumplimiento de funciones determinadas en las condiciones, categorías y jerarquías que establece el Reglamento y estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de idoneidad docente comprobada. Son, algunos, deberes del personal docente:

1 Observar una conducta ajustada a la ética profesional, a la moral, a las buenas costumbres y a los principios constitucionales.

2 Cumplir las actividades docentes conforme a los planes de estudios y desarrollar la totalidad de los objetivos, contenidos y actividades, establecidos en la programación oficial.

3 Planificar el trabajo docente.

4 Cumplir con las disposiciones de carácter pedagógico, técnico, administrativo y jurídico que dictaminen las autoridades educativas.

5 Orientar y asesorar a la comunidad educativa en la cual ejerce sus actividades docentes.

6 Contribuir a la elevación del nivel ético, científico, humanístico, técnico y cultural de los miembros de la institución en la cual trabaja.:/}/w

Todo docente, para el desempeño de su labor profesional, necesita conocer el ordenamiento jurídico en lo atinente a la regulación del derecho a la educación, la manera en que las leyes positivas regulan la intervención del Estado y las competencias

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