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Resumen derecho romano


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2022  •  Apuntes  •  9.952 Palabras (40 Páginas)  •  54 Visitas

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ETAPAS HISTÓRICAS

ÉPOCA ARCAICA

Dividida en dos periodos;

1° Periodo: Monarquía -> 753 a 509 a.C

- Expulsión de Tarquinio "el Soberbio".

• Órganos 1° periodo, Rex, Senado, Comicio Curiado:

- Rex: El rey era único, tenía carácter vitalicio y no era hereditario. El rex reunía en su persona los poderes:

• Religiosos: era el rex sacrorum.

•Militares: Era el jefe del ejército.

• Jurisdiccionales: impartía justicia entre los ciudadanos.

A la muerte del rey se abría el interregnun para elegir un nuevo rex. Constituía un gobierno de transición, mediante el cual los jefes de las tribus o senadores detentaban por turnos de 5 días el poder supremo con el nombre de interreges hasta que se nombraba al nuevo rex. Una vez elegido al candidato se reunía al Comicio Curiado y el que había sido designado se presentaba al pueblo, no lo elegía, sólo confirmaba el cargo ya que el rex había sido elegido por los dioses a través de signos ciertos, determinados en los auspicia.

Dividida en dos periodos, 1° Periodo:

 - Senado o Consejo del Rey: Lo formaban los miembros más ancianos y poderosos, eran los jefes de las tribus o gens. Su nombramiento competía al rey, en principio fueron nombrados 100 senadores pero llegaron a ser 300.

Competencias:

• La provisión de un interrex a la muerte del rey.

• Funciones consultivas, aunque su opinión no era vinculante para el rex.

 • Auctoritas patrum, en esta época monárquica al parecer no estaba vigente, sin embargo, en parte de la época republicana las decisiones de las asambleas populares no eran válidas sin la autorización y convalidación del Senado.

- Comicio Curiado: Es la división esencial de la población en la época monárquica, eran agrupaciones que tenían sus propios cultos, sus propios jefes y sus sacerdotes. Existían 30 curias, 10 por cada tribu, en donde se encuadraba la población con fines religiosos, administrativos y militares. Se convocaban por el rex. Ante ellos se realizaban importantes ceremonias como el testamento in calatis comitis. No parece que tuvieran poder deliberante ni funciones judiciales ni legislativas.

Respecto al Derecho en esta época:

 Derecho -> Existe una confusión entre el ius y el fax. El fax es el derecho de los dioses, esto es, lo permitido y manifestado por la divinidad. El fax era dado por el sacerdote y se contrapone al derecho humano o ius.

Interpretación del Derecho -> La realiza el Colegio Pontifical. El Colegio pontificial está formado por sacerdotes, consejeros de la cabeza del Estado que interpretaban el derecho. Existía un Derecho no escrito

 - mores maiorum. Son las costumbres, usos sociales y modos de vivir tenidos por los romanos como reglas de conducta. Eran los principios del derecho arcaico, con fundamento en los dioses.

2° Periodo: 509 a 367 a.C.

• Instauración República - Sustitución Rex por dos magistrados: Los cónsules.

• Dos clases sociales:

- Patricios-> Es la clase dominante. Son los que depusieron al monarca y se hicieron con el poder. Mantuvieron los privilegios que gozaban en la monarquía. Procedían de la antigua organización gentilicia, cada gens poseía vínculos de parentesco, cultos propios y un nombre que los diferenciaba. Ocupaban las altas magistraturas y el sacerdocio. Se repartieron el ager publicus.

- Plebeyos -> Hay diversas teorías sobre su origen, actualmente hay autores que ven en la plebe una masa residual formada por hombres de distintos orígenes que se iba asentando en los suburbios de Roma, además constituirían la plebe los comerciantes y artesanos. Los plebeyos no podían acceder a las magistraturas ni al sacerdocio, no podían contraer matrimonio con los patricios, debían aceptar su reclutamiento para la guerra pero no tenían acceso a los puestos de mando. No tenían derecho al reparto de lotes de tierra del Estado (ager publicus).

 • Este periodo destaca por una lucha entre clases sociales a fin para conseguir la igualdad los plebeyos.

ÉPOCA ARCAICA. ÓRGANOS DE LA REPÚBLICA

Comicio Centuriado - Principal asamblea política de Roma.

 - Fue una organización con fines fiscales y militares(Se encuadraban los ciudadanos en función de su fortuna)

Estaba constituidos por 192 centurias, integradas en cinco clases.  Funciones del Comicio Centuriado: • Electiva - elegía a los magistrados mayores (Cónsul, Pretor, Censor).

• Legislativa - votaba las leyes.

• Judicial - tenía la provocatio ad populum: Es el derecho del ciudadano a apelar a la asamblea contra: - Una sentencia de muerte. - Una sentencia de multas superiores a 3020 ases. Era una 2ª instancia en el proceso criminal. Y una limitación al imperium y coercitio de los magistrados.

Comitia tributa : Las tribus son organizaciones rudimentarias a las que se atribuye finalidad política, funciones militares y religiosas.  Al principio, hubo tres tribus fundadas por Rómulo: Ramnes, Ties y Luceres. Posteriormente, las tribus fueron encuadramientos territoriales y circunscripciones administrativas

 - De las tres tribus iniciales se pasará a un número definitivo a partir del año 241 a.C.

35 Tribus - 4 urbanas y 31 rústicas.

 Tuvieron un carácter más democrático que los Comicios Centuriados. La unidad votante eran las tribus donde todos los ciudadanos votaban. Las funciones de los Comicios por Tribus:

- Electores: elegían a los magistrados menores (Edil, Cuestor).

 - Votaban leyes y ejercian la provocatio para multas menores.

Asamblea plebeya: Tenía funciones electorales

- Elegían al Tribuno de la plebe y a los Ediles plebeyos.

Sus funciones legislativas pasaron por una serie de etapas:

- Originariamente sus decisiones sólo vinculaban a la plebe.

- Con el paso del tiempo, y como consecuencia de las luchas entre patricios y plebeyos, la culminación de su función legislativa llegará con la lex Hortensia del 286 a.C.: Alcanzan los plebiscitos la misma categoría de las leyes comiciales sin necesidad de la ratificación posterior del Senado (Auctoritas Patrum). Vinculando a todo el pueblo.

Magistrados: Persona elegida por las asambleas para ejercer un cargo político durante un periodo de tiempo fijo. Ese cargo político le otorgaba poder para ejercer funciones y actos en nombre de la res publica, que tenían eficacia respecto de todos los ciudadanos.

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