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Salud Ocupacional


Enviado por   •  6 de Abril de 2015  •  1.032 Palabras (5 Páginas)  •  255 Visitas

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ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO PARA LA SALUD DEL TRABAJADOR. Se consideran actividades de alto riesgo para la salud de los trabajadores las siguientes:

1. Trabajos en minería que impliquen prestar el servicio en socavones o en subterráneos.

2. Trabajos que impliquen la exposición a altas temperaturas, por encima de los valores límites permisibles, determinados por las normas técnicas de salud ocupacional.

3. Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes.

4. Trabajos con exposición a sustancias comprobadamente cancerígenas.

5. En la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil o la entidad que haga sus veces, la actividad de los técnicos aeronáuticos con funciones de controladores de tránsito aéreo, con licencia expedida o reconocida por la Oficina de Registro de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con las normas vigentes.

6. En los Cuerpos de Bomberos, la actividad relacionada con la función específica de actuar en operaciones de extinción de incendios.

7. En el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, la actividad del personal dedicado a la custodia y vigilancia de los internos en los centros de reclusión carcelaria, durante el tiempo en el que ejecuten dicha labor. Así mismo, el personal que labore en las actividades antes señaladas en otros establecimientos carcelarios, con excepción de aquellos administrados por la fuerza pública".

Por tanto, si la actividad no se encuentra catalogada como de alto riesgo, las cotizaciones se efectuarán de manera ordinaria y el reconocimiento de la pensión de vejez se hará de acuerdo con la norma general.

Clase IV, de Riesgo Alto. Ejemplo: Procesos manufactureros como aceites, cervezas y vidrios; procesos de galvanización, transporte aéreo o terrestre. Clase V, de Riesgo Máximo. Ejemplos: Areneras, manejo de asbestos, bomberos, manejo de explosivos, construcción, explotación petrolera y minera, entre otros.

CUÁL ES LA DIFERENCIA QUE PLANTEA NUESTRA LEGISLACIÓN COLOMBIANA ENTRE LOS CONCEPTOS DE ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO CON LA NORMATIVIDAD INTERNACIONAL

Procedimientos de trabajo y sistemas de permisos de trabajo.

El Sistema General de Riesgos Profesionales colombiano adolece de algunos vacíos en relación con la D.584(Decisión 584norma Supranacional) de la CAN, como la inclusión del concepto de responsabilidad social dentro del sistema; el servicio médico in situ para actividades de alto riesgo; existencia de regulaciones tendientes a exigir que los fabricantes velen porque sus máquinas, equipos, sustancias, productos o útiles de trabajo, no constituyan fuente de peligro, ni pongan en riesgo la seguridad y salud de los trabajadores; el establecimiento de sistemas de respuesta a emergencias derivadas de desastres naturales u otras contingencias de fuerza mayor; el derecho de los trabajadores a interrumpir la labor por cuanto consideran que existe un peligro inminente, sin lugar a represalias por parte de los empleadores, a no ser que hubieren obrado de mala fe. Colombia también debe reforzar los servicios de Inspección de Trabajo, para que la dirección, control y vigilancia del SGRP cumpla su objetivo, siguiendo en este punto lo que dice la OIT, en el sentido

De que “Los futuros Ministerios de Trabajo requerirán personal con mayor nivel de calificación, con formación diferente para interactuar multidisciplinariamente y con acceso a sistemas de información

POR QUÉ ES IMPORTANTE IDENTIFICAR LAS ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO DENTRO

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