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Sociedades


Enviado por   •  19 de Agosto de 2014  •  2.442 Palabras (10 Páginas)  •  145 Visitas

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Sociedades

Interés Máximo Convencional

Es la tasa máxima que la ley permite pactar, la que no puede exceder en más de un 50% al interés corriente que rija al momento de la convención.

Se tendrá por no escrito todo pacto de intereses que exceda el máximo convencional. En tal caso los intereses, se reducen al interés corriente que rija al momento de la convención. En las operaciones decreto de dinero la gratuidad no se presume, salvo disposición legal o pacto entre las partes.

Anatocismo

El anatocismo es la estipulación de intereses sobre intereses que ya hayan sido capitalizados o considerados, agregados al capital. La ley autoriza el anatocismo sujeto a las siguientes reglas:

1. Que se pacte expresamente.

2. Que la capitalización de intereses, se haga en cada vencimiento o renovación.

3. La capitalización no puede hacerse por periodos inferiores a 30 días.

4. Si se infringen estas reglas, no se incrementa el capital con los intereses y estos mantienen su calidad de tales. Si se excede la tasa de interés convencional, el pacto es ilícito y estamos en presencia del delito de usura.

A. El deudor de una operación de crédito de dinero puede anticipar su pago contra la voluntad del acreedor, siempre que:

B. Tratándose de operación no reajustables, el deudor debe pagar el capital y los intereses estipulados que correrían hasta la fecha del vencimiento pactado.

C. Tratándose de operación de crédito de dinero reajustables, el deudor debe pagar el capital reajustado más los intereses estipulados sobre dicho capital. Por todo el plazo pactado por la obligación. EL DERECHO A PAGAR ANTICIPADAMENTE ES IRRENUNCIABLE.

SOCIEDADES

El art 2053 del código civil señala que la sociedad o compañía es un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en común, con la mira de repartir entre sí, los beneficios que de ello provengan. La sociedad forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados

Requisitos de las sociedades

Por ser un contrato, toda sociedad supone el concurso de resquicitos inherentes a su celebración y así consiguientemente para su existencia.

1.- Requisito de existencia

a) Voluntad de las partes.

b) Objeto, poner algo en común.

c) Causa, que significa reportar de ese aporte un beneficio.

d) Solemnidades.

Si falta alguno de estos requisitos significa que no existió la sociedad.

Requisito de validez de vicios:

• Voluntad exenta de vicios

• Objeto licito

• Causa licita

• Capacidad de los contratantes

Elementos específicos del contrato de sociedad:

a) Estipulación de 1 aporte por los socios

b) La participación en los beneficios de la sociedad

c) Animo de formar una sociedad

Voluntad de los contratantes

Como todo contrato supone la intervención de dos o más partes pudiendo cada parte ser una o más personas, si no hubieran 2 o más partes, no habría acuerdo de voluntad

De la misma manera como regla general podría existir en nuestro societario, sociedades unipersonales, caso especial son las empresas individuales de responsabilidad limitada y las sociedades por acciones. La reducción de la sociedad a un solo socio, conlleva su disolución, salvo las sociedad unipersonales ya mencionadas.

Consentimiento

De acuerdo con el código civil, para que una persona se obligue a otra, mediante un acto o declaración de voluntad, es necesario que consienta en dicho acto o declaración.

1.- Sociedad consensual

a) Sociedad civil

b) Sociedad en comandita civil

2.- Sociedades solemnes

a) Sociedad colectiva mercantil

b) Sociedad en comandita mercantil

c) Sociedad de responsabilidad limitada

d) Empresa individual de responsabilidad limitada

e) Sociedad anónima Sociedad por acción

Sociedad colectiva puede ser

 Civil ( se rige por el código civil)

 Mercantil (Código de comercio)

Sociedad Comandita

 Civil

 Mercantil

-Ltadar

-EIRL Mercantil y siempre serán Solemnes

SPA

SA

3.- Objeto de la sociedad

Conforme al código civil, el objeto de la sociedad lo constituiría el aporte, al expresar que se trata de un contrato en que 2 o más personas estipulan poner algo en común.

4.- Causa de la sociedad

La causa del contrato de sociedad estaría constituido de acuerdo con el código, el repartir entre si los beneficios que del poner algo en común se deriven.

5.- Elementos específicos del contrato de sociedad.

El contrato de sociedad no es un contrato real, porque basta pura y simplemente que se estipule la obligación de efectuar un aporte, sin que fuere preciso, la entrega efectiva del aporte para su formación. El aporte en las sociedad, ha de ser pecuniario (es un aporte de un bien), porque el fin y objetivo del contrato, es producir beneficios económicos de ganancia, no meramente morales. De esta manera, siendo un aporte patrimonial, este puede consistir en cualquier bien sea corporal o incorporal, mueble o inmueble. Por ejemplo los dineros, créditos, bienes muebles e inmuebles, privilegios

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