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Analiss Del Derecho Penal


Enviado por   •  23 de Abril de 2015  •  1.935 Palabras (8 Páginas)  •  160 Visitas

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Asignatura: DERECHO PENAL.

-"No lo que decimos, sino lo que pensamos, es lo que se trasluce en nuestro semblante"

Florence Nightingale.

ANÁLISIS DE LOS ARTÍCULOS DEL 1° AL 6° DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

Artículo 1o.- Este Código se aplicará en toda la República para los delitos del orden federal.

Análisis: Este artículo nos habla de cuando alguien cometa un delito que este estipulado en este código penal federal, en cualquier parte de la republica será sancionado con la misma penalidad ya sea que se encuentre en el sur, norte o centro del pis.

Artículo 2o.- Se aplicará, asimismo:

I. Por los delitos que se inicien, preparen o cometan en el extranjero, cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el territorio de la República; o bien, por los delitos que se inicien, preparen o cometan en el extranjero, siempre que un tratado vinculativo para México prevea la obligación de extraditar o juzgar, se actualicen los requisitos previstos en el artículo 4o. de este Código y no se extradite al probable responsable al Estado que lo haya requerido, y

II.- Por los delitos cometidos en los consulados mexicanos o en contra de su personal, cuando no

Hubieren sido juzgados en el país en que se cometieron.

Análisis: este artículo nos habla que cuando una persona cometa un delito en el extranjero y se extradite no se juzgara en México nuevamente si ya fue juzgado en el territorio donde cometió el delito.

Artículo 3o.- Los delitos continuos cometidos en el extranjero, que se sigan cometiendo en la República, se perseguirán con arreglo a las leyes de ésta, sean mexicanos o extranjeros los delincuentes.

La misma regla se aplicará en el caso de delitos continuados.

Análisis: en este artículo se habla de que cuando una persona cometa un delito comprendido en el código penal federal, dentro del territorio mexicano será sancionado con el código penal federal, aunque la persona que cometa el delito sea mexicano o extranjero.

Artículo 4o.- Los delitos cometidos en territorio extranjero por un mexicano contra mexicanos o contra extranjeros, o por un extranjero contra mexicanos, serán penados en la República, con arreglo a las leyes federales, si concurren los requisitos siguientes:

I.- Que el acusado se encuentre en la República;

II.- Que el reo no haya sido definitivamente juzgado en el país en que delinquió, y

III.- Que la infracción de que se le acuse tenga el carácter de delito en el país en que se ejecutó y en la República.

ANÁLISIS: : Este artículo nos habla de que toda persona que comete un delito o una falta se aplicara la lay y pena en el territorio o jurisdicción en que se encuentre; salvo lo establecido en tratados internacionales, y no podrá ser juzgado nuevamente por el mismo delito.

Artículo 5o.- Se considerarán como ejecutados en territorio de la República:

I.- Los delitos cometidos por mexicanos o por extranjeros en alta mar, a bordo de buques nacionales;

II.- Los ejecutados a bordo de un buque de guerra nacional surto en puerto o en aguas territoriales de otra nación. Esto se extiende al caso en que el buque sea mercante, si el delincuente no ha sido juzgado en la nación a que pertenezca el puerto;

III.- Los cometidos a bordo de un buque extranjero surto en puerto nacional o en aguas territoriales dela República, si se turbare la tranquilidad pública o si el delincuente o el ofendido no fueren de la tripulación. En caso contrario, se obrará conforme al derecho de reciprocidad;

IV.- Los cometidos a bordo de aeronaves nacionales o extranjeras que se encuentren en territorio o en atmósfera o aguas territoriales nacionales o extranjeras, en casos análogos a los que señalan para buques las fracciones anteriores, y

V.- Los cometidos en las embajadas y legaciones mexicanas.

Análisis: este articulo nos habla si una persona comete un delito en un buque o a bordo de una aeronave ya sean extranjero o nacionales si se encuentran varados en territorio nacional se sancionara con forme al código penal federal.

Artículo 6o.- Cuando se cometa un delito no previsto en este Código, pero sí en una ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicarán éstos, tomando en cuenta las disposiciones del Libro Primero del presente Código y, en su caso, las conducentes del Libro Segundo.

Cuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones, la especial prevalecerá sobre la general.

En caso de delitos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes siempre se procurará el interés superior de la infancia que debe prevalecer en toda aplicación de ley.

ANALISIS: Este artículo nos habla de cuando alguien cometa un delito y no este estipulado en este código pero si en alguna otra ley se aplicara de igual forma pero tomando en cuenta las disposiciones del libro primero o en su caso las del libro segundo de este código.

Artículos seleccionados.

CÓDIGO PENAL FEDERAL.

Artículo 60. En los casos de delitos culposos se impondrá hasta la cuarta parte de las penas y medidas de seguridad asignadas por la ley al tipo básico del delito doloso, con excepción de aquellos para los que la ley señale una pena específica. Además, se impondrá, en su caso, suspensión hasta de tres años de derechos para ejercer profesión, oficio, autorización, licencia o permiso.

(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 26 de diciembre de 2013)

las sanciones por delitos culposos solo se impondrán en relación con los delitos previstos en los siguientes artículos: 150, 167, fracción VI, 169, 199 bis, 289, parte segunda, 290, 291, 292, 293, 302, 307, 323, 397, 399, 414, primer párrafo y tercero en

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