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Convenio Arbitral Peru

rinox28 de Noviembre de 2013

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CONVENIO ARBITRAL

INTRODUCCIÓN:

El arbitraje hoy en día se convierte en una herramienta que permitirá soslayar lo tedioso y complicado que implica concurrir o ser parte de un proceso. Muchos son los motivos, por los que las personas tienen una negativa apreciación del Poder Judicial, como pueden ser (por mencionar sólo algunos) lo extenso que resultan los procesos, el discreto nivel de los magistrados, el nivel de corrupción existente, entre otros.

No obstante, dichos problemas no son objeto de este trabajo, por lo que sólo los mencionamos como datos que faciliten el entendimiento de porque es necesario permitir y facilitar el acceso de la gente a resolver sus conflictos extrajudicialmente. Para que este acceso sea el idóneo, es menester resolver todas las divergencias y ambigüedades que coadyuven a su mejor aplicación.

Por ejemplo, el convenio arbitral (el cual será objeto principal de este estudio) es una figura que requiere definir claramente su forma, su contenido y todos sus demás elementos; y más aún cuando se ha promulgado una Nueva Ley General de Arbitraje (NLGA) en el año 2008, mediante el Decreto legislativo nº 1071 la cual modifica ciertos aspectos respecto de la ley anterior derogada (Ley Nº 26572).

Para empezar a plasmar todo lo expuesto anteriormente, iniciaremos con los antecedentes históricos y una definición del arbitraje para tener un contexto apropiado. Luego, mencionaremos los antecedentes normativos del convenio arbitral (cláusula compromisoria y compromiso arbitral) y una serie de definiciones dadas por diversos autores para así poder llegar más fácilmente a la comprensión del concepto que hoy tenemos del convenio arbitral. Posteriormente, complementaremos la idea del convenio arbitral en todo lo referente a su contenido, su forma, sus requisitos, sus materias arbitrables, etc. Y por último, culminaremos con tres puntos este ensayo, primero trataremos los mecanismos de protección del convenio arbitral, segundo analizaremos los problemas que surgen del convenio arbitral, los cuales principalmente son las denominadas cláusulas patológicas; y finalmente mencionaremos los cambios más trascendentales del Decreto Legislativo Nº 1071 en lo que respecta al convenio arbitral.

1.- Antecedentes Históricos del Arbitraje: El arbitraje es una institución jurídica muy antigua la cual ha tenido diversos antecedentes históricos que poco a poco han ido determinando la definición que tenemos en la actualidad. En esta parte haré una sucinta descripción de los antecedentes históricos que tiene la institución arbitral.

La doctrina reconoce que una de las mayores influencias que tuvo la figura del arbitraje ha sido del Derecho romano:

. “Sin perjuicio de la existencia de otras manifestaciones anteriores …() tiene sus raíces propias del Derecho Romano (GASPAR 1998: 27)

Luego el arbitraje empezó a tener evoluciones posteriores:

. “El primer libro jurídico considerado hispánico que hace eco de la institución jurídica arbitral es el Brevario de Alarico”. (GASPAR 1998: 33)

Posteriormente se empezó a configurar la idea de darle un rango constitucional al arbitraje mediante su incorporación en el artículo 258 de la Constitución de Cádiz. Con ello …()”en dicho texto se atribuyó al arbitraje el rango de derecho fundamental”. (GASPAR 1998: 40)

Culminó con este comentario, porque considero que en nuestro país también se le ha dado reconocimiento constitucional tanto en el “artículo 139 inciso 1: No existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente con excepción de la militar y la arbitral” (LANDA – ARROYO 2007: 69) como en “el artículo 62 de la Constitución Política de 1993 que dispone que los conflictos derivados de relaciones contractuales sólo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial, según los mecanismos de protección previstos en el contrato o contemplados en la ley”. (CANTUARIAS 2007: 113)

A continuación, luego de haber mencionado los antecedentes históricos haremos una aproximación a la definición del arbitraje, ya que considero que facilitará la comprensión del concepto de convenio arbitral el cual seguirá en las líneas posteriores.

2.- Definición de Arbitraje: Este concepto implica que …() “las personas naturales o jurídicas, pueden someter previo convenio, a la decisión de uno o varios árbitros las cuestiones litigiosas, surgidas o que puedan surgir, en materias de su libre disposición”. (GASPAR 1998: 53)

Dentro de esta definición de arbitraje, la cual considero muy precisa, encontramos el término convenio, el cual es justamente materia de nuestro trabajo. Para continuar con el ensayo que se nos presenta, empezaremos a tratar al convenio arbitral por sus antecedentes normativos; es decir, por las diferentes regulaciones que ha dado la legislación y las cuales han sido reafirmadas o criticadas por diversos autores, luego empezaremos a dar una serie de definiciones del convenio arbitral para así poder elegir la más concreta y precisa denominación o concepto de lo que es el convenio arbitral.

3.- Antecedentes Normativos del Convenio Arbitral: El convenio arbitral, en sus inicios fue distinguido por dos figuras, la cláusula compromisoria y el compromiso arbitral, las cuales pasaremos a describir en las líneas siguientes.

a) Cláusula Compromisoria: “La cláusula compromisoria era una estipulación contractual en virtud de la cual los contratantes se comprometían a someter a arbitraje los conflictos que en el futuro pudieran surgir entre ellos, sustrayéndolos de la jurisdicción ordinaria. Se trataba, pues, de un convenio que era pactado con el carácter de preliminar para el caso de conflicto, pues, si éste se presentaba, se debía, entonces, celebrar el compromiso arbitral”. (VIDAL 2003: 50)

b) Compromiso Arbitral: “El compromiso arbitral era, pues, el convenio definitivo que se celebraba en cumplimiento de la cláusula compromisoria y en virtud del cual las partes decidían encargar la solución del litigio a los árbitros escogidos por ellas”. (VIDAL 2009: 59)

Considero que esta distinción no logró consolidarse, porque generaba trabas y demoras innecesarias para la realización del arbitraje, ya que se exigía un acuerdo (cláusula compromisoria) y luego se requería llegar a otro acuerdo, lo cual en la práctica se tornaba sumamente complicado, porque si la idea es que el arbitraje sea un medio más idóneo de resolución de conflictos sería contradictorio establecer requisitos que compliquen a la figura arbitral.

“En el Perú esta distinción fue recogida de manera explícita a partir de la dación del Código Civil de 1984 (el artículo derogado 1906 definía a la cláusula compromisoria y el artículo 1909 definía al compromiso arbitral), aunque se encontraba presente implícitamente en el Código de Procedimientos Civiles de 1912”. (CANTUARIAS 2007: 201)

“Lo que sucedía …() era que, solicitado el otorgamiento del compromiso arbitral por una de las partes …() la otra se negaba ha suscribirlo. Ante esta situación ¿Qué cabía hacer? ...() acudir al Poder Judicial, para que, luego de un largo proceso, fuera el juez quien en rebeldía otorgara el bendito compromiso arbitral”. (CANTUARIAS 2007: 114)

Esta regulación demuestra que la figura de dividir al convenio arbitral en cláusula compromisoria y compromiso arbitral estaba muy arraigada en el país. Por ello fue muy difícil, eliminar esta distinción de la práctica. Ello queda demostrado, con la publicación del Decreto Ley 25935.

“Esta distinción (entre cláusula compromisoria y compromiso arbitral) no sólo se mantuvo vigente en el reciente Código Civil de 1984, sino que inclusive sobrevivió cuando se dictó la primera Ley General de Arbitraje, aprobada mediante Decreto Ley 25935 del año 1992”. (CANTUARIAS 2007: 221)

“Si bien se supone que la derogada Ley 26572 había abrogado la distinción entre cláusula compromisoria y compromiso arbitral al reconocer en su artículo 4 de la figura del convenio arbitral, lo cierto es que luego el artículo 10 estableció como requisitos esenciales del convenio arbitral prácticamente los mismos requisitos que generalmente se exigía para la validez del compromiso arbitral”. (CANTUARIAS 2007: 222)

Por ello, “obviamente esta situación motivo la urgente modificación legislativa, que se produjo con la dación de la Nueva Ley General de Arbitraje, aprobada por la Ley 26572 (1996)”. (CANTUARIAS 2007: 224)

Esta publicación legislativa “no sólo significó un importante avance en materia de la regulación normativa del arbitraje en el Perú …() sino que si bien no existen estadísticas oficiales …() la información indiciaria permite afirmar que desde que se dictó la LGA de 1996, la práctica del arbitraje en el Perú ha venido creciendo de manera significativa año a año …(). Sin embargo, luego de poco más de doce años de experiencia en la aplicación …()la regulación requería cambios y ajustes”. (CANTUARIAS - ACTUALIDAD JURÍDICA Nº 177: 16)

Es por ello que se considero muy positiva la reciente publicación del arbitraje dada por el Decreto Legislativo Nº 1071, ya que luego de haber analizado las otras 2 leyes (Dec. Ley 25935 y la Ley 26572) que han regulado al arbitraje, se ve claramente un paulatino avance y mejora, ya que cada ley enmendaba los errores o rellenaba los vacíos dada por la ley precedente

. “Con respecto a la naturaleza del convenio

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