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Convenio En Marco


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2014  •  1.487 Palabras (6 Páginas)  •  238 Visitas

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CAPITULO I: CONVENIO EN MARCO

1.1 DEFINICIÓN Y APLICACIÓN

El convenio en marco es la modalidad por lo cual se selecciona a aquellos proveedores con los que las Entidades deberán contratar los bienes o servicios que requieran y que son ofertados a través del Catálogo Electrónico de Convenios Marco.

La decisión de los bienes y servicios a contratar mediante esta modalidad, la conducción de los procesos de selección, la suscripción de los acuerdos correspondientes y la administración de los Convenios Marco, estarán a cargo de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS.

El Catalogo Electrónico De Convenios En Marco está a cargo del OSCE. Es publicado y difundido a través del SEACE y contiene las fichas con las características de los bienes y servicios en las que son ofertados bajo la modalidad de Convenios Marco. Dichas fichas incluyen los proveedores adjudicatarios, precios, lugares de entrega y demás condiciones de la contratación.

La contratación de un bien o un servicio utilizando en Catalogo Electrónico de Convenios Marco resulta obligatoria desde el día siguiente a la publicación de las fichas respectivas en el SEACE, excepto en las áreas geográficas que no cuentas con cobertura ofertada por los proveedores incorporados al Catálogo Electrónico, en cuyo caso deberá solicitar al OSCE la autorización para contratar sin sujetarse a los alcances del citado catálogo. Las entidades domiciliadas en dichas áreas geográficas autorizadas a no utilizar el Catalogo Electrónico, deberán programar sus necesidades y realizar el proceso de selección que corresponda de acuerdo a la normativa general.

En las Bases se podrá establecer montos de transacción mínimos a partir de los cuales los proveedores deberán a las Entidades.

Las Entidades podrán emplear otro mecanismo de contratación, en caso de la existencia de condiciones más ventajosas que sean objetivas, demostrables y sustanciales para la entidad, para lo cual deberán obtener la autorización del OSCE antes de efectuar la contratación.

En caso que, con anterioridad a la publicación de las fichas, las Entidades hayan convocado un proceso de selección sobre los mismos bienes y servicios, deberán continuar con dicho proceso. En caso que el proceso de selección convocado sea declarado nulo por vicios en los actos preparatorios.

1.2 REGLAS PARA LA REALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS CONVENIOS EN MARCO

La realización y ejecución de los Convenios Marco se sujetaran a las siguientes reglas:

 Los Convenios Marco para la contratación de bienes y servicios serán iniciados por la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS de oficio o a sugerencia de una o más Entidades, o de los gremios legalmente constituidos, previa evaluación de su factibilidad, oportunidad, utilidad y conveniencia.

 Los Convenios Marco se desarrollarán a través de las fases de los actos preparatorios, de selección, de catalogación y de ejecución contractual.

 Las fases de los actos preparatorios, de selección y catalogación serán conducidas por la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS y la ejecución contractual por cada entidad.

 El desarrollo de las fases de selección y de ejecución contractual de los Convenios Marco será publicado y difundido a través del SEACE.

 Cada Convenio Marco se regirá en orden de prelación por las Bases Integradas, los términos de acuerdo de Convenio Marco suscrito y la correspondiente orden de compra o de servicio.

 La central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS no asumirá responsabilidad alguna en caso que un determinado bien o servicio incluido en el Catálogo no sea objeto de contratación por parte de las Entidades.

 Los proveedores adjudicatarios deberán mantener las condiciones ofertadas en virtud a las cuales suscribieron el respectivo acuerdo de Convenio Marco; no obstante, tienen la posibilidad de registrar o proponer mejoras a dichas condiciones, de al procedimiento que señale la Directiva de Convenio Marco.

 Los proveedores adjudicatarios podrán solicitar a la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS el reajuste de sus precios en un determinado Convenio Marco cuando tal posibilidad este contemplada expresamente en las Bases y según los criterios establecidos en ellas.

 Las Entidades tienen la obligación de registrar en el SEACE las órdenes de compra o de servicio que se hubieran generado en el empleo de esta modalidad.

1.3 REGLAS ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

El desarrollo dela fase de selección se realizará a través de una Licitación Pública o Concurso Público que contendrá las siguientes reglas especiales:

 La elaboración de las Bases y desarrollo del proceso de selección para la generación de un Convenio Marco estará a carago de la dependencia u órgano especializado de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS.

 La absolución de consultas y de observaciones se efectuara en un plazo máximo de diez (10) días hábiles en cada caso, contados desde el vencimiento del plazo para su recepción.

 Los observantes tienen la

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