Declaracion Sobre El Desarrollo Social
beisymaribel2 de Febrero de 2013
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Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social
Proclamada por la Asamblea General en su resolución 2542 (XXIV), de 11 de diciembre de 1969
La Asamblea General,
Teniendo en cuenta que los Miembros de las Naciones Unidas se han comprometido mediante la Carta a tomar medidas, conjunta o separadamente, en cooperación con la Organización, para promover niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos y condiciones de progreso y desarrollo económico y social,
Reafirmando la fe en los derechos humanos y las libertades fundamentales y en los principios de paz, dignidad y valor de la persona humana, y de justicia social proclamados en la Carta,
Recordando los principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de los Pactos internacionales de derechos humanos, de la Declaración de los Derechos del Niño, de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, de la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, de la Declaración sobre el fomento entre la juventud de los ideales de paz, respeto mutuo y comprensión entre los pueblos, de la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer y de resoluciones de las Naciones Unidas,
Teniendo en cuenta las normas de progreso social ya enunciadas en las constituciones, convenciones, recomendaciones y resoluciones de la Organización Internacional del Trabajo, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la Organización Mundial de la Salud, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y otras organizaciones interesadas,
Convencida de que el hombre sólo puede satisfacer plenamente sus aspiraciones en un orden social justo y de que, por consiguiente, es de importancia capital acelerar el progreso social y económico en todas las partes del mundo y contribuir así a la paz y la solidaridad internacionales,
Convencida de que la paz y la seguridad internacionales, de una parte, y el progreso social y el desarrollo económico, de la otra, son íntimamente interdependientes y ejercen influencia entre sí,
Persuadida de que el desarrollo social puede promoverse mediante la coexistencia pacífica, las relaciones de amistad y la cooperación de los Estados con diferentes sistemas sociales, económicos o políticos,
Subrayando la interdependencia del desarrollo económico y del desarrollo social en el proceso más amplio de crecimiento y cambio, y la importancia de una estrategia de desarrollo integrado que tenga plenamente en cuenta, en todas las etapas, sus aspectos sociales,
Lamentando la insuficiencia de los progresos logrados en la situación social en el mundo, a pesar de los esfuerzos de los Estados y de la comunidad internacional,
Reconociendo que la responsabilidad por el desarrollo de los países en desarrollo incumbe primordialmente a esos mismos países y reconociendo la urgente necesidad de reducir y eventualmente eliminar la disparidad entre el nivel de vida existente en los países más avanzados económicamente y el que impera en los países en desarrollo y que, a ese efecto, los Estados Miembros deben tener la responsabilidad de aplicar políticas internas y externas destinadas a promover el desarrollo social en todo el mundo y, en particular, asistir a los países en desarrollo a acelerar su crecimiento económico,
Reconociendo que es urgente consagrar a obras de paz y progreso social recursos que se utilizan en armamentos y se malgastan en conflictos y devastaciones,
Consciente de la contribución que la ciencia y la tecnología pueden aportar a la satisfacción de las necesidades comunes a toda la humanidad,
Estimando que la tarea primordial de todos los Estados y todas las organizaciones internacionales es eliminar de la vida de la sociedad todos los males y obstáculos que entorpecen el progreso social, en particular males tales como la desigualdad, la explotación, la guerra, el colonialismo y el racismo,
Deseosa de promover el progreso de toda la humanidad hacia esos objetivos y de vencer todos los obstáculos que se oponen a su realización,
Proclama solemnemente esta Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social e invita a que se adopten medidas, en los planos nacional e internacional, a fin de que se utilice esta Declaración como base común de las políticas de desarrollo social:
PARTE I: PRINCIPIOS
Artículo 1
Todos los pueblos y todos los seres humanos, sin distinción alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, nacionalidad, origen étnico, situación familiar o social o convicciones políticas o de otra índole, tienen derecho a vivir con dignidad y a gozar libremente de los frutos del progreso social y, por su parte, deben contribuir a él.
Artículo 2
El progreso social y el desarrollo en lo social se fundan en el respeto de la dignidad y el valor de la persona humana y deben asegurar la promoción de los derechos humanos y la justicia social, lo que requiere:
a) La eliminación inmediata y definitiva de todas las formas de desigualdad y de explotación de pueblos e individuos, de colonialismo, de racismo, incluso el nazismo y el apartheid, y de toda otra política e ideología contrarias a los principios y propósitos de las Naciones Unidas;
b) El reconocimiento y la aplicación efectiva de los derechos civiles y políticos y de los derechos económicos, sociales y culturales sin discriminación alguna.
Artículo 3
Se considera que constituyen condiciones primordiales del progreso y el desarrollo en lo social:
a) La independencia nacional, basada en el derecho de los pueblos a la libre determinación;
b) El principio de la no injerencia en los asuntos internos de los Estados;
c) El respeto a la soberanía e integridad territorial de los Estados;
d) La soberanía permanente de cada nación sobre sus riquezas y recursos naturales;
e) El derecho y la responsabilidad de cada Estado y, en lo que les concierne, de cada nación y cada pueblo, de determinar libremente sus propios objetivos de desarrollo social, fijar sus propias prioridades y escoger, conforme a los principios de la Carta de las Naciones Unidas, los medios y métodos para lograrlos, sin ninguna injerencia exterior;
f) La coexistencia pacífica, la paz, las relaciones de amistad y la cooperación entre los Estados, cualesquiera que sean las diferencias existentes entre sus sistemas sociales, económicos o políticos.
Artículo 4
La familia, como unidad básica de la sociedad y medio natural para el desenvolvimiento y bienestar de todos sus miembros, especialmente los niños y los jóvenes, debe ser ayudada y protegida para que pueda asumir plenamente sus responsabilidades en la comunidad. Los padres tienen el derecho exclusivo a determinar libre y responsablemente el número y espaciamiento de sus hijos.
Artículo 5
El progreso y el desarrollo en lo social exigen el pleno aprovechamiento de los recursos humanos, lo que entraña en particular:
a) El estímulo de las iniciativas creadoras en una opinión pública ilustrada;
b) La difusión de informaciones de carácter nacional e internacional, con objeto de crear en los individuos la conciencia de los cambios que se producen en la sociedad en general;
c) La participación activa de todos los elementos de la sociedad, individualmente o por medio de asociaciones, en la definición y la realización de los objetivos comunes del desarrollo dentro del pleno respeto por las libertades fundamentales consagradas por la Declaración Universal de Derechos Humanos;
d) La garantía a los sectores menos favorecidos o marginales de la población de iguales oportunidades para su avance social y económico a fin de lograr una sociedad efectivamente integrada.
Artículo 6
El desarrollo social exige que se garantice a toda persona el derecho a trabajar y a elegir empleo libremente.
El progreso y el desarrollo en lo social exigen la participación de todos los miembros de la sociedad en un trabajo productivo y socialmente útil, y el establecimiento, de conformidad con los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como con los principios de justicia y de función social de la propiedad, de modos de propiedad de la tierra y de los medios de producción que excluyan cualesquiera formas de explotación del hombre, garanticen igual derecho a la propiedad para todos, y creen entre los hombres condiciones que lleven a una auténtica igualdad.
Artículo 7
La rápida elevación del ingreso y la riqueza nacional y su equitativa distribución entre todos los miembros de la sociedad constituyen la base de todo progreso social y deben figurar, por tanto, en el primer plano de las preocupaciones de todo Estado y todo gobierno.
El mejoramiento de la posición de los países en desarrollo en el comercio internacional mediante, entre otras cosas, la consecución de relaciones de intercambio favorables y de precios equitativos y remuneradores que permitan a esos países colocar su productos, es necesario para que puedan aumentar el ingreso nacional y para promover el desarrollo social.
Artículo 8
Cada gobierno tiene el papel primordial y la responsabilidad final de asegurar el progreso social y el bienestar de su población, planificar medidas de desarrollo social como parte de los planes generales
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