Diversos conceptos de derecho.
Alex UlloaApuntes4 de Febrero de 2016
7.822 Palabras (32 Páginas)415 Visitas
[pic 1]
INSTITUTO UNIVERSITARIO DEL CENTRO DE MÉXICO
LIC. OMAR DE JESÚS ROBLEDO GONZALEZ.
CRIMINOLOGÍA
6TO GRADO, GRUPO 601, T.M
POLÍTICA CRIMINOLOGICA
DOCENTE: LIC. JAZIEL ZURITA SÁNCHEZ
Saltillo, Coahuila a 14 de Diciembre de 2015
CONCEPTOS:
POLITICA CRIMINOLOGICA: Se llama así a la manera como la colectividad reacciona organizadamente, frente a las acciones delictuosas que amenazan su cohesión o su desarrollo armónico. La disciplina que estudia esta faceta del control social recibe, igualmente, el nombre de política criminal. Es tarea de esta disciplina, no sólo la descripción de la reacción social contra la delincuencia, sino también determinar los lineamientos que deberían seguirse a fin de lograr una mayor eficacia.
POLITICA: Ciencia que trata del gobierno y la organización de las sociedades humanas, especialmente de los estados.
CRIMINOLOGIA: Parte del derecho que estudia el delito, sus causas, las maneras de evitarlo y el modo de actuar de las personas que lo cometen.
CONDUCTA HUMANA: El comportamiento humano es el conjunto de actos exhibidos por el ser humano y determinados por la cultura, las actitudes, las emociones, los valores de la persona, los valores culturales, la ética, el ejercicio de la autoridad, la relación, la hipnosis, la persuasión, la coerción y/o la genética.
METODOLOGIA: Conjunto de procedimientos racionales utilizados para alcanzar el objetivo o la gama de objetivos que rige una investigación científica, una exposición doctrinal o tareas que requieran habilidades, conocimientos o cuidados específicos.
POLITICA: “Polis” Ciudades[pic 2][pic 3]
Conjunto de actividades desarrolladas por un grupo [pic 4]
Art. 71 CPEUM Creacion de leyes:[pic 5]
- Pte de la republica
- Senadores [pic 6]
- Legisladores
- Iniciativa de ley
- Discusión
- Aprobacion
- Sancion
- Promulgacion
- Publicacion
- Reconocimiento de la ley
Crear, planificar y ejercer el poder sobre una actividad
colectiva, tomando en cuenta los derechos políticos
de los gobiernos.
Criminología: Ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del crimen, victima, del control social y comportamiento humano.
CONTROL:
- Formal: Leyes
- Informal: Religión, escuela y sociedad.
COMPORTAMIENTO HUMANO: Reacciones ante un estímulo:
- Factor natural:
- Preparante
- Desencadenante.
METODOLOGIA: Meta (mas allá), Odos (camino) y Logos (estudio).
Política criminológica: Conjunto de hechos y de derechos de las que se vale el estado para frenanr la criminalidad, controla y reprimir.
-LEGISLATIVO:
*Investigación:
- Criminologos
- Penología
- Penalistas
Por lo tanto la política criminológica busca reprimir y prevenir la criminalidad y la criminalización, detener el proceso o el desarrollo y evitar el nacimiento por medio de una política.
TAREA
VON LISZT:
Estudió Derecho en la Universidad de Viena entre 1869 y 1873. Fue profesor de Derecho Penal en las Universidades de Giessen (1879-1882), Marburgo (1882-1889) —período en que escribió su célebre "Programa de Marburgo"—, Halle (1889-1899) y Berlín (1899-1916).2Escribió una serie de libros sobre Derecho Penal, siendo algunos de ellos traducidos al castellano posteriormente. Sin embargo, en lo que se refiere al Derecho Internacional Público no se ha traducido ningún texto al Castellano.
En 1889 fundó la Unión Internacional de Derecho Penal junto con Gérard Van Hamel y Adolphe Prins, organización que en 1924 se transformaría en la Asociación Internacional de Derecho Penal.3
Militó en el Partido Progresista Popular alemán (Fortschrittliche Volkspartei), y fue electo diputado de la Dieta Prusiana en 1908 y diputado del Reichstag en 1912.2 En su rol como diputado, protagonizó las discusiones parlamentarias durante la Crisis de Zabern, ocurrida entre 1913 y 1914.
Creó un sistema de enseñanza personalizada del Derecho, particularmente del Derecho penal, en "Seminarios", reuniones una vez a la semana para discutir un texto que podía ser una sentencia, un nuevo texto de investigación u otros que podían tener interés para el estudio y análisis. Uno de sus seguidores, discípulo del sistema de enseñanza escrito (tradujo obras de von Liszt al castellano) así como del uso de casos y textos en reuniones semanales denominadas "Seminarios" fue el penalista español Dr. Luis Jiménez de Asúa, primero en Madrid, luego en Buenos Aires.
VON LISZT:
Jurista, político alemán de origen austriaco, dio aportes al derecho penal.
“La acción es una causación o no evitación de una modificación (de un resultado del mundo exterior mediante una conducta o acción).
Accion: Movimiento corporal, voluntario que produce un resultado en el espacio, lugar, tiempo, concibe a la acción en términos físicos o naturaleza integrados para un movimiento corporal y un resultado en el mundo exterior por un nexo causal.
Nexo Causal:
Causa – Motivos
Efectos +Conducta delictiva[pic 7]
+ Delito
+ Daño
+ Victimas [pic 8]
Directo Indirecto.
*Interna:
- Deliberación → Analiza pros y contras.
- Resolución → DELITO → Culpabilidad → Operar resultado[pic 9]
Factores psíquicos del agente
- Ejecución
DERECHO ROMANO[pic 10]
LEY DE LAS XII TABLAS DE JUSTINIANO
[pic 11]
DERECHO CIVIL
[pic 12]
DERECHO PENAL
[pic 13]
TEORIA DEL DELITO
[pic 14]
CULPABILIDAD PUNIBILIDAD
[pic 15][pic 16]
ANTIJURICIDAD
TIPICIDAD CULPABILIDAD
ENRICO FERRI
(1856 – 1929)
Autor de la Psicologia criminal 1883.
Obras:
Los nuevos horizontes del derecho
La sociología criminal de ocupa de la relación entre el autor del delito como sujeto activo con la sociedad.
Es una ciencia positivimanete de observación realista. El delito, el delincuente y la pena.
Utiliza el método experimental → Inductivo y la estadística.
[pic 17][pic 18]
Clasificación del delincuente:
...