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GOBIERNO, JUSTICIA, GUERRA Y HACIENDA.


Enviado por   •  23 de Febrero de 2016  •  Apuntes  •  1.681 Palabras (7 Páginas)  •  517 Visitas

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GOBIERNO, JUSTICIA, GUERRA Y HACIENDA.

AUTORIDADES RADICADAS EN INDIA

Las autoridades radicadas en Indias podían ser unipersonales o colegiadas. Las primeras autoridades eran: virreyes, corregidores y gobernadores. Las segundas eran: Reales Audiencias y cabildos

Gobierno de Cristóbal Colón (1492-1500)

Las facultades que le correspondían a Colón las determinaban las capitulaciones de Santa Fe de Granada de 17 de abril de 1492. Debido a que no se conocían las condiciones del nuevo territorio, hubo demasiada imprecisión en dichas disposiciones.

Los reyes católicos, de política absolutista concedían ilimitadas facultades a quienes los servían. Es así como le son otorgados diferentes  cargos a colón  que serían vitalicios y hereditarios: Almirante de la Mar Océana, virrey y gobernador. También se le otorgan varias granjerías económicas  y diversas facultades. Por ejemplo: la facultad de proponer a la Corona temas para el nombramiento de autoridades de gobierno.

Los cargos antes mencionados fueron otorgados a Colón cuando éste regresó de su primer viaje histórico y serían determinados mediante las instrucciones de los reyes al almirante.

El cargo más importante que poseía colón era propiamente el de almirante. Se ejercía desde el siglo XIV en el mar, puertos y ríos navegables.

Entre las diversas facultades que poseía Colón, se encontraban: facultades judiciales,  facultar de indultar (si llevaba en su armada 4 presos condenados a muerte), facultades económicas: disponer en todos los barcos de un porcentaje total de las cargas (poco más del 50%) y por sobre todo podía organizar y dirigir todas las expediciones navales que se ofrecieren  en el reino.

Los cargos de virrey y gobernador serían entonces ejercidos en tierra. La función de ambos cargo era gobernar y despachar provisiones a nombre de los reyes con el sello real. En materia judicial influyen en asuntos civiles y criminales, en primera y segunda instancia. Podían también designar oficiales de justicia (alcaldes y alguaciles) Colón gobierna por sí mismo debiendo seguir las instrucciones de los reyes. Sin embargo, en la práctica, lleva a cabo las directrices políticas que Bartolomé, su hermano llegado en 1494, le señala, las cuales resultaron sumamente desastrosas. Posteriormente es otorgado el cargo de adelantado a Bartolomé. La Pericia de Colón no coincidía con la del gobernador lo que ocasionó insurrecciones y descontento entre los colonos. Por lo que en 1500 Colón es relevado del gobierno, pero conservando el cargo de almirante.

Gobierno de Francisco de Bobadilla (1500-1502)

El 21 de mayo de 1494 nombraron con el cargo de juez pesquisidor a Francisco de Bobadilla, comendador de Caltrava y de alta figuración de la corte. Fue el quien sustituyó  a Colón como gobernador y poseía las facultades indagatorias y jurisdiccionales. Sus funciones eran las de juez y las de gobierno. Al ser éste muy blando con los colonos, éstos últimos cometieron incontables abusos en contra de los aborígenes por lo cual fue destituido y suplantado por Nicolás de Ovando.

Gobierno de Nicolás de Ovando (1502-1509)

Fueron amplias las facultades otorgadas por las instrucciones de 3 de septiembre de 1501. Una de ellas era la de actuar contra revoltosos y poder castigarlos en condiciones de inapelabilidad ante los reyes. Acompañaban a Ovando, frailes franciscanos que tenían la misión de evangelizar a los indígenas. Fue removido por el incumplimiento de algunas órdenes reales. La Corona reconoció su hombría y notable desempeño.

Gobierno de Diego Colón (1509-1523)

Aún con vida su padre, pidió a la Corona que lo auxiliara y tras la muerte de éste retoma pretensiones, pero sólo logrando el reconocimiento del derecho a la décima parte que le correspondía. Tras contraer matrimonio con doña María de Toledo, de la casa del duque de Alba,  logra ser nombrado juez y gobernador de España en el año de 1509, es decir,  fue un cargo otorgado graciosamente por el rey y no por herencia.

La Corona puso al lado de Colón una real Audiencia  para contrarrestar sus ansis de poder (1511), ese mismo año fue nombrado gobernador y virrey de La Española y las islas descubiertas por su padre. De igual forma que su padre pedía administrar justicia aunque dicha facultad quedo frustrada con el establecimiento de la Audiencia.

En 1516 llegan los monjes Jerónimos Cisneros y Adriano de Utrecht, por disposición conjunta. Venían en calidad de comisionarios reformadores reales y sus poderes eran amplios (su misión era garantizar el buen trato a los indios y la administración.

Cuando Diego Colón regresa a España en 1523, la Audiencia asume el gobierno, que en 1528 tendría por presidente al obispo Sebastián Ramírez de Fuenleal.

El Virrey

El virreinato aparece propiamente al nombrarse virrey a Antonio de Mendoza como virrey de la Nueva España.

En 1542 Blasco Núñez fue designado virrey del Perú, cargo que entro a desempeñar en 15444. Su interés por abolir las encomiendas provocó la insurrección de Gonzalo Pizarro, a raíz de la cual fallecerá trágicamente Blasco Núñez.

El radio jurisdiccional de la Nueva España abarcaba numerosos distritos, entre ellos el de Santo Domingo, de la Audiencia de México, de la Audiencia de Guatemala, etc.

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