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Reporte de lectura del libro “Filosofía Del Derecho Y Paradigmas Epistemológicos"


Enviado por   •  20 de Enero de 2023  •  Informes  •  1.134 Palabras (5 Páginas)  •  171 Visitas

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Reporte de lectura del libro

“Filosofía Del Derecho Y Paradigmas Epistemológicos”

César Renato Conde Meléndez

        El autor Pedro Serna, logra a lo largo de cuatro interesantes capítulos un análisis crítico propositivo sobre el escenario filosófico que permea el pensamiento jurídico contemporáneo, identificando no sólo las dificultades doctrinales y las posibles aporías que encaman algunos postulados iusfilosóficos contemporáneos, sino que también sugiere algunas posibles respuestas desde la propia filosofía, a las cuestiones debatidas.

        El sugerente título de la obra que cometamos tiene una justificación toral al concluir la lectura del libro, pues en esta obra el autor se adentra precisamente en las cuestiones epistemológicas de la filosofía jurídica actual, ya que proporciona un atinado análisis de los fundamentos y métodos que definen al Derecho en el debate contemporáneo.

De la actualidad del tema que sugiere, nace el subtítulo de esta obra: De la crisis del positivismo a las teorías de la argumentación y sus problemas, pues el autor acota en ciertos tópicos -como el positivismo, la argumentación o la hermenéutica-, el ámbito de análisis y propuesta de estudio que lleva a cabo en este libro. La estructura lógica, el lenguaje claro y el prolijo aparato crítico que emplea el autor en el desarrollo de esta obra, facilitan al lector no sólo para una aproximación a los temas que sugiere, sino también para una comprensión cabal de los temas que expone. Es por lo que el libro en comento encuentra especial interés entre los estudiosos de la Filosofía del Derecho contemporánea, pues al abordar el autor críticamente los paradigmas o modelos epistemológicos que configuran la filosofía jurídica actual, logra adentrar al lector en una comprensión distinta, pero bien fundada, a los arquetipos comunes de las doctrinas que han influido en la concepción legal. Así pues, en el primer capítulo titulado "El agotamiento del positivismo jurídico" el autor realiza un muy amplio análisis de la evolución del planteamiento positivista que adquirió un carácter de Teoría del Derecho, explicando y haciendo un análisis crítico a algunos de los tópicos epistemológicos que han llevado a concebirla como teoría central del pensamiento jurídico actual, a saber, la tesis coactiva que define al Derecho según la coacción vinculado al poder social del Estado moderno; la teoría imperativa de la norma jurídica que especifica que las normas que componen al ordenamiento jurídico tiene la estructura de mandatos; la tesis legalista, que afirma que la ley constituye la única fuente de calificación jurídica; la tesis de la plenitud del ordenamiento, la cual sostiene que el orden impuesto por la ley puede resolver los problemas jurídicos que se presenten, negando incluso la existencia de algunas lagunas; la tesis de la coherencia del ordenamiento jurídico, que no admite las antinomias o contradicciones entre las normas al haber sido estas promulgadas por un legislador coherente y racional que conoce a detalle el sistema; la tesis de la aplicación mecanicista de las normas, que señala que el orden jurídico es aplicado por el juez mediante un silogismo de sub sunción que disminuye su aportación personal y cuya decisión es fruto de un proceso de aplicación deductiva más que una concreción de las normas.

Atendiendo críticamente a estos paradigmas, Pedro Serna identifica al positivismo jurídico como una ideología sobre el Derecho la cual está suscrita sobre la creencia en ciertos valores que, por el sólo hecho de existir, confiere al Derecho un valor positivo, prescindiendo de alguna correspondencia con el Derecho ideal, es decir, las normas jurídicas deben ser obedecidas por sí mismas en cuanto tales, por ello, concluye el autor, que el positivismo como ideología suscribe la tesis de la obediencia. Así, del análisis de estos postulados, desprende el autor con agudeza una serie de críticas que reconoce como las principales debilidades de la teoría jurídica positivista, entre las que identifica la supuesta independencia entre el método, la teoría y el elemento ideológico en cuanto al concepto de Derecho, que se deriva en el problema de la aplicación del Derecho, ya que la ley, entendida por sí sola y excluyendo cualquier juicio valorativo, no puede ni debe limitar el sentido interpretativo de ella, y un sistema que no dé las pautas necesarias para la interpretación de la ley no puede erigirse como paradigmático. De ahí también que el autor insista en este primer capítulo en examinar algunas otras deficiencias que él considera presentes en la teoría positivista, sobre todo a la tesis legalista que deja de lado muchas veces los contenidos valorativos de la norma.

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