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Trabajo Sobre EL SUJETO DE DERECHO


Enviado por   •  13 de Julio de 2012  •  3.049 Palabras (13 Páginas)  •  6.032 Visitas

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ÍNDICE

Pág.

Introducción……………………………………………………………………….……

Aspectos generales del sujeto de derecho…………………………………….………

Persona y sujeto de derecho……………………………………………………………

Clasificación de las personas………………………………………………………..

Personalidad jurídica………………………………………………………………..……..

Teorías que niegan la personalidad colectiva…………………………………………..

Teorías que afirman la personalidad colectiva ………………………………………….

Atributos de las personas naturales y jurídicas……………………………………….

Capacidad de las personas jurídicas…………………………………………………..…

Responsabilidad de las personas jurídicas…………………………………………

Extinción de las personas jurídicas ………………………………..…………………….

El feto en la legislación venezolana…………………………………………………….

Conclusión………………………………………………………………………………

Bibliografía………………………………………………………………………………

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo tiene como objeto comprender los aspectos generales del sujeto derecho en sentido jurídico, estableciendo diferencias entre este y la persona. Puesto que, el derecho es la creación humana que ha hecho posible el desarrollo y la convivencia de los individuos en la sociedad, por lo que el derecho debe ocuparse en precisar con toda claridad a quienes considera personas y como se entienden éstas desde el punto de vista jurídico.

Por consiguiente; analizaremos a la persona en el ámbito del derecho, la cual se clasifica en persona natural y persona jurídica a quien el derecho atribuye y reconoce personalidad jurídica propia y, en consecuencia, capacidad para actuar como sujetos de derecho. Además, estudiaremos los atributos de las personas tanto naturales como jurídicas. Asimismo, la duración definida o indefinida que puede llegar a tener cada una de estas personas jurídicas.

Es importante destacar que, existen diversas teorías sobre la personalidad jurídica, es decir teorías negativas y teorías realistas; la primera referida a que la persona jurídica sería un sujeto aparente que oculta a los verdaderos sujetos de derechos; y la segunda, relacionada a que las personas jurídicas no son entes artificiales creados por el Estado sino, por el contrario, realidades vivas que son organismos sociales dotados tanto como el ser humano de una potestad propia de querer y por ello, capaces naturalmente de ser sujetos de derecho. No pretendemos llegar a una respuesta absoluta sino entregar unos elementos que permitan al lector profundizar el tema y obtener conocimiento con respecto a cada uno de los conceptos que se analizarán.

ASPECTOS GENERALES DEL SUJETO DE DERECHO.

PERSONA Y SUJETO DE DERECHO.

Entre las diversas acepciones sobre el término persona, podemos citar las siguientes:

1. Persona es todo individuo de la especie humana, puede ser natural o jurídica, como lo preceptúa nuestro Código Civil en su artículo 15.

2. Según Nicolai Hartmann; persona es el sujeto cuya conducta es susceptible de realizar valores morales.

3. Persona es todo ente susceptible de tener derechos y deberes jurídicos.

4. Persona es todo ente susceptible de ser sujeto activo o pasivo en una relación jurídica.

Desde el punto de vista jurídico, a la persona humana se le llama sujeto, ya que se le considera como sometido a las normas jurídicas o como titular de las facultades o poderes que la norma jurídica le conceden.

Según Naranjo; el sujeto de derecho es todo ente capaz de ser titular de deberes y derechos.

Es decir, el sujeto de derecho es la persona natural o jurídica que participa en una relación jurídica, ya sea como pretensor u obligado. Se diferencia de la noción de persona, en que esta es apta para ser titular de derechos o deberes en una relación jurídica, en tanto que el sujeto de derecho está participando actualmente dentro una relación jurídica dada.

Toda persona es sujeto de derecho en potencia, de modo que todo sujeto de derecho es necesariamente persona, pero no toda persona es sujeto de derecho, en tanto no participe en una relación jurídica actual que le confiera tal condición.

CLASIFICACIÓN DE LAS PERSONAS.

Las personas en Derecho, se clasifican en:

 Persona natural: El Código Civil venezolano establece en su artículo 16 lo siguiente: “Son personas naturales todos los individuos de la especie humana”.

A esta clasificación de persona natural se les llama también individuales, físicas, sim¬ples o concretas y como se dijo anteriormente, son los individuos de la espe¬cie humana y sólo ellos. De acuerdo con la concepción tradicional, el ser humano por el simple hecho de serlo, posee personalidad jurídica, si bien bajo ciertas limitaciones impuestas por la ley (edad, uso de razón, entre otras).

 Persona jurídica: En sentido estricto, colectivas, morales, complejas o abstractas, son todos los entes aptos para ser titulares de derechos o deberes y que no son individuos de la especie humana; es decir, es un sujeto de derechos y obligaciones que existe físicamente pero no como individuo, sino como institución y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un papel.

Roberto Ruggiero, la define como “toda unidad orgánica resultante de una colectividad organizada de un conjunto de bienes, a la que el Estado reconoce capacidad

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