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ADMINISTRACION EN SALUD OCUPACIONAL Creación de la empresa por dos o más personas


Enviado por   •  16 de Abril de 2018  •  Tareas  •  1.425 Palabras (6 Páginas)  •  75 Visitas

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TALLER 1

 

Cristhian Andrés Cardona Fajardo

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS

COPROGRESO-UNIMINUTO 

ADMINISTRACION EN SALUD OCUPACIONAL

BOGOTA  COLOMBIA

2018

*CLAUDIA INES JEREZ MURALLAS

Tabla de contenido

1. Defina el concepto de Empresa1

2. Cuáles son las ventajas de tener una empresa constituida legalmente, y a que descuentos tributarios tengo derecho. 1

3. Enumere y explique los tipos de sociedades que existen en Colombia…………………… … 1.2.3

4. Según el código de Comercio quienes pueden ser comerciantes y ejercer sus funciones……...… 4

5. Cuáles son los deberes y responsabilidades de los comerciantes…………………………………4 

1. Definición de empresa

Una empresa es una unidad productiva agrupada y dedicada a desarrollar una actividad económica

Con ánimo de lucro. En nuestra sociedad, es muy común la creación continua de empresas.

En general, una empresa también se puede definir como una unidad formada por un grupo de personas, bienes materiales y financieros, con el objetivo de producir algo o prestar un servicio que cubra una necesidad y por el que se obtengan beneficios.

2. Ventajas de tener una empresa constituida legalmente, y a que descuentos tributarios tengo derecho.

  1. Cero por ciento (0%) de la tarifa del impuesto de renta en los dos primeros años gravables.
  2. Veinticinco por ciento (25%) de la tarifa del impuesto de renta en el tercer año gravable.
  3. Cincuenta por ciento (50%) de la tarifa del impuesto de renta en el cuarto año gravable,.
  4. Setenta y cinco por ciento (75%) de la tarifa del impuesto de renta en el quinto año gravable.
  5. Cien por ciento (100%) de la tarifa del impuesto de renta a partir del sexto año gravable,
  6. Cinco (5) años sin retención en la fuente y Renta presuntiva a partir del sexto (6to) año.
  7. Beneficios adicionales de ocho primeros años, noveno año, décimo año y a partir del undécimo año; si las pequeñas empresas inician actividades en Amazonas, Guainía o Vaupés, diez (10) años sin retención en la fuente y renta presuntiva a partir del año 11.

3. Tipos de sociedades que existen en Colombia.

Creación de la empresa de forma individual

Según explica la Cámara de Comercio de Bogotá, el empresario que decida poner en marcha su propio negocio de manera individual, dispone de tres opciones:

  1. Persona natural comerciante. Un comerciante es aquella persona que ejerce de manera habitual y profesional alguna de las actividades que la ley considera como mercantiles. Así, la persona natural responderá ante las obligaciones que se deriven del desarrollo de su negocio con todo su patrimonio, tanto personal como familiar. Para constituirse, la persona debe inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) y, posteriormente, efectuar su inscripción en la matrícula mercantil de la Cámara de Comercio correspondiente presentando los formularios del Registro Único Empresarial (RUE), del Registro adicional con otras entidades y el de inscripción en el RUT.
  2. Empresa unipersonal. La empresa unipersonal tiene personalidad jurídica independiente de quien la crea. Se fundamenta en que la persona natural o jurídica destina una parte de sus activos para el desempeño de la actividad empresarial. Se constituye mediante escritura o documento privado ante la Cámara de Comercio o Notario.

El documento de constitución debe contener el nombre, documento de identidad, domicilio del empresario, razón social de la empresa, domicilio de la empresa, término de duración (si este no fuera indefinido), enunciación clara y completa de las actividades principales, monto de capital, forma de administración y número de cuotas de igual valor nominal en que se dividirá el capital de la empresa.

  1. Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S). Es un tipo societario que vio la luz con la Ley 1258 del 5 de diciembre de 2008 y que reúne todas las cualidades para convertirse en el modelo de constitución que se impondrá en los próximos años. Las Sociedades por Acciones Simplificadas no exigen un número mínimo de accionistas y, de hecho, permiten la unipersonalidad. Además, se constituyen por documento privado que ha de registrarse en la Cámara de Comercio.

Su simplicidad se da tanto en el momento de su constitución, como en su funcionamiento, no estando obligadas a especificar el objeto social. Tampoco se les exige crear una junta directiva ni la revisoría fiscal. La responsabilidad se limitará a la aportación de cada accionista.

Creación de la empresa por dos o más personas

La otra alternativa es que el emprendedor haya decidido establecer una sociedad comercial con otros socios, en cuyo caso tendrá que elegir entre las cinco modalidades que la legislación colombiana prevé:

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