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ANÁLISIS DE LAS OBLIGACIONES FISCALES


Enviado por   •  17 de Agosto de 2017  •  Tareas  •  1.508 Palabras (7 Páginas)  •  169 Visitas

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ANÁLISIS DE LAS OBLIGACIONES FISCALES

REGÍMENES DE EMPRESAS INTEGRADORAS

CONSOLIDACIÓN FISCAL DE LA EMPRESA

GENERAL DE LAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES

MARCO LEGAL

Según el portal del SAT (2014) y la LISR el régimen en los que tributaban las empresas integradoras se elimina, sin embargo, en virtud que los coordinados de autotransporte aún presentan dificultades organizativas se establece el régimen de Coordinados en la mencionada Ley. En el caso de las personas morales del sector primario, pasan a tributar en el régimen De las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

Las empresas integradoras pertenecían al Régimen Simplificado.

Anteriormente en el Art. 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se encontraba el presente régimen.  También el Título II-A de LISR hacía referencia a las empresas integradoras, así como en las facilidades Administrativas de su régimen y reglas de carácter general establecidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En base a la información del portal del SAT (2014) el régimen de consolidación fiscal es eliminado estableciéndose un esquema de salida para estos grupos de sociedades que tributan con éste.

Asimismo, las empresas que aún se encentraban en el período obligatorio de cinco años de tributación en este régimen, podrán seguir aplicando las disposiciones de la consolidación fiscal y, una vez que concluya este periodo deberán calcular y enterar el impuesto diferido que tengan a esa fecha a través del esquema fraccionado de pagos.

Cabe resaltar que los procedimientos y requisitos para consolidar fiscalmente se encuentran en el Capítulo VI del Título II de la LISR, incluidos los correspondientes a la desincorporación de sociedades controladas establecidas en el presente régimen.

El título IV, Capítulo II, Sección I de la LISR habla del Régimen General el cual es dirigido a las personas físicas que solo obtengan ingresos por actividades empresariales que tendrán que tributar en dicho régimen.

CONCEPTOS BASE

El INADEM (Instituto Nacional de del Emprendedor) define a la Empresa Integradora como una organización que asocia a empresas micro, pequeñas y medianas, llamadas PYMES, con el fin de prestar servicios especializados a sus socios.

La consolidación fiscal es una opción que nos da la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), por medio del que una sociedad controladora determina su resultado fiscal en forma consolidada, pagando exclusivamente el impuesto sobre la renta y el impuesto al activo correspondientes al grupo de empresas.

Mariscal (1991) define a la empresa controladora como aquella “Sociedad Mercantil que posee más del 50% de las acciones comunes con derecho a voto de otra u otras sociedades mercantiles, de manera directa o indirecta”.

Para efectos del Capítulo II el Art. 100 expresa las siguientes consideraciones:

  1. Por actividades empresariales aquellos que provienen de la realización de actividades comerciales, agrícolas, industriales, silvícolas o de pesca, ganaderas.
  2. Ingresos por prestar servicios profesionales, remuneraciones derivadas de servicios personales independientes que no se consideren en el capítulo I de la presente Ley.

CARACTERISTICAS GENERALES

Está dirigido para micro, pequeños y medianos contribuyentes (PYMES).

Tiene como objetivo dotar a sus asociados un representante, lograr mayor capacidad de negociación en diferentes mercados, consolidar su presencia en el mercado interno y aumentar la participación en el externo, fomentar la especialización de las empresas en productos y procesos que cuenten con ventajas comparativas y generar economía de escala[1].

Las empresas integradoras no podrán participar directa ni indirectamente en el capital social de las empresas integradas.

Las empresas integradoras deberán constituirse, con las empresas integradas, mediante la adquisición, por parte de éstas, de acciones o partes sociales.  La participación de cada una de las empresas integradas no podrá exceder de 30 por ciento del capital social de la empresa integradora.  Las empresas integradas deberán, además, ser usuarias de los servicios que preste la integradora con independencia de que estos servicios se brinden a terceras personas.

El Título IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del ISR establece que una de las obligaciones de las empresas integradoras es determinar su utilidad o su pérdida a través del esquema de flujo de efectivo.

Entre otras obligaciones de estas empresas es llevar la contabilidad mediante un balance y estado de pérdidas y ganancias (como ya se había mencionado), presentar declaración anualmente y celebrar un convenio con las empresas integradas.

Le permite a los grupos que decidieran operar en conjunto como una sociedad viéndolos como un contribuyente para el pago de impuestos mediante la determinación de un resultado fiscal consolidado.

Los inversionistas pueden organizar sus operaciones en una o varias empresas sin tener una diferencia fiscal al determinar el ISR a cargo.

La consolidación debe de ser con previa autorización del SAT. Así como, el abandono a este régimen.

Una vez que se elige este régimen se debe permanecer por cinco ejercicios obligatoriamente.

Las Personas morales con fines no lucrativo, las pertenecientes al sistema financiero, las que residen en el extranjero, las que se encuentren en liquidación, Sociedad o Asociaciones Civiles, Sociedades Cooperativas, las que se encontraban tributando en el régimen simplificado y las asociaciones en participación no podían tributar en este régimen.

La autorización es personal y no puede transmitirse a otros contribuyentes a menos que cuente con la autorización del contribuyente.

Éste puede aplicar cuando un grupo de empresas tienen intereses económicos en común, así como, la participación accionaria y control efectivo que se tenga.

A partir de un estricto control del ISR causado a nivel individual se podía diferir este por tres años.

El Art. 110 de la LISR establece las obligaciones que los contribuyentes bajo este régimen. Estás deben solicitar su inscripción en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes), llevar la contabilidad de conformidad con el CFF (Código Fiscal de la Federación), expedir comprobantes fiscales que acrediten el total de ingresos, conservar la contabilidad y comprobantes, deberán formular su estado de posición financiera y levantar inventario de existencias al 3 de diciembre, presentar declaración del ejercicio, expedir constancias y comprobantes fiscales que asienten el monto de los pagos efectuados, entre otras.

DIFERENCIAS          

Está dirigido para PYMES.

Está dirigido para PYMES.

Está dirigido para Personas Físicas.

Difiere el nombre al que se le llama al representante de las empresas.

Difiere el nombre al que se le llama al representante de las empresas.

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Tiene como objetivo dotar a sus asociados un representante, lograr mayor capacidad de negociación en diferentes mercados, consolidar su presencia en el mercado interno y aumentar la participación en el externo, fomentar la especialización de las empresas en productos y procesos que cuenten con ventajas comparativas y generar economía de escala.

Tiene como objetivo que las pertenecientes puedan operar en conjunto como una sociedad viéndolos como un contribuyente para el pago de impuestos mediante la determinación de un resultado fiscal consolidado.

El régimen general tiene como propósito apoyar el desarrollo de los contribuyentes con mínima capacidad administrativa y evitar que operen dentro de la economía informal.

Éste régimen evitaba que se pagara doble imposición o dos veces el mismo impuesto por una actividad debido a que todo quedaba en una empresa la cual es la obligada a pagar por su neto y no por todos los ingresos que tenga.

Es obligación que un representante lleve toda la contabilidad del grupo.

Es obligación que un representante lleve toda la contabilidad del grupo.

El portal del SAT en la sección de obligaciones fiscales informa que no es necesario que las personas físicas bajo este régimen con ingresos en el año anterior que no exceden los dos millones de pesos puede llevar su contabilidad a través de una aplicación donde podrá registrar ingresos, gastos e inversiones, así como, generar y emitir facturas electrónicas y consultar la relación entre los gastos e ingresos capturados y facturas.

SIMILITUDES

Tiene como obligación inscribirse al RFC.

Tiene como obligación inscribirse al RFC.

Tiene como obligación inscribirse al RFC.

El régimen está basado en un representante para el grupo de empresas.

El régimen está basado en un representante para el grupo de empresas.

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Se presenta declaración anualmente.

Se presenta declaración anualmente.

Se presenta declaración anualmente.

Es obligación llevar la contabilidad y expedir comprobantes.

Es obligación llevar la contabilidad y expedir comprobantes.

Es obligación llevar la contabilidad y expedir comprobantes.

Deben realizar pagos provisionales mensualmente.

Deben realizar pagos provisionales mensualmente.

Deben realizar pagos provisionales mensualmente.

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