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CAPIAL HUMANO TRABAJO


Enviado por   •  17 de Marzo de 2016  •  Resúmenes  •  1.399 Palabras (6 Páginas)  •  84 Visitas

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UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE TECAMAC

INGENIERIA EN GESTION EMPRESARIAL

BARRETO LOPEZ JHOAO FLAVIO

GARCIA VIZCAYA BRENDA AMAIRANI

OLVERA BAUTISTA WALDY ISAI

SALDOVAL GONZALEZ ALEXIS OMAR

CAPIAL HUMANO


JORNADA DE TRABAJO.- La semana ordinaria de trabajo se compone de 45 horas, distribuyéndose éstas de acuerdo al horario establecido y los trabajadores deberán estar en sus respectivos departamentos y en sus puestos a la hora precisa en que deberán comenzar sus labores, de conformidad con el horario que les corresponda.

La producción de producto se encuentra delimitada por los superiores, por ende queda prohibido realizar exceso de producción sin que se le solicite por las autoridades superiores.

HORARIO DE TRABAJO.- La hora general de entrada de los trabajadores es a las 8:00 horas y la salida a las 17:30 horas, de lunes a jueves, y los viernes será de las 8:00 a las 15:00 horas.

En las áreas en las que se requiera cubrir horarios los 365 días del año y las 24 horas del día, los trabajadores tendrán una jornada laboral distinta, previo convenio entre Empresa y Sindicato, siempre en observancia a lo dispuesto por el presente Reglamento, el Con-trato Colectivo de Trabajo y la Ley.

ESQUEMA OPCIONAL DE HORARIO.- Con el objeto de fomentar la productividad en el trabajo, incentivar el uso óptimo de los recursos, contribuir a la solución del problema de tránsito con un mejor uso de las vías de comunicación y apoyar a mejorar la calidad de vida, se establece el siguiente esquema opcional de horario de trabajo flexible:

Lunes a Jueves

Viernes

7:30 a 17:00

7:30 a 14:30, o bien

8:00 a 17:30

8:00 a 15:00, o bien

8:30 a 18:00

8:30 a 15:30, o bien

9:00 a 18:30

9:00 a 16:00

Para el establecimiento de dicho esquema, los Empleados deben considerar lo siguiente:

•        Los horarios individuales serán acordados entre jefe inmediato y trabajador.

SANCIÓN.- Si el trabajador no llega al área de trabajo con el equipo de trabajo ya asignado, se le reconocerá como retardo, afectándole para su bono de puntualidad.

CAPACITACIÓN.-Se dará capacitación al trabajador cada dos meses, para tenerlos al tanto de las nuevas necesidades que se presenten.

DISPONIBILIDAD.-El trabajador podrá ser movilizado a otra área de la empresa, teniendo previo aviso, por circunstancias especiales.

TIEMPO PARA ALIMENTOS O DESCANSO.- Los trabajadores disfrutarán de 30 minutos de descanso dentro de la jornada diaria de trabajo para hacer uso del comedor, tomar sus alimentos o descansar, pudiéndolo hacer fuera del centro de trabajo.

Si se encuentra a los trabajadores comiendo en horario de trabajo serán acreedores a una sanción monetaria y quedará en expediente.

MODIFICACIÓN DE HORARIO.- El horario de trabajo podrá ser modificado previo acuerdo entre Empresa y trabajador cuando las necesidades de la operación y del servicio así lo requieran, de acuerdo al Contrato Colectivo de Trabajo en su caso y la Ley.

TRABAJO EN DÍAS DE DESCANSO.- Cuando por necesidades de la operación de la Empresa los trabajadores sean requeridos para laborar en su(s) día(s) de descanso semanal u obligatorio, se observará lo dispuesto para tal efecto en el Contrato Colectivo de Trabajo en el caso de personal sindicalizado y en la Ley para todo el personal. La Empresa notificará por escrito a los trabajadores con la debida anticipación.

PUNTUALIDAD.- Los trabajadores deberán presentarse puntualmente para ser acreedores de su bono de puntualidad.

RETRASO.- En caso de que el retraso sea mayor a 15 minutos, la Empresa podrá negarse a recibirlo, dicha falta será considerada como injustificada con el descuento correspondiente del día y la aplicación de la sanción correspondiente a dicha falta.

AUSENCIAS POR INCAPACIDAD.- Tratándose de ausencias por accidentes o enfermedades que incapaciten a los trabajadores, se entenderán justificadas las que correspondan a los días que al efecto señalen los certificados de incapacidad que expida el Instituto Mexicano del Seguro Social y/o Servicio Médico Institucional, siempre que éstos se entreguen a la Empresa a más tardar dentro de los cinco días siguientes a que la incapacidad les haya sido expedida por dicho Instituto o Servicio Médico.

FALTAS.- Las faltas injustificadas serán sancionadas con el descuento correspondiente y serán computadas para los efectos legales aplicables.

SANCIONES.-  En caso del que el trabajador cuente con faltas muy graves o por reincidencia de una conducta ya sancionada, se le tendrá que Suspender de dos a tres días sin goce de sueldo.

TIEMPO EXTRAORDINARIO.- Cuando las jornadas deban prolongarse por circunstancias extraordinarias, los trabajadores laborarán el tiempo extra necesario. La solicitud de tiempo extraordinario deberá formularse por el titular del área quien hará del conocimiento del trabajador, la autorización que hubiere otorgado el área de Recursos Humanos. Para laborar tiempo extraordinario se requiere autorización previa y escrita.

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