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COMO SE PUEDE DAR UN CONTRATO TRABAJO PERIODO PRUEBA

HigonomonApuntes17 de Enero de 2018

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CIUDAD DE MÉXICO, A _______________.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO SUJETO A PERIODO DE PRUEBA POR __ (____) DÍAS DEL(a) C. ______________________________ en adelante el EMPLEADO, celebrado con LA EMPRESA ____________________________________”, en adelante “LA EMPRESA”, representado por el C. _______________________________ con domicilio en ________________________________________________.

Las generales del EMPLEADO son:

  1. Dirección: ____________________
  2. Edad: __ años
  3. Estado Civil: ______
  4. Puesto: ____________
  5. Salario Mensual: _______________
  6. Número de seguridad social: _______________.
  7. CURP: _______________
  8. RFC: ________________

EL EMPLEADO MANIFIESTA QUE:

  1. Que en caso de cambiar de domicilio, manifiesta estar de acuerdo, en que si no notifica por escrito a LA EMPRESA el cambio, subsistirá el que aquí se señala, para cualquier notificación posterior.

  1. Que actualmente no presta servicios subordinados o independientes para ninguna persona, por lo que está en capacidad y aptitud y tiene los conocimientos para prestar los servicios a que se refiere este contrato.
  1. Que no tiene enfermedad, incapacidad, o estado de gestación, que le imposibilite para desempeñar el trabajo para el que es contratado(a) ya sea permanente, parcial o transitorio.
  1. OBJETO.
  1. El EMPLEADO prestará personalmente a  LA EMPRESA los servicios pactados en este contrato, en el puesto de ____________________  y en todos los demás inherentes al mismo, bajo la subordinación de LA EMPRESA y las órdenes que se le impartan durante la relación de trabajo, misma que llevará a cabo con la mayor intensidad, cuidado, esmero y de la mejor calidad posible.--
  1. El EMPLEADO tendrá las obligaciones y responsabilidades que se señalan, en forma enunciativa y no limitativa en el presente contrato y en sus anexos, así como en las labores afines, relacionadas o conexas a su ocupación principal, que LA EMPRESA le ordene durante la relación de trabajo, directamente a LA EMPRESA, o empresas a las que preste servicios o con las que tenga algún tipo de relación por orden y cuenta de su único patrón LA EMPRESA y fundamentalmente consistirán en las relacionadas a la actividad de LA EMPRESA, y en los mencionados en la descripción de puesto, obligaciones, así como en las políticas, reglamentos, manual de procedimientos, códigos de ética o comportamiento y convenios actuales o que se establezcan, que como anexos, formarán parte integrante de este contrato como si estuvieren insertos en el mismo.
  1. En el supuesto de que el EMPLEADO tenga personal a su servicio, estará obligado a vigilar que el mismo, cumpla con todas las instrucciones, políticas, códigos de conducta, reglamentos o manuales que les sean aplicables.
  1. Por razón de los servicios que prestará a LA EMPRESA, el EMPLEADO mantendrá relaciones con las empresas o personas físicas y morales que tienen relación con el mismo, y otras empresas o clientes de las mismas, pero estos servicios, serán siempre por orden y cuenta de LA EMPRESA, quien será su único patrón.
  1. El EMPLEADO y LA EMPRESA en el acto de firmar el presente contrato, manifiestan que están de acuerdo en que LA EMPRESA podrá, en cualquier tiempo, pedir al EMPLEADO que lleve a cabo trabajos o proyectos específicos, por el tiempo que sea necesario, para los establecimientos, empresas, sucursales, industrias, comercios y oficinas, a las que les preste servicios, o con las que se tengan relaciones, pero será siempre por cuenta y orden de LA EMPRESA, quien será el único responsable de la relación laboral.
  1. EL EMPLEADO conviene además en sujetarse a las disposiciones de los reglamentos, manuales y circulares que LA EMPRESA expida en relación con las actividades y obligaciones del personal, así como a los Reglamentos, Circulares u ordenamientos que las Autoridades Competentes expidan en relación a las actividades a que se dedica LA EMPRESA.
  1. PERIODO DE PRUEBA
  1. La duración del presente contrato es por tiempo indeterminado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo estando sujeto a un periodo de prueba de ___ (_____) días contados a partir del inicio de la vigencia del presente contrato.
  1. Durante el periodo de prueba de ___ (_____) días el TRABAJADOR gozará del salario, seguridad social y de las prestaciones inherentes al puesto de ________________________ y en todos los demás inherentes al mismo, obligándose EL PATRÓN a inscribirlo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
  1. Durante el periodo de prueba de __ (_____) días el trabajador dentro de sus labores derivadas de su categoría o puesto, estará obligado a cumplir con los siguientes requisitos que se mencionan de manera enunciativa pero no limitativa:
  1. Cumplir y hacer cumplir las órdenes de EL PATRÓN en su carácter de ______________________  y en todos los demás inherentes al mismo.
  1. Ejercer todas aquellas funciones de servicio a clientes, recepción, compras y viajes en su carácter de ______________________________  y en todos los demás inherentes al mismo.
  1. Cualquier otra tarea y/o actividad necesaria para el correcto desarrollo de las actividades antes señaladas.
  1. Dentro de los requisitos mencionados anteriormente el trabajador manifiesta tener los conocimientos necesarios para desempeñar la categoría o puesto de ______________________________ Y EN TODOS LOS DEMÁS INHERENTES AL MISMO para lo cual deberá demostrar que puede cumplir con las siguientes metas u objetivos:
  1. Cumplir y hacer cumplir las órdenes de EL PATRÓN en su carácter de ________ y en todos los demás inherentes al mismo.
  1. Ejercer todas aquellas funciones de servicio a clientes, recepción, compras y viajes en su carácter de ________________________  y en todos los demás inherentes al mismo.
  1. Cualquier otra tarea y/o actividad necesaria para el correcto desarrollo de las actividades antes señaladas.
  1. El periodo de prueba de __ (_____) días pactado en el presente contrato es improrrogable, en caso de que terminado el periodo de prueba subsista la relación de trabajo el tiempo de vigencia de aquél se computará para efectos del cálculo de antigüedad.
  1. SALARIO

El EMPLEADO tendrá un salario Mensual de $____________.00 (________________ PESOS 00/100 M.N.).

  1. El salario indicado, comprenden el pago correspondiente a días de descanso semanal y de descanso obligatorio, que determine la Ley Federal del Trabajo o los que LA EMPRESA otorgue eventualmente.

  1. El salario indicado, comprenden el pago correspondiente a días de descanso semanal y de descanso obligatorio, que determine la Ley Federal del Trabajo o los que LA EMPRESA otorgue eventualmente.
  1. El salario, se pagará los días quince y ultimo de cada mes en las instalaciones de LA EMPRESA o en donde el EMPLEADO preste sus servicios en moneda del curso legal.
  1. El pago del salario podrá hacerse por medio de depósito en cuenta bancaria que el EMPLEADO señale por escrito a LA EMPRESA o podrá efectuarse a través de tarjetas de débito, depósito bancario, o cheque por razones de seguridad, circunstancia con la que el EMPLEADO está de acuerdo.
  1. El simple depósito referido, hará las veces de recibo del pago del salario y las prestaciones así como será constancia del pago de la jornada laborada en dicho periodo, sin embrago el EMPLEADO se obliga a otorgar recibo a favor de LA EMPRESA por la totalidad de los salarios, incentivos, premios, bonos, percepciones devengadas y jornada laborada a que tenga derecho hasta la fecha del mismo, implicando su firma un finiquito total hasta la fecha del recibo correspondiente y una constancia periódica de la jornada de trabajo.
  1. PUESTO ACTUAL
  1. Bajo la subordinación de LA EMPRESA y con las obligaciones y responsabilidades que se señalan en forma enunciativa en este documento y las instrucciones que sobre su trabajo y actividades relacionadas le ordene LA EMPRESA, así como en las políticas y manuales de ésta.
  1. JORNADA.
  1. La duración de la jornada semanal será de 48 horas distribuidas en 5 o 6 días a la semana, de acuerdo a las necesidades del servicio.
  1. La jornada podrá ser distribuida de acuerdo a las costumbres de la actividad de LA EMPRESA a la que se le presten servicios o las necesidades del trabajo, en los términos del artículo 59 de la Ley Federal del trabajo.
  1. LA EMPRESA podrá modificar en cualquier tiempo el horario establecido, de acuerdo a las necesidades del trabajo, condición con la que el EMPLEADO está de acuerdo.
  2. El EMPLEADO no laborará tiempo extra, ni en días de descanso semanal y obligatorio, si no es mediante orden de LA EMPRESA por escrito, sin este requisito, no estará autorizado para prestar sus servicios en jornadas extraordinarias.
  1. DÍA DE DESCANSO SEMANAL
  1. El día de descanso semanal será preferentemente el domingo de cada semana o el que se le señale por LA EMPRESA, pudiéndose modificar de acuerdo a las necesidades del servicio.
  1. Cuando por necesidades del servicio el EMPLEADO preste servicios en el día domingo dentro de su jornada semanal y descanse otro día de la semana, tendrá derecho a percibir una prima dominical del 25% del salario base de dicho día.
  1. DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO

Los que señala el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo y los que la EMPRESA establezca.

  1. VACACIONES Y PRIMA DE VACACIONES

  1. El EMPLEADO disfrutará de un periodo anual de vacaciones en los términos de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, o de acuerdo al programa que LA EMPRESA formule.
  1.  En el supuesto de que el EMPLEADO no haya laborado el año completo de servicios, tendrá derecho a que se le otorgue la proporción de vacaciones que corresponda por el tiempo trabajado en el año.
  1. La prima vacacional  comprenderá el  25% (veinticinco por ciento) del salario que le corresponda durante el periodo de vacaciones.
  1. AGUINALDO

Corresponderá a 15 (quince) días al año de salario base o la proporción del tiempo trabajado en el año pagadero antes del día 20 de diciembre del año de que se trate.

  1. OBLIGACIONES VARIAS

  1. El EMPLEADO reconoce que son propiedad exclusiva de LA EMPRESA todos los documentos, programas, listas de clientes, artículos, estudios, información, folletos, publicaciones, manuales, dibujos, trazos, software, hardware, fotografías o cualquier otro trabajo intelectual o información que se le proporcione con motivo de la relación de trabajo, así como los que el EMPLEADO prepare o formule en relación o conexión con sus servicios, por lo que se obliga a conservarlos en buen estado y entregarlos a LA EMPRESA en el momento en que ésta lo requiera, o bien, al terminarse el presente contrato, por el motivo que fuere.
  1. EL EMPLEADO reconoce que son propiedad de LA EMPRESA en todo tiempo, los vehículos, instrumentos, herramientas, aparatos, maquinaría, artículos, software, hardware, manuales de operación, y en general todos los instrumentos de trabajo, datos, diseños e información verbal que se le proporcionen con motivo de la relación de trabajo.
  1. El EMPLEADO se obliga a guardar estricta reserva de la información de cualquier naturaleza, documentos en general, políticas, organización, sistemas de administración, comerciales y tecnología usada y/o desarrollada durante el periodo de su colaboración, procedimientos, y todos aquellos hechos y actos que con motivo de su trabajo sean de su conocimiento; y por lo tanto se obliga a no utilizar en su beneficio o en beneficio de terceras personas, ya sea directa o indirectamente cualquiera de ellos, así como la información, actos y demás hechos que sean de su conocimiento, y a no divulgar ninguno de los aspectos de los negocios de LA EMPRESA, o de las empresas con él relacionadas o de sus clientes, y a no proporcionar a terceras personas, verbalmente o por escrito, directa o indirectamente, información o documento alguno sobre los sistemas o actividades de cualquier clase que observe en el desempeño de sus labores con  LA EMPRESA, o en la relación de éste con las empresas con quienes tenga relaciones o con sus clientes, en cualquier tipo de actividad, que para los efectos de este contrato se consideraran como secreto de marca y de gran valor, entendiéndose toda aquella que haya sido distribuida, recopilada o discutida en juntas y/o reuniones, por lo que el EMPLEADO no podrá a su vez redistribuirla, comentarla o manejarla o permitir que lo hagan terceras personas que no se encuentren autorizadas para el efecto, siendo también responsabilidad de los grupos de trabajo el manejo de la información que se desprenda por ellos mismos, por interpósita persona o por el personal contratado por éstos.
  1. El EMPLEADO deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los asuntos que le sean encomendados o cualquier información que en razón de sus funciones llegase a tener en su poder y deberá usarla exclusivamente en beneficio de LA EMPRESA, debiendo guardar expresa reserva sobre la información privilegiada que pudiera tener en su poder.
  1. El EMPLEADO se compromete a utilizar exclusivamente el “software” autorizado por  LA EMPRESA en el manejo de los equipos de cómputo que se utilicen en y para el desarrollo de su trabajo. Serán propiedad de LA EMPRESA la creación, modificación de nuevos programas de cómputo o su perfeccionamiento hechos por el EMPLEADO con motivo del desempeño del puesto de trabajo ya que éstos están cubiertos por el salario que éste percibe.
  1. Si el EMPLEADO dejare de cumplir las obligaciones a que se refieren los anteriores apartados, independientemente de su responsabilidad laboral y civil por daños y perjuicios que causare a LA EMPRESA, ésta se reserva sus derechos para denunciar el o los delitos que se pudieren configurar.
  1. El EMPLEADO acepta y está de acuerdo en que la propiedad y explotación de las invenciones, programas o sistemas, o mejoras a los mismos realizadas en el desempeño de las labores para LA EMPRESA, corresponderán, en todo caso, a éste, así como el derecho a la explotación de la patente o a los derechos correspondientes, ya que dichas actividades están incluidas en el salario y demás prestaciones que las partes han pactado como remuneración por los servicios que deriven de este contrato; en todo caso, LA EMPRESA tendrá derecho, en primer término, a que se le ofrezcan por escrito dichos derechos.
  1. Es obligación del EMPLEADO someterse a los reconocimientos médicos que LA EMPRESA le solicite ya sea a través del Instituto Mexicano del Seguro Social o a través del médico que LA EMPRESA determine tan amplios como LA EMPRESA o la política establecida al respecto lo determine, ya sea en forma rutinaria o para comprobar que no padece alguna incapacidad o enfermedad profesional o general, física o mental, contagiosa o incurable.
  1. LA EMPRESA se obliga a capacitar o adiestrar al EMPLEADO de acuerdo a los planes y programas que existan o se establezcan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente. El EMPLEADO, por su parte, se obliga a cumplir con todos los programas, cursos, sesiones de grupo o actividades que formen parte de los mismos y a presentar los exámenes de evaluación de conocimientos y aptitudes que le sean requeridos, así como obedecer las indicaciones de las personas que impartan la capacitación y adiestramiento. Igualmente, el EMPLEADO tendrá la obligación de capacitar a sus compañeros de trabajo, o a los empleados de las empresas a las que se les presten servicios, cuando así lo solicite LA EMPRESA.
  1. EL EMPLEADO está conforme y se obliga a cumplir con las disposiciones del Reglamento Interior de Trabajo y de las demás disposiciones que le sean aplicables.
  1. El EMPLEADO se obliga a no desempeñar dentro de su jornada de trabajo, trabajos o labores personales, o para terceras personas, actos de comisión mercantil, consignación, intermediación o de cualquier especie aun cuando no sean remunerado, para sí o para personas distintas de LA EMPRESA, ya que su tiempo laboral lo debe destinar al cumplimiento de las labores pactadas en este contrato.
  1. Los gastos o viáticos que se ocasionen en el desempeño de las labores, deberán ajustarse a las políticas que LA EMPRESA determine; pero en todo caso, el EMPLEADO deberá presentar los comprobantes y relaciones de gastos que se requieran, acompañando los documentos que reúnan los requisitos que las leyes fiscales establecen. Pero en todo caso, el  EMPLEADO deberá contar con la aprobación previa de LA EMPRESA para cualquier gasto que realice así como deberá presentar los comprobantes y relaciones.

Leído que fue por las partes este documento, que deja sin efecto cancela o substituye cualquier anterior, una vez enteradas de su contenido, obligaciones y alcance, lo firman de común acuerdo en su fecha.

CIUDAD DE MÉXICO, A _______________.

LA EMPRESA

__________________________________

________________________

________________________ 

APODERADO DE LA EMPRESA

EL EMPLEADO

____________________________

___________________________

...

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