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CONTRATO DE CORETAJE.

douglas0412Apuntes30 de Mayo de 2016

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CONTRATO DE CORRETAJE

Nombre Persona Natural ó Jurídica: XXXXXXXXX

Documento de Identidad ó XXXXXXXX

Domicilio de la empresa: XXXXXXXXXX

Nombre del corredor: ___________________________________________

Domicilio del asesor: ___________________________________________

Lugar y fecha de nacimiento: ______________________________________

Oficio que desempeña el asesor: CORREDOR

Fecha de Iniciación: ___________________________________________

Modo de Pago: Comisiones

Pagadero: Quincenas Vencidas

Lugar donde se desempeñara: ________________________________ -

Lugar Contratación: XXXXXXXX

Celular: ___________________________________________

Email o Correo electrónico ___________________________________________

I. PARTES

1). XXXXXXXXXXX es una persona natural, mayor de edad, identificado con la Cedula de Ciudadanía numero _______________, expedida en ____________________ quien actúa en su calidad auto Representante Legal, quien para todos los efectos de este contrato se denominara LA EMPRESA .

2). Yo, _____________________________________________ mayor de edad, con domicilio principal en ______________________

E identificado con CC No. _______________________, expedida en la ciudad de: _________________________________________

Y en en delante de denomira EL CORREDOR.

II. CONSIDERACIONES.

Considerando que:

1). ________________________________________________ es LA EMPRESA.

2). OBJETO: en desarrollo del presente contrato el CORREDOR por sus conocimientos especiales del mercadeo, se encargara de promocionar los productos y servicios mediante la implementación de una estrategia comercial, logrando el desarrollo independiente de sus objetos sociales, permitiendo a las personas naturales objeto de la estrategia, en adelante LOS CLIENTES y/o el(los) potencial(les) cliente(es), un acceso fácil y eficiente a las líneas de financiación y/o crédito que ofrece XXXXXXXXX. y por la otra, de tal forma que se presente una oferta atractiva e integral dentro del mercado bajo los términos especificados en este contrato y a cambio de una comisión.

3). EL CORREDOR, quien tiene amplia experiencia en la consecución de estas fuentes, esta interesada en cumplir con estas tareas.

Teniendo presente las anteriores consideraciones las partes acuerdan celebrar el presente contrato de corretaje, con el objeto de que quede completa claridad sobre el contenido de las obligaciones de cada una de las partes, el alcance de sus esfuerzos conjuntos y la independencia de sus objetos sociales, el cual se regirá por lo contenido en él y por lo dispuesto en los artículos 1340 y siguientes de Código del Comercio.

II: ESTIPULACIONES

CLAUSULA PRIMERA – OBJETO: El objeto del presente convenio es facilitar a LOS CLIENTES el conocimiento de la línea de financiamiento ofrecida por las empresas a quienes XXXXXXXXXX realiza intermediación, así como la posibilidad de acceder a ella, de tal forma que se les permita acceder al crédito ofrecido por EL CORREDOR, quien gestionara para EL CLIENTE una cualquiera de las siguientes alternativas:

1). La consecución personas que estén interesadas en hacer parte de XXXXXXXXX., previo el lleno de los requisitos en los Estatutos de la misma y en la legislación Cooperativa existente hasta la fecha.

2). La consecución de uno o más Asociados de la Cooperativa, que celebren con EL CLIENTE cualquier contrato que tenga por objeto la comercialización de productos que comercializa XXXXXXXXXX., todo esto dentro del marco establecido en los estatutos y en la Ley.

CLAUSULA SEGUNDA. EL CORREDOR declara no estar laboralmente vinculado a XXXXXXXXXXXXX., por lo tanto el presente contrato, no genera relaciones de colaboración, subordinación, dependencia, o mandato o representación.

PARAGRAFO: En virtud del presente contrato, entre EL CORREDOR y LA EMPRESA no surgirán relaciones de colaboración, subordinación, dependencia, mandato o agencia, ni de Representación. Adicionalmente, queda expresamente convenido y aceptado por las partes, que EL CORREDOR no podrá ser considerado en ningún caso, y bajo ninguna circunstancia como representante o agente de LA EMPRESA.

CLAUSULA TERCERA. EL CORREDOR deberá actuar de manera personal en el desarrollo del presente contrato pero adicionalmente podrá utilizar a sus agentes, asesores comerciales, o empleados diferentes del mismo para ejecutar el objeto de este contrato, cumpliendo y aceptando las siguientes políticas:

1. EL CORREDOR: Se constituye en obligaciones del CORREDOR las siguientes

2. Promocionar adecuada y eficazmente los PRODUCTOS Y SERVICIOS que ha bien comercializa LA EMPRESA

3. Difundir suficiente, amplia, veraz y oportunamente la información de los distintos PRODUCTOS Y SERVICIOS OFRECIDOS a los clientes potenciales bajo los parámetros y políticas fijadas para el efecto por LA EMPRESA.

4. Informar y asesorar a los potenciales y futuros clientes, sobre todas las condiciones generales y efectos económicos y jurídicos de cada uno de los contratos a suscribir de los PRODUCTOS Y SERVICIOS ofrecidos como consecuencia de su labor de corretaje.

5. Presentar a LA EMPRESA las personas naturales que de conformidad con su gestión de intermediación comercial e investigaciones de mercadeo cumplan los requisitos para ser admitidos como clientes.

6. Abstenerse de promover la vinculación de clientes respecto de los cuales no tengan pleno conocimiento y certeza de la procedencia de sus recursos y naturaleza de sus actividades (SIPLA), so pena de responder por eventuales perjuicios que sufra LA EMPRESA por las vinculaciones que promueva EL CORREDOR en incumplimiento de este deber

7. Instruir y ayudar al diligenciamiento de todas y cada uno de los formularios para solicitudes de cada uno de los PRODUCTOS Y SERVICIOS que comercializa la EMPRESA

8. Suministrar cualquier información que sobre el cliente le sea solicitado.

9. Prestar sus servicios con toda la calidad, diligencia, rectitud, integridad, lealtad y buena fe requeridos para la ejecución de la labor encomendada, aceptando desde ahora la responsabilidad que le corresponda por el incumplimiento de este deber.

10. Mantener la confidencialidad respecto de toda la información verbal o escrita, tangible o intangible, bases de datos, procedimientos, manuales, instructivos, y documentos de LA EMPRESA o de sus clientes llegase a conocer EL CORREDOR en virtud de la ejecución de este contrato comprometiéndose a no divulgar dicha información a persona o entidad alguna sin autorización expresa de LA EMPRESA y salvo que la misma sea requerida por autoridad competente,

11. Suministrar información sobre circunstancias que conozca y que pueden influir en cualquier forma, en la vinculación de los clientes mediante cualquier PRODUCTO O SERVICIO en la prevención de lavado de activos.

12. No recibir dinero en efectivo, cheque girados a su nombre o cualquier tipo de comisión de parte de los clientes cuya vinculación ha promovido EL CORREDOR con ocasión del desarrollo del presente contrato.

13. En caso de retiro de LA EMPRESA, el CORREDOR deberá devolver dentro del día hábil siguiente a la fecha de terminación del presente contrato, toda la información base de datos, y/o documentación, papelería y herramientas de trabajo que LA EMPRESA le haya suministrado, así como entregar toda la información suministrada por los clientes en desarrollo del presente contrato.

14. No negociar parcial ni totalmente con terceros, la ejecución, total o parcial del presente contrato ni participar las comisiones que le corresponden por el mismo, salvo autorización previa y escrita de LA EMPRESA, en tal sentido, el presente contrato solamente puede ser ejecutado por la persona con la que se ha celebrado.

15. Suministrar a LA EMPRESA con la periodicidad que esta exija informes sobre la labor desempeñada por EL CORREDOR detallando aquellos aspectos que la empresa requiera.

16. EL CORREDOR manifiesta que su(s) agente(s), o asesor(es) o empleado(s) no está(n) actualmente inscrito como CORREDOR de LA EMPRESA, por esta causa los agentes, asesores, o empleados son exclusivos del EL CORREDOR.

17. En caso de evidenciarse que LA EMPRESA está manejando asesores o agentes comerciales vinculados ya previamente por EL CORREDOR, esta conducta será tomada como anómala y por lo tanto dará lugar a la terminación del presente contrato, por justa causa.

18. Las partes desde ahora aceptan que este contrato es de orden comercial, por lo tanto no genera relación laboral, entre las partes ni con sus empleados por no existir dependencia o mandato.

19. La remuneración de los empleados, vendedores, agentes y asesores de EL CORREDOR, serán única y exclusivamente a cargo de EL CORREDOR.

CLAUSULA CUARTA - NATURALEZA DEL CONTRATO: El presente contrato es de naturaleza mercantil y por lo tanto se le aplicaran las disposiciones consagradas en los artículos 1340 y siguientes de este ordenamiento. En virtud de lo anterior EL CORREDOR no está vinculado con LA EMPRESA por ninguna relación de colaboración, mandato o representación.

PARAGRAFO: Así mismo y dada la naturaleza de este contrato EL CORREDOR se compromete a prestar sus servicios en forma autónoma, lo cual por su naturaleza estrictamente civil, no dará lugar a pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones o cobertura patronal en materia de salud, pensiones y riesgos profesionales.

CLAUSULA QUINTA. CUANTIA. No existe un límite

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