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Comercio y política en materia de competencia


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2012  •  7.227 Palabras (29 Páginas)  •  379 Visitas

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CAPÍTULO 23

Comercio y política en materia de competencia

El tema de la interacción entre el comercio y la política en materia de

competencia se añadió al programa de trabajo de la OMC a raíz de la decisión

adoptada en la Conferencia Ministerial de Singapur en 1996. Se prevé que el

Grupo de Trabajo que se ha establecido estudiará y analizará “las cuestiones

que planteen los Miembros acerca de la interacción entre comercio y política de

competencia, incluidas las prácticas anticompetitivas”, e identificará

“cualesquiera áreas que puedan merecer ulterior atención en el marco de la

OMC”

. En esa tarea analítica se espera que el Grupo tenga en cuenta las

disposiciones del Acuerdo sobre las Medidas en materia de Inversiones

relacionadas con el Comercio, los preceptos del ordenamiento de la OMC sobre

la inversión y la política en materia de competencia y los debates del Grupo de

Trabajo del Comercio y las Inversiones.

34

Los problemas de la política en materia de competencia en el comercio

internacional

Definición de la política en materia de competencia

La expresión “política en materia de competencia” se usa con diversos sentidos

según los países y según los contextos. En su sentido más amplio, abarca todas

las políticas que se refieren a la competencia en los mercados, en particular la

política comercial, la política reguladora y las medidas adoptadas por el Estado

para combatir las prácticas anticompetitivas de las empresas, públicas o

privadas. En sentido estricto, la expresión se utiliza para referirse a este último

aspecto, es decir, las leyes o políticas que regulan el comportamiento

anticompetitivo de las empresas.

Razones de la inclusión del comercio y la competencia en el programa de

trabajo de la OMC

La preocupación ante los efectos desfavorables que pueden tener las prácticas

comerciales anticompetitivas (a menudo llamadas “prácticas comerciales

restrictivas”) ya se manifestó hace 50 años, cuando se creó el GATT. El proyecto

de la Carta de La Habana de 1947 contenía, además de disposiciones sobre la

política comercial, preceptos sobre las prácticas comerciales restrictivas y sobre

el establecimiento de una Organización Internacional del Comercio. La Carta

de La Habana no pudo llevarse a la práctica porque el Congreso de los Estados

Unidos no llegó a ratificarla. Las disposiciones de la Carta en materia de política

comercial se utilizaron para establecer el GATT, pero los esfuerzos por

incorporar en él reglas sobre la política en materia de competencia quedaron

frustrados por las divergencias de opinión entre los países participantes en

34 Declaración Ministerial de Singapur, párr. 20.

308 Capítulo 23 – Comercio y política en materia de competencia

cuanto a la necesidad de incluirlas. Desde entonces, algunos países han

propuesto normas internacionales en esta esfera en las deliberaciones del

GATT, pero esas propuestas no han sido respaldadas con determinación.

En los últimos años, el creciente interés manifestado en los debates por la

política en materia de competencia puede atribuirse a muchos factores. Cuatro

de ellos se apuntan a continuación.



Hay una conciencia cada vez más clara de que, conforme se van eliminando

los obstáculos oficiales gracias a los sucesivos ciclos de negociaciones

comerciales, crece la importancia de las restricciones comerciales y las

distorsiones resultantes de las prácticas de las empresas.



A esa circunstancia se une la creciente integración de la economía mundial,

espoleada no sólo por la liberalización del comercio, sino también por la

enorme expansión de la inversión extranjera directa (IED). Por ello las

prácticas anticompetitivas de las empresas vienen adquiriendo cada vez más

una dimensión transfronteriza, que incide en varios países y, en algunos

casos, en el mundo entero.



Otro de los factores ha sido la multiplicación de las reglas internacionales

que, en los niveles bilateral, regional y multilateral, protegen los intereses de

las sociedades extranjeras que operan en el territorio de un país. Por ejemplo,

en la OMC hay ahora, a raíz de la Ronda Uruguay, reglas comerciales de esa

naturaleza en la esfera de los servicios y de la propiedad intelectual, y un

grupo de trabajo estudia la relación entre el comercio y la inversión. Algunos

países creen que esas reglas internacionales deben ir acompañadas por una

cooperación

...

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