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Comosiones Administrativas De Divisas ( Cadivi)


Enviado por   •  19 de Junio de 2013  •  4.393 Palabras (18 Páginas)  •  336 Visitas

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 sesión.

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Haga clic en la opción “Datos Personales” y complete la información correspondiente. COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI)

1. ¿QUIÉNES SOMOS?

La Comisión de Administración de Divisas o CADIVI, es un órgano regulador adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Finanzas de la República Bolivariana de Venezuela, fue creada en el año 2003 a través del decreto de control cambiario que impuso el gobierno el 5 de febrero de ese mismo año. Actualmente la encabeza Manuel Antonio Barroso como presidente.

La fuga de capitales era la mayor preocupación del gobierno nacional, debido a la fuerte especulación que merodeaba en la población, a raíz de ello, mediante un decreto el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, el 5 de febrero de 2003, creó la Comisión de Administración de Divisas junto con el Proceso de Control Cambiario.

 Misión

Administrar, coordinar y controlar la ejecución de la política cambiaria del Estado venezolano, con el propósito de contribuir al desarrollo integral de la Nación y al fortalecimiento de nuestra soberanía.

 Visión

Ser una organización modelo de gestión en administración, coordinación y control de la política cambiaria del Estado venezolano, a partir de la integración del talento humano y el factor tecnológico.

 Valores Institucionales

 Compromiso

 Sentido de pertenencia (Identidad)

 Ética (Profesionalidad y Honradez)

 Eficiencia

 Eficacia

 Transparencia

 Participación

 Solidaridad

2. SISTEMA CAMBIARIO

CADIVI, una medida necesaria

A comienzos del 2002, todos los indicadores económicos auguraban para el primer semestre de ese año, una recuperación económica progresiva del país. Pero factores externos, manejados por sectores políticos y económicos, contrarios a los planes de recuperación trazados por el Gobierno Nacional, pusieron freno y colocaron en franco retroceso la economía venezolana: Golpe de Estado del 11 de abril, fuga de capitales, especulación, evasión fiscal y un paro con sabotaje a la industria petrolera, principal fuente de ingresos del país.

Las consecuencias de estas acciones adversas al interés nacional causaron un impacto inmediato, que se tradujo en: disminución de las reservas internacionales y de los ingresos petroleros, merma en los aportes al fisco, desestabilización del valor externo de la moneda, incertidumbre, inversión para atender la contingencia ocasionada por el desabastecimiento de combustible y algunos rubros alimenticios de primera necesidad, a raíz del paro, entre otros.

La economía venezolana fue golpeada duramente y estaba al borde de un colapso comenzando el 2003, año en el que precisamente de acuerdo con las proyecciones macro-económicas, se lograría la consolidación de programas sociales destinados a mejorar la calidad de vida de toda la población.

Ante esta situación, el Gobierno Nacional decidió tomar una medida económica, que se mantendrá hasta que los efectos perniciosos causados a la economía nacional, desaparezcan y se de paso al crecimiento sostenido que se intentó frustrar.

El 5 de febrero, se establece así un régimen de control cambiario, tras un convenio suscrito por el Ministerio de Finanzas, en representación del Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela.

Para la implementación de dicho convenio, el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, decretó el 05 de febrero de 2003, la creación de la Comisión de Administración de Divisas, Cadivi.

Cadivi nace con la misión de administrar con eficacia y transparencia, bajo criterios técnicos, el mercado cambiario nacional y asume el reto de contribuir con su buena ejecutoria y el concurso de otras políticas, al logro de la estabilidad económica y el progreso de la Nación, consagrados como principios soberanos en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.

3. BASE JURÍDICA

Decreto N° 2.330

06 de marzo de 2003, HUGO CHAVEZ FRIAS; Presidente de la República

En ejercicio de la atribución que me confiere el numeral 16 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en los artículos 73 y 110 de la Ley del Banco Central de Venezuela, en concordancia con lo previsto en los artículos 46 y 51 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; artículo 8° numeral 2 del Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Central, y el artículo 2° del Convenio Cambiario N° 1, suscrito entre el Ministro de Finanzas y el Presidente del Banco Central de Venezuela, en Consejo de Ministros,

4. ¿QUÉ ES UN CONTROL DE CAMBIO?

Un control de cambio es un instrumento de política cambiaria que consiste en regular oficialmente la compra y venta de divisas en un país. De esta manera, el Gobierno interviene directamente en el mercado de moneda extranjera, controlando las entradas o salidas de capital.

 ¿Es una buena o mala medida?

El control de cambio no es bueno o malo por sí mismo. Su efectividad depende de las causas que lo han hecho necesaria, de los objetivos de su aplicación y de la forma en que opere en la práctica.

 ¿Qué lo puede ocasionar?

Situaciones de alta inestabilidad que amenacen la seguridad económica de una nación, siendo algunas de ellas:

•Una fuerte pérdida de reservas internacionales.

•Una aceleración de la devaluación de la moneda nacional, producto de una precipitada salida de capitales y de movimientos especulativos.

•Una crisis bancaria o financiera.

•Una situación de conmoción política y social que amenace la estabilidad

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