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Contratación internacional


Enviado por   •  20 de Abril de 2023  •  Tareas  •  2.201 Palabras (9 Páginas)  •  29 Visitas

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CONTRATACION INTERNACIONAL

Alejandra Robayo

Lenis Boris Vargas

Contratación internacional

Bogotá D.C

2022

CONTRATO DE SUMINSITRO

Sujeto : Suministrado o consumido,  Suministrante o proveedor, en algunos casos el suministro es propiedad del consumidor bajo los efectos del objeto en el contrato, estos podrán ser consumidos, donados, destruidos etc,, que se considera como variedad de compraventa , en todos no existe tal transmisión de propiedad si no una especie de alquiler ya se de maquinaria , muebles, equipos entre otros

Obligación y derechos:

obligación del Suministrador. proveedor

  1. Entregar las cosas objeto del suministro en el lugar y en el plazo pactado. Las entregas deben ser continuas o periódicas según el carácter del contrato.
  2. Transmitir la propiedad de los bienes objeto del suministro. Como los bienes son muebles y cosas genéricas.
  3. La obligación de garantizar las cualidades de la cosa.
  4. Es obligación del suministrador responder de la evicción, la responsabilidad del saneamiento ya sea por evicción o por vicios ocultos puede renunciarse.

Derechos del Suministrador. proveedor

  1. circunscribir su suministro a ciertos consumidores, ciertas áreas especiales o lineamientos de exclusividad o preferencia
  2. Recibir, en la forma y términos pactados, el precio que para el suministro se hubiera pactado
  3. Hacerse beneficiario de los subsidios o privilegios fiscales que los reglamentos le otorguen, sobre todo si se tratara de servicios o satisfactores que realmente merezcan el apelativo de públicos.

Obligaciones de suministrado- consumidor

  1. La primera y prácticamente única obligación, es pagar el precio pactado. EI precio, no es necesariamente en dinero: puede ser en especie, o parte en dinero y parte en especie.
  2. Otra obligación del suministrado es recibir la cosa objeto del suministro
  3. Cuidar con el mejor esmero los equipos o efectos que sean objeto o parte del objeto suministrado, y de los que no se le haya transmitido la propiedad

Derechos del Suministrado- consumidor

  1. -Exigir el cumplimiento periódico y continuo de la obligación del suministrador.

Elementos esenciales según nacional

  • Objeto: El cumplimiento de prestaciones, periódicas o continuas, de bienes o servicios, con autonomía de las partes
  • Volumen y Periodicidad de las prestaciones: Las partes deben pactar los bienes o servicios, las fechas de entrega y el precio.

Muchas veces las partes guardan silencio sobre el particular, lo que ocasiona un vacío que debe de ser llenado con las siguientes disposiciones

  1. Las partes no han pactado las cantidades, pero han fijado los topes máximos y mínimo el consumidor determinara las cantidades dentro de su marco
  2. si se han señalado un tope máximo , el consumidor determinara la cantidad sin sobrepasar este
  3. si se han remitido a las necesidades o capacidad de consumo del beneficiario señalando un tope mínimo, el consumidor podrá elegir de acuerdo con sus necesidades y capacidad de consumo
  4. si no se ha establecido ni un mínimo ni máximo, se entenderá que el consumidor podrá pedir las cantidades necesarias para su consumo ordinario
  • La calidad: La cosas que se suministran deben tener una calidad fijada , pues en caso contrario se tiene derecho a rechazarlas como señala el artículo 373 del Código de Comercio, en que las partes deben aceptar la decisión que un tercero dé, con base en las muestras o calidades que sirvieron de base al contrato.

  • La cantidad: En el contrato se señala la cantidad a suministrarse, si de tal manera no se determina la cantidad, se entiende que el suministro se hace en razón a una normal necesidad, esto por otra parte es una garantía para el proveedor de que su mercancía no se quede sin venderse,
  • El precio: El precio se puede determinar tomando aisladamente cada prestación; si las partes no lo pactan, ni siquiera de manera determinable, se entiende que aceptan el precio medio de las cosas en el lugar y día de cumplimiento o en el domicilio del consumidor. El precio puede pagarse por anticipado, o por cada entrega, si se señala un precio éste no puede ser modificado al arbitrio de una sola de las partes; si dicho plazo lo señala una de las partes, debe dar un preaviso prudencial a la otra parte, sobre la fecha en que debe cumplirse la prestación        
  • carácter periódico: se debe pagar inmediatamente
  • carácter continuo: conformidad con la costumbre
  • Causa: El móvil que induce a la celebración del contrato, es asegurar por cierto tiempo varias prestaciones o la prestación continuada de bienes o servicios.
  • Clausula de exclusividad: las partes no pueden recibir o entregar materias objeto del contrato, diversas, y al mismo tiempo se comprometen a no contratar en la misma forma con otros sujetos.

El suministrado adquiere así la seguridad de no tener competencia en la misma zona y el suministrante de que no se venderá otra mercancía que pueda competir con la suya

Incumplimiento del pacto: Si alguna parte infringe alguna “regla” en cuyo caso, la violación al pacto confiere a la parte perjudicada, la facultad de pedir la rescisión del contrato, , que el incumplimiento del pacto no rescinda el contrato, es decir, si una de las partes viola el pacto, el único efecto que este acto provocaría, sería que la parte que no tuviere culpa, dejaría de tener el compromiso de atender a la otra en forma exclusiva, pero el suministro de las cosas continuaría haciéndose.

La violación del pacto de exclusiva implica no sólo que una de las partes deje de proveer o de adquirir según sea el caso, sino también cuando el proveedor entrega productos inservibles o defectuosos que ocasione la imposibilidad de usarlos o de colocarlos entre la clientela, o se provoque una competencia desleal.

Características:

Consensual: El Código de Comercio en su regulación no establece formalidad alguna para su formación y perfeccionamiento, lo que quiere decir que basta con el acuerdo verbal de los contratantes sobre los factores esenciales para que el contrato exista entre ellos y genere las obligaciones propias de esta forma de contratación. Sin embargo, la seguridad de las partes para el ejercicio de sus derechos recíprocos aconseja que se materialice por escrito.

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