LA CONTRATACIÓN EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
michel12345678912 de Julio de 2013
14.504 Palabras (59 Páginas)392 Visitas
El Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA),
por medio del Área de Competitividad Agroempresarial busca ayudar
a los países a identificar y aprovechar las oportunidades que ofrece el
mercado, así como apoyar la institucionalidad pública y privada que
favorece el desarrollo competitivo de los agronegocios.
En enero del 2004, el IICA puso en marcha el Programa interamericano
para la promoción del comercio, los negocios agrícolas y la inocuidad de los
alimentos, cuya sede se situó en la ciudad de Miami, en Florida, EE.UU.
Esta iniciativa surgió con el mandato de brindar una mayor cooperación
técnica para fortalecer la capacidad empresarial de las pequeñas y
medianas agroempresas de los países miembros del IICA, ayudar a
identificar oportunidades comerciales y proporcionar información que,
al facilitar la toma de decisiones, sirviera para fomentar el comercio.
Las actividades llevadas a cabo por el programa hasta la fecha han
permitido identificar un conjunto de necesidades que parecen ser
comunes entre los pequeños y medianos agroempresarios de las Américas.
Estas necesidades se han agrupado en “temas prioritarios” y su análisis
se publica ahora en lo que de manera general se ha denominado Series
de Agronegocios, publicación que tiene como fin, justamente, ayudar a
fortalecer la competitividad de las pequeñas y medianas agroempresas
del hemisferio. Una de las secciones, Cuadernos para la exportación,
busca, en particular, compartir conceptos y nociones que puedan
facilitarles la toma de decisiones a quienes deseen incursionar con éxito
en el mercado internacional.
El presente documento ha sido elaborado como una guía rápida de
aspectos básicos que un exportador debe considerar a la hora de firmar
un contrato para formalizar la relación con su cliente. Confiamos en
/ Serie de Agronegocios
que se constituya en un instrumento de consulta permanente para
los pequeños y medianos agroempresarios. A la vez, desde el IICA,
esperamos contribuir a fortalecer su competitividad y a mejorar sus
condiciones de vida.
Atentamente,
Miguel García Winder
Director de Competitividad agroempresarial
Programa interamericano para la promoción del
comercio, los negocios agrícolas y la inocuidad de los alimentos
Oficina del IICA en Miami
La contratación en el comercio internacional /
Introducción
Para los empresarios, los exportadores y los asesores, el tema de la
contratación siempre ha despertado inquietud, interrogantes y, a
veces, hasta temores, debido a las malas experiencias —propias y
ajenas—, y a la dificultad de entender un lenguaje escrito por y para
abogados.
La formalización de un negocio a través de la firma de un contrato,
muchas veces no forma parte de los hábitos empresariales en algunos
países. Sin embargo, día a día contratamos servicios y firmamos
contratos: un servicio de teléfono celular o una tarjeta de crédito,
por ejemplo. En el caso del comercio internacional, el tema adquiere
características peculiares, porque, con frecuencia, las empresas dejan
de lado esta cuestión, sea por ignorancia, por no tomarse el tiempo
para ello o, sencillamente, por creerlo innecesario. Cuántas operaciones
comerciales han resultado en un fracaso por no tener un documento
firmado con todas las reglas del juego claramente establecidas.
El presente documento se ha elaborado como una guía breve para
dar a conocer al exportador los aspectos principales que rigen
el tema de las contrataciones. A manera de referencia, se utiliza
mayormente el entorno legal de los Estados Unidos. El documento
contiene terminología legal más o menos compleja, pues, aunque
hemos intentado ser lo más claros y didácticos posible, no hemos
querido sacrificar términos y conceptos que el empresario tendrá
que enfrentar en algún momento en la práctica. Esta guía, busca,
entonces, generar el conocimiento mínimo para entender uno de los
aspectos más importantes y decisivos de los negocios internacionales:
las relaciones contractuales.
El texto se encuentra dividido en dos partes. La primera presenta una
introducción al tema contractual; la segunda se centra en cuatro tipos
de contrato: el contrato de compraventa, el de distribución, el de
intermediación, y, por último, el relativo a las licencias. Un último
apartado ofrece una serie de consejos relativos a la negociación
propiamente dicha, que pueden resultar indispensables al momento
de realizar los primeros acercamientos comerciales.
/ Serie de Agronegocios
La contratación en el comercio internacional /
¿Qué es un contrato?
Según la Real Academia Española, un contrato es un “pacto o convenio, oral
o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a
cuyo cumplimiento pueden ser compelidas”.
Desde una perspectiva más práctica, un contrato puede resumirse en los
siguientes cuatro puntos fundamentales:
- Es un acuerdo, por lo general escrito, entre dos o más partes.
Los actos unilaterales (de una sola parte), para efectos de nuestro
análisis, no se entienden como contratos, si bien existen como
contratos en el contexto legal general.
- Contiene derechos y obligaciones. El documento determina qué
tipo de reglas deben seguir las partes.
- Sirve para normar una relación comercial (por ejemplo, una
compraventa o una distribución).
- Es, por lo general, por un tiempo determinado (casi siempre se
determina cuánto durará el contrato).
¿Es necesario hacer un contrato en una relación comercial?
Eso depende de varios factores, en especial si se trata de actividades de
comercio internacional o de exportaciones. En primer lugar, se debe
tener en cuenta el tipo de transacción que se quiere garantizar. Una
simple compraventa al contado, por una pequeña cantidad monetaria,
aun cuando sea al mercado externo, no precisará de un contrato formal,
SECCIÓN I
Los contratos en general
10 / Serie de Agronegocios
de un documento escrito y autorizado por las partes. De hecho, muchas
facturas comerciales actúan como un contrato y esta es una práctica
aceptada en muchos países.
En casos que impliquen mayor capital, mayor compromiso y mayor
riesgo sí se recomienda elaborar un contrato. Ahora bien, esto depende
del tamaño de la empresa y del impacto financiero de la operación,
pues lo que para una empresa puede ser una cantidad muy baja, para
otra puede significar un capital de trabajo importante. En los casos
siguientes se recomienda suscribir un contrato: i) cuando se trata de una
distribución de productos por un período de seis meses, en los que el
exportador compromete cierto capital de trabajo, invierte en maquinaria
o insumos nuevos y necesita que se le garantice el cumplimiento de los
pedidos; ii) cuando el monto de la exportación es muy alto en relación
con el capital de la empresa. En estos casos, es justificable conseguir la
asesoría legal necesaria para determinar los modelos de contrato que
se van a necesitar y en los que habría que aclarar todos los escenarios
posibles de la relación comercial, principalmente los de incumplimiento
y la forma de resolverlos.
Adicionalmente, se debe de tener en cuenta el lugar de aplicación
del documento y ver las posibles ventajas para el exportador. Algunas
jurisdicciones pueden resultar atractivas por su cercanía y por el bajo
costo que supone su utilización (en este caso, la jurisdicción de la empresa
exportadora), otras pueden serlo por la confianza y por la certidumbre en
la aplicación de las leyes (la jurisdicción del destino, por ejemplo, en los
Estados Unidos). También, en caso de diferencias en la relación comercial
se puede recurrir a los métodos alternativos de solución de controversias
(arbitraje comercial).
Por último, es necesario constatar si, para efectos de su validez, los
documentos contractuales deben registrarse, sobre todo en lo que se refiere
al país de destino1.
1. A manera de ejemplo, podemos señalar que, como regla general, en los países de derecho
anglosajón, como es el caso de los Estados Unidos, los contratos de tipo privado, tales
como la compraventa o la distribución, no se inscriben en los registros de comercio,
salvo las excepciones que presentan ciertos estados y que escapan al análisis de este
documento.
La contratación en el comercio internacional / 11
¿Hay alguna normativa en general aplicable a los contratos que
se realizan en el comercio internacional?
En 1980, en la ciudad de Viena, la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) realizó una conferencia para regular el tema de la contratación
en el comercio de mercancías, conferencia que se dio en llamar la
“Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa
internacional
...