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Contrato de Arrendamiento - Apuntes varios


Enviado por   •  28 de Marzo de 2016  •  Trabajos  •  1.170 Palabras (5 Páginas)  •  244 Visitas

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Abog. Xxx

I.P.S.A.  Nº

Entre: Fxxxxx, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, jurídicamente hábil, titular de la Cedula de Identidad Nº V-xxxx y de este domicilio, quien para los efectos de este contrato se denominará “LA ARRENDADORA”, por una parte; y por la otra, la Sociedad Mercantil denominada Gxxxx, C.A., empresa de este domicilio y debidamente inscrita por ante ese Registro Mercantil Tercero, en fecha xx de Mayo del año xxxx, bajo el No. xx,  Tomo xx-A, y representada en este acto por la ciudadana Fxxxxx, quien es venezolana, mayor de edad, comerciante, jurídicamente hábil, titular de la Cedula de Identidad Nº V-xxxx y de este domicilio, en su carácter de Representante, quien en lo adelante y a los mismos efectos se denominará “LA ARRENDATARIA” se ha convenido en celebrar este “Contrato de Arrendamiento”  a tiempo determinado y según las cláusulas que se determinan a continuación: PRIMERA: “LA ARRENDADORA”, cede en arrendamiento a “LA ARRENDATARIA”, y ésta así lo recibe, un (01) local comercial con un área total de diecinueve metros cuadrados con cincuenta y seis centímetros cuadrados (19,56 mts2), es decir, mide tres metros con veintiséis centímetros (3,26 mts) de frente por seis metros (6 mts) de fondo, distinguido por las siglas A-1 del No. xx, ubicado en la ciudad de xxx, calle xxx, entre calle xxx y calle xxx, Jurisdicción de la Parroquia xxx, Municipio xxx del Estado xxxx.  SEGUNDA: Las partes convienen que el canon arrendaticio será la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,oo) mensuales los primeros seis (06) meses del Contrato, y TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 3.500,oo) mensuales los restantes seis (06) meses del Contrato, que “LA ARRENDATARIA” se compromete a pagar puntualmente a “LA ARRENDADORA” por mensualidades adelantadas los primeros cinco (5) días de cada mes y depositadas en el Banco xxx a la Cuenta Corriente Nº xxxxx propiedad de  “LA ARRENDADORA”. TERCERA: El término de duración de este contrato es de UN (01) AÑO, contado a partir de la firma del presente contrato, pudiendo ser prorrogado por períodos iguales, siempre y cuando “LA ARRENDATARIA” cumpla oportunamente con todas y cada una de las cláusulas aquí estipuladas, y “LA ARRENDADORA” esté interesada en continuar con la prórroga de dicho Contrato. CUARTA: “LA ARRENDATARIA” se obliga a  utilizar el inmueble arrendado única y exclusivamente para los fines comerciales establecidos en el Objeto Social de la Sociedad Mercantil que representa, caso contrario, deberá obtener de manera obligatoria permiso por escrito dado por la Arrendadora, comprometiéndose a no expender los mismos productos que vende el local ubicado al lado que también es otro anexo del mismo Inmueble. QUINTA: Será de exclusiva cuenta de “LA  ARRENDATARIA”, los gastos por concepto de energía eléctrica, agua, aseo, teléfono, y cualquier otro servicio que tenga la parte que ocupe del inmueble; así mismo, queda obligada a presentar y entregar a “LA ARRENDADORA” los respectivos recibos de los diferentes servicios debidamente cancelados. SEXTA: “LA ARRENDATARIA”, declara recibir el local arrendado en perfectas condiciones de limpieza, conservación y funcionamiento, y se obliga a devolverlo en las mismas excelentes condiciones en que lo recibe a la finalización del presente contrato. SEPTIMA: Las modificaciones y mejoras que se le hagan al local objeto de este contrato serán por cuenta de “LA ARRENDATARIA”, y las mismas quedarán en beneficio del local sin que  “LA ARRENDADORA” tenga que cancelar su costo, y en el entendido que éstas deberán ser previamente autorizadas por escrito por “LA ARRENDADORA”. OCTAVA: El incumplimiento por parte de “LA ARRENDATARIA”, de cualquiera de las obligaciones que asume por medio de este contrato, así como la falta de pago de una mensualidad por concepto de arrendamiento será causal suficiente para que “LA ARRENDADORA”, considere automáticamente la resolución de este contrato de pleno derecho y exija la desocupación inmediata del inmueble arrendado, en dicho caso “LA ARRENDATARIA” se compromete a pagar a “LA ARRENDADORA” los daños y perjuicios  a  los  cuales  haya  dado  lugar  por  su  incumplimiento.  NOVENA:

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