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Contrato de gestacion subrogada


Enviado por   •  19 de Abril de 2018  •  Trabajos  •  1.681 Palabras (7 Páginas)  •  154 Visitas

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-------------------LIBRO CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE-----------------

-INSTRUMENTO NOTARIAL TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE ------------------------------ En la ciudad de Villa Hermosa, Tabasco a 3 de febrero de 2017

-MARIO ALBERTO VELAZQUEZ RISCHIA titular de la Notaria numero CINCUENTA Y SEIS de la Ciudad de Villa hermosa, Tabasco, hago constar:

1.- El CONTRATO DE GESTION SUBROGADA ALTRUISTA que celebran por una parte el Sr. JOSE DOLORES RAMIREZ, nacionalidad MEXICANA estado civil CASADO, mayor de edad, con domicilio en CALLE GUADALUPE, NUMERO 23, COLONIA PANAMÁ, MUNICIPIO DE VILLA HERMOSA, ESTADO DE TABASCO y por otra parte la Sra. VANESSA GARCIA, nacionalidad MEXICANA estado civil CASADA, mayor de edad, con domicilio en CALLE GUADALUPE, NUMERO 23, COLONIA PANAMÁ, MUNICIPIO DE VILLA HERMOSA, ESTADO DE TABASCO; la persona moral “SURROGACY BEYOND BORDERS S.A. de C.V, nacionalidad EXTRANJERA (ESTADOUNIDENSE), domicilio fiscal y legal en   CALLE AFRICA, NUMERO 6, COLONIA SAN ANDRES, MUNICIPIO DE VILLA HERMOSA, TABASCO por medio de su representante legal el Sr. HUGO LOPEZ CHAVEZ; y la Sra. MELISA RODRIGUEZ RINCON con el carácter de Madre Subrogante, que es mayor de edad, nacionalidad MEXICANA, con domicilio en CALLE LIRAS, NUMERO 10, COLONIA AQUILES SERDAN, COLONIA DEL SOL, MUNICIPIO DE VILLA HERMOSA, ESTADO DE TABASCO.

Los comparecientes lo efectúan en su propio nombre y derecho, reconociéndose capacidad legal bastante para otorgar el presente documento, por lo que de común acuerdo hacen las siguientes:

DECLARACIONES

PRIMERA. - MELISA RODRIGUEZ RINCON declara ser capaz de procrear y concebir niños, estar de acuerdo con proteger los intereses del niño, acepta que no formará ni intentará formar una relación de madre- hijo con cualquier niño o niños que pueda concebir por subrogación de maternidad, siempre que no se presente ninguna causa que deje en estado vulnerabilidad al hijo o hijos que pudiese esta gestar.

SEGUNDA. - La pareja subrogada aceptan y declaran estar casados desde el 05 de agosto del 2016, los CC. JOSE DOLORES RAMIREZ con VANESA GARCIA, no habiendo contraído matrimonio con alguna otra persona en este Estado, o en algún otro de los que conforme la República mexicana.

Que la señora VANESA GARCIA ha intentado concebir un hijo en un par de veces con su conyugue el Sr. JOSE DOLORES RAMIREZ, pero su útero expulso el feto a los dos meses al primero y al cuarto mes al segundo feto,  motivo que los ha motivado como pareja a recurrir a la maternidad subrogada, mediante su inserción al programa “MATERNIDAD SUBROGADA” en la institución legalmente constituida ante las autoridades registrales y tributarias del Estado de Tabasco “SURROGACY BEYOND BORDERS S.A. DE C.V”, con residencia en el Estado de Tabasco, donde les hicieron del conocimiento y se generó un enlace con la C. MELISA RODRIGUEZ RINCON.

TERCERA. Escogiendo como madre subrogante a la C. MELISA RODRIGUEZ RINCON, quien se someterá libre y voluntariamente a la fecundación in vitro implantando en ella un óvulo fertilizado con material genético de la pareja subrogada, para de esta manera cumplir con el sueño de ser padres biológicos.

CUARTA. Que es parte que tiene interés en el presente contrato la persona moral “SURROGANCY BEYOND BORDERS S.A DE C.V” teniendo a la vista y de la que doy fe, del Acta Constitutiva de esta Sociedad, y en representación de esta el C. HUGO LOPEZ CHAVEZ, del cual doy fe de tener a la vista para cotejo y acredita su representación legal por medio de poder notarial para Actos de Administración otorgado por el administrador único de la moral citada, bajo la fe del Notario 12, en la Ciudad de Villa Hermosa, Tabasco.

CLÁUSULAS

PRIMERA. - La consideración de este acuerdo está en la compensación para los servicios y gastos que de ninguna manera será entendida como una cuota para la terminación de derechos paternales o como un pago a cambio de dar el consentimiento y renunciar al niño en una adopción:

A) Pagando una pensión alimenticia que acuerdan las tres partes de este instrumento notarial, la persona moral “SURROGACY BEYOND BORDERS S.A. de C.V”, los CC. Vanesa García con José Dolores Ramírez, y la C. Melisa Rodríguez Rincón, será en efectivo y directamente a la madre gestante, la cantidad de $20, 000.00°° (Veinte mil pesos M.N) mes con mes a partir de que comience el proceso de fertilización para está ultima, y la C. Melisa Rodríguez Rincón entregara y firmara por cada pago mensual, recibo a la pareja subrogada. Estos pagos se harán en el domicilio que señala en este contrato la madre gestante.

B) La pareja subrogada pagará los gastos incurridos para llevar adelante la gestación, además de todos los gastos del periodo de maternidad dentro de lo que incluye: medico, hospitalización, farmacia, laboratorio, ecos, y terapia, seguro médico mientras dure el embarazo y el pago de apoyo sicológico por un año luego de terminado el periodo de gestación; gastos para transferir la paternidad, adopción, reconocimiento, ADN. Estos pagos se harán de común acuerdo y previa notificación de la moral “SURROGANCY BEYOND BORDERS S.A DE C.V” a la pareja subrogada a la cuenta bancaria 456218921 de la Institución BANCO BANAMEX, GRUPO FINANCIERO BANAMEX S.A DE C.V.

SEGUNDA.- La madre subrogante es consciente, y entiende, que debe asumir todos los riesgos, incluso el riesgo de muerte que es incidental a la concepción, al embarazo y al parto, sabe además que incluye pero no se limita a complicaciones subsecuentes; la madre subrogada para el caso de que los eventos mencionados anteriormente ocurran cuenta con un seguro de vida contratado previamente por la pareja subrogada de tal manera que ayude a la madre subrogante en el caso fortuito de ocurrir los hechos mencionados.

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