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Contratos Mercantiles


Enviado por   •  22 de Abril de 2015  •  2.586 Palabras (11 Páginas)  •  187 Visitas

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Un contrato mercantil es un negocio jurídico bilateral que tiene por objeto un "acto de comercio". Un "acto de comercio" es todo aquél acto regulado en el Código de Comercio, o cualquier otro análogo

VII.- Características de los contratos mercantiles:

Es un medio (instrumento jurídico) de la circulación mercantil.

Es regulado por el Código Civil y el Código de Comercio.

Tiene Libertad de Forma aunque el Estado obliga a realizar numerosas operaciones con arreglo a formas rígidamente preestablecidas. Su intención es la de proteger el interés del público en general.

Reducción del principio de la autonomía de la voluntad en materia de contratación. Los contratos mercantiles se suponen elaborados en igualdad de condiciones por las partes contratantes. Sin embargo, en la realidad, existen compañías privilegiadas que “imponen” su ley a los clientes. Es el caso de contratos bancarios, seguros, transportes, suministros de gas, agua, electricidad, etc. Son los denominados contratos-tipo en los que raramente se realizan modificaciones por exigencias de particulares.

VIII.- Clasificación de los contratos mercantiles:

1. De colaboración asociativa: En estos contratos existe un acuerdo de organización entre varias partes, de los que nace una relación duradera y que va dirigido a regular las relaciones de los socios entre ellos, y las de cada uno con la sociedad. Es ejemplo de este tipo los contratos de sociedad. 2. De colaboración simple: Son todos aquellos mediante los cuales, una de las partes, coopera con su actividad para conseguir el fin de otra. Son la mayor parte de los arrendamientos de servicios como por ejemplo, los contratos de comisión, publicidad, gestorias.

3. De garantía: En este tipo se da como finalidad principal, asegurar el cumplimiento de una determinada obligación. Por ejemplo el contrato de fianza.

4. De cobertura de riesgo: En estos, una de las partes se compromete a cubrir las consecuencias que un determinado riego pueden llegar a producir en la otra parte contratante. Este es el caso de los contratos de seguros y aquí el documento que refleja el contrato se denomina póliza de seguros y para que el contrato tenga efecto el asegurado debe pagar una cantidad de dinero denominada prima.

5. De concesión de crédito: Estos son los que realizan las entidades financieras cuando nos conceden algún tipo de crédito.

6. De custodia: Una de las partes se obliga a guardar o custodiar algo por cuenta de otro. Este es el caso del contrato de depósito turístico o el servicio de caja fuerte en un hotel.

7. De cambio: Tienen como finalidad la circulación de la riqueza, utilizando cualquiera de los medios previstos en derecho, son de destacar en este tipo: Contrato de compraventa: Su finalidad es fijar las condiciones en que el comprador y vendedor han de llevar a cabo la compraventa de un determinado bien o derecho, en el que deben especificarse las personas, los bienes o derechos que son objeto de la compraventa, el precio y las condiciones de pago. Contrato de suministro: Las empresas necesitan obtener diversos suministros como es el caso de la electricidad, agua, gas o teléfono, en este tipo de contrato el suministrador se compromete a llevar a cabo una serie de prestaciones con una continuidad fijada y el suministrado se compromete a pagar el precio establecido, en la gran mayoría de las ocasiones estos contratos son de adhesión, es decir, las condiciones están prefijadas por la empresa suministradora en un contrato tipo.

8.Contrato de hospedaje: Es un contrato atípico, ya que carece de regulación específica, sin embargo se le aplican las normas generales relativas a los contratos. Se trata de un contrato consensual, ya que las partes consienten libremente en obligarse, una de ellas se obliga a prestar alojamiento con los servicios complementarios que procedan a cambio de un precio, y la otra a pagar por los servicios recibidos.

9.Contrato turístico de mediación: En este contrato existe una relación contractual entre un particular y una agencia mediadora, mediante el cual el particular viene a solicitar los servicios de dicha agencia, esta adquiere un servicio por el que paga un precio, siendo su destinatario un cliente, se trata de un acto de comercio pues los servicios adquiridos, lo son a otros empresarios como hoteles, restaurantes, empresas de transporte y otras agencias de viajes.

IX.- Noción de los distintos tipos de contratos mercantiles

Contrato de sociedad mercantil: La sociedad es un contrato y está sometida a las condiciones que el derecho común exige para el perfeccio¬namiento de los contratos en general. Es preciso distinguir entre las condiciones o requisitos esenciales para la validez o para la existencia de todos los contratos ( vistos anteriormente) y los elementos que caracterizan o dan fisonomía propia a cada uno de estos y en cuya virtud la ley les da un nombre particular y les señala efectos determinados.

Características.

1.- Todo contrato de sociedad es eminentemente personal, porque se forma en consideración a las personas contratantes.

2.- Es sinalagmático, porque en el momento de su formación, cada uno de los asociados se obliga a hacer un aporte, y hay entre ellos reciprocidad de obligaciones y derechos.

3.- A título oneroso porque cada uno de los asociados arriesga su aporte respectivo.

4.- Es de buena fe, pues aunque ésta es necesaria en todos los contratos y en todos los actos de la vida, es aún más necesaria, si es posible, en materia de sociedad la cual reposa sobre la confianza que se tienen entre sí los coasociados.

5.- Es al mismo tiempo conmutativo y aleatorio; se observará la reunión de estos dos caracteres que, en general, se excluyen.

6.- Cada uno de los asociados está obligado para con los otros a aportar una cosa cierta, lo que le da el carácter de un contrato conmutativo, cuando se consideran los asociados y la sociedad con relación al objeto que ellos se proponen, que es la probabilidad de ganancias o pérdidas, se encuentra el carácter aleatorio.

- la compraventa comercial: tradicional y electrónica:

Concepto: Artículo 1 474 (cc) : “La venta es un contrato por el cual el vendedor se obliga a transferir la propiedad de una cosa y el comprador a pagar el precio”. El ordenamiento mercantil establece normas especiales que marcan diferencias entre el contrato civil y mercantil.

La venta electrónica:

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