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Contratos Mercantiles


Enviado por   •  5 de Julio de 2015  •  11.146 Palabras (45 Páginas)  •  113 Visitas

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C O N T R A T O S M E R C A N T I L E S

INTRODUCCIÓN

El comercio es una actividad social y económica que implica la adquisición y el traspaso de mercancías. Quien participa de un acto de comercio puede comprar el producto para hacer un uso directo de él, para revenderlo o para transformarlo. En general, esta operación mercantil implica la entrega de una cosa para recibir, en contraprestación, otra de valor semejante. El medio de intercambio en el comercio suele ser el dinero

No obstante, hay que subrayar que hasta la aparición del dinero, las antiguas civilizaciones lo que hacían era llevar a cabo el comercio mediante lo que se denominaba trueque. Esta operación consistía en adquirir un producto en concreto de un vendedor al que se le pagaba otorgándole otro producto que este necesitara.

Y de acuerdo al Código de Comercio serán comerciantes:

Artículo 3o.- Se reputan en derecho comerciantes:

I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria;

II.- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles;

III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.El código de comercio enumera los actos que la ley reputa de comercio en los artículos 632 y 633, el cual nos expresa que

1 ACTOS DE COMERCIO

En el artículo 75 del código de comercio se enumeran los actos que la ley reputa como actos de comercio el cual nos expresa;

Artículo 75.- La ley reputa actos de comercio:

I.- Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados

II.- Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;

III.- Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;

IV.- Los contratos relativos y obligaciones del Estado ú otros títulos de crédito corrientes en el comercio;

V.- Las empresas de abastecimientos y suministros;

VI.- Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;

VII.- Las empresas de fábricas y manufacturas;

VIII.- Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo;

IX.- Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;

X. Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda;

XI.- Las empresas de espectáculos públicos;

XII.- Las operaciones de comisión mercantil;

XIII.- Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;

XIV.- Las operaciones de bancos;

XV.- Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;

XVI.- Los contratos de seguros de toda especie;

XVII.- Los depósitos por causa de comercio;

XVIII.- Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;

XIX.- Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;

XX.- Los vales ú otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;

XXI.- Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;

XXII.- Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;

XXIII.- La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo;

XXIV. Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;

XXV.- Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código. En caso de duda, la naturaleza comercial del acto será fijada por arbitrio judicial.

1.2 DISTINCIÓN ENTRE CONTRATOS CIVILES Y MERCANTILES

La diferencia entre ambos es que mientras los contratos civiles se dan sin ánimo de especulación y tráfico en los contratos mercantiles se da el tráfico de bienes y servicios con fines de lucro.

La mercantilidad de un contrato estará muchas veces en función de la existencia de un: sujeto empresario o comerciante, del objeto-cosa que sea de naturaleza mercantil o del fin d lucro o especulación que anima a la operación.

Los elementos para consideran un acto como de naturaleza mercantil serán;

I. Por disposición de la ley

II. Cuando los que participan son comerciantes

III. Cuando el objeto está destinado al comercio.

1.2.1 PRINCIPIO DE LA AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD DE LOS CONTRATANTES

El principio de la autonomía de la voluntad tiene un papel preponderante en el derecho contractual.

Entendemos que voluntad es querer, lo que implica un acto intencional o una capacidad que decide nuestras acciones; por esp, en tanque acto, es la libertad de hacer algo con pleno conocimiento.

Por otro lado la autonomía permite a esa voluntad funcionar de forma libre e independiente de in poder externo a ella; es el ejercicio del autogobierno.

El contrato es, por su parte, el acuerdo donde las voluntades expresan su

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