ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DEFINICIÓN DE COMPETENCIA


Enviado por   •  26 de Junio de 2022  •  Ensayos  •  1.551 Palabras (7 Páginas)  •  71 Visitas

Página 1 de 7

[pic 1]UNIVERSIDAD DE OTAVALO

CARRERA DE DERECHO

NOMBRE: Daniel Páez Terreros

CURSO: Séptimo “A” Matutino

MATERIA: COGEP

DEFINICIÓN DE COMPETENCIA

El presente artículo tiene como fin, analizar el significado gramatical de la palabra competencia desde un punto del derecho, como también el análisis dentro de la normativa ecuatoriana, diferentes tiempos de competencia que existe. Además, de los elementos, criterios que puedan permitir el entendimiento de dicho tema. Para Carlos Arellano García (2006) la competencia es: 

“visto desde su significado gramatical … como la aptitud legal que tiene un Órgano del Estado para ejercitar derechos y cumplir obligaciones. Respecto al órgano jurisdiccional, en el proceso, la competencia aludirá a la aptitud legal que tiene un órgano del Estado para ejercitar derechos y a la aptitud legal que tiene un Órgano del Estado para ejercitar derechos y cumplir obligaciones referidos al desempeño de la función jurisdiccional ante el caso concreto controvertido en el que ha tomado injerencia (p.352)”.

Por su parte, Ugo Rocco (1959) manifiesta, es “aquella parte de jurisdicción que compete en concreto a cada órgano jurisdiccional, según algunos criterios, que compete en concreto a cada órgano jurisdiccional, según algunos criterios, a través de los cuales las normas procesales distribuyen la jurisdicción entre los varios órganos ordinarios de la misma (p.326).”

Y finalizamos con lo que es Para Giuseppe Chiovenda (2001), es “el conjunto de las causas en que puede ejercer, según la ley, o jurisdicción, y en otro, se entiende por competencia esta facultad del tribunal considerada en los límites en que le es atribuida (p.175).” 

En conclusión, de estos conceptos se puede entender que la competencia trata sobre la actitud legal que tiene un órgano de Estado, con el fin de poder cumplir sus derechos y obligaciones, es decir, la competencia es marco reducido, especifico y concreto dentro el cual le permite tener sus actuaciones al juez. En definitiva, la competencia es el conjunto de reglas que determinan el tipo y la jerarquía del tribunal que la ley ordena que conozca de un determinado asunto. Esto concuerda con la normativa en el COGEP, en su artículo 9 se establece: “Por regla general será competente, en razón del territorio y conforme con la especialización respectiva, la o el juzgador del lugar donde tenga su domicilio la persona demandada”.

TIPOS DE COMPETENCIA

COMPETENCIA TERRITORIAL. –

El Cogep estable que la competencia territorial, “será competente, en razón del territorio y conforme con la especialización respectiva, la o el juzgador del lugar donde tenga su domicilio la persona demandada”. Es decir, La competencia territorial hace referencia a las facultades conferidas a los órganos en razón del espacio dentro del cual pueden ejercitarla. Desde este punto de vista los órganos administrativos pueden ser órganos generales u órganos locales.

Además, es importante mencionar que dentro de la competencia territorial un ejemplo claro de esto, se establece en el Art. 9 inciso tercero; “La persona que no tenga domicilio fijo, podrá ser demandada donde se la encuentre (p.9)”. Con esta ejemplificación, otorga la competencia territorial a cualquier juzgador para procesar a un individuo, aun cuando este no tengo un domicilio estable, es decir, si la persona es oriunda de la Provincias de los Ríos, pero se le encuentra en otro Canton diferente al suyo, no es necesario que vuelva al natal, sino puede ser juzgado ahí, donde se encuentre actualmente.  

COMPETENCIA CONCURRENTE:

Dentro de la enciclopedia jurídica se menciona que la competencia recurrente eso las atribuciones sobre materia por las tanto, el Estado como las comunidades autónomas ejercen plenas potestades legislativas y ejecutivas en virtud de diversos títulos competenciales, siendo necesario a tal efecto coordinar las actividades de las distintas administraciones. Ahora bien, por su parte el Código Orgánico General de Procesos establece:  

“Competencia concurrente. Además de la o del juzgador del domicilio de la persona demandada, serán también competentes a elección de la persona actora, la o el juzgador:

1. Del lugar donde deba hacerse el pago o cumplirse la obligación respectiva.

2. Del lugar donde se celebró el contrato, si al tiempo de la demanda está presente la persona demandada o su procurador general o especial para el asunto que se trata.

3. Del lugar donde la persona demandada se haya sometido expresamente en el contrato.

4. Del lugar donde esté la cosa inmueble materia de la demanda. Si la demanda se refiere solamente a una parte del inmueble, la o el juzgador del lugar donde esté la parte disputada y si esta pertenece a diversas circunscripciones, la persona demandante podrá elegir la o al juzgador de cualquiera de ellas.

5. Del lugar donde esté ubicada la casa de habitación, si la cosa materia de la demanda está en dos o más cantones o provincias.

6. Del lugar donde estén situados los inmuebles, si una misma demanda tiene por objeto reclamar cosas muebles e inmuebles.

7. Del lugar donde se causaron los daños, en las demandas sobre indemnización o reparación de estos. 8. Del lugar donde se produzca el evento que generó el daño ambiental.

9. Del lugar donde se haya administrado bienes ajenos, cuando la demanda verse sobre las cuentas de la administración. 10. Del domicilio de la persona titular del derecho en las demandas sobre reclamación de alimentos o de filiación (p.9)”.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (10.3 Kb)   pdf (119.1 Kb)   docx (228.9 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com