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DERECHO COMERCIAL PRIMER PUNTO


Enviado por   •  21 de Abril de 2015  •  1.423 Palabras (6 Páginas)  •  304 Visitas

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TERMINACIÓN CONTRATO LABORAL

TRABAJO ARGUMENTATIVO PARA DETERMINAR LA SOLUCIÓN DEL PROBLEMA PLANTEADO

EXPLICAR Y LIQUIDAR LAS PRESTACIONES SOCIALES A LAS QUE TENÍA DERECHO EL TRABAJADOR

POLITÉCNICO GRANCOLOMBIANO

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

TECNOLOGIA EN GESTION DE MERCADO

COLOMBIA

2015

CONTENIDO

1. Planteamiento del problema……………………………………………………..…..03

2. Respuesta a la pregunta producto del problema…………………………….………04

3. Prima de servicios ……………………………………….……………………………04

4. Cesantías……………………………………………………………………………...04

5. Intereses de cesantía ………………………….………………………………….…….05

6. Vacaciones……………………………………………………………………………..06

7. Conclusión final ………………………………………………………………………07

8. Referencias ……………………………………………………………………………08

1. Planteamiento del problema

Ramiro Meneses es un trabajador de la empresa Larouse Ltda, tiene un horario de 10:00 am. a 06:00 pm., su cargo es el de Gerente de Ventas, inició su contrato el 22 octubre 1996 a término fijo por 3 años, ha sido homenajeado en varias ocasiones por ser el mejor empleado y su salario $3.500.000.

Dentro de su contrato laboral nunca se le prohibió que trabajara para otra compañía. El 15 de diciembre de 2000 sale de vacaciones y trabaja como “Latin Lover” en España en una película pornográfica.

El pasado sábado 17 de octubre en documentales Pirry, hicieron un informe especial desde Barcelona, donde visitaron la feria de “cine rosa”. Dentro de las imágenes, el señor Lino Roberto jefe inmediato de Ramiro vio los ojos de un hombre y asegura son del señor Meneses. El 21 de octubre de 2012 Ramiro Meneses fue despedido.

2. Explicar y liquidar las prestaciones sociales a las que tenía derecho el trabajador en el último año de servicio.

El señor Ramiro Meneses, termina su contrato el 21 de octubre de 2012, a fecha 31 de diciembre de 2011, se supone se le liquidaron las cesantías y en enero/12 le habrían pagado el 12% sobre el valor de las cesantías.

Por lo anterior para efectos de pagar las prestaciones sociales tales como: prima de servicio, cesantías, e intereses sobre cesantías empezamos a contar los días a partir del 01 de enero/12 al 21 de octubre de 2012 = 291 días.

Luego tomamos como base para liquidar prestaciones sociales la suma de $3.500.000 que era lo que ganaba Ramiro Meneses.

Procediendo de la siguiente manera:

Prestaciones sociales.

a. Prima de servicios: Equivalente a 15 días de salario por el tiempo laborado durante el semestre, esta prestación se paga el 30 de junio y el 20 de diciembre, o a la terminación del contrato de trabajo, para lo cual podemos aplicar la siguiente formula así:

Los 111 días corresponden a los días comprendidos entre 01 de julio/12 al 21 de octubre/12

Nota. La prima de servicios que se le debe al trabajador correspondería al tiempo proporcional trabajado desde el 01 de julio/12 hasta la fecha de despido que fue 21 de octubre/12, y se supone que en junio/12 ya debió haberse pagado la prima de servicio de mitad de año.

b. Cesantías: El empleador liquida las cesantías el 31 de diciembre de cada año y las deposita a más tardar el 15 de febrero del siguiente año en las cuentas individuales de cada trabajador. Estas cuentas son manejadas por las sociedades administradoras de fondos de cesantías.

La única situación en que al trabajador se le entregan directamente las cesantías es cuando finaliza el contrato de trabajo. En este caso, el día en que se le haga la liquidación de contrato, se le deben pagar las cesantías.

CESANTIAS= 3.500.000 X 286 = $ 2.780.556

360

Los 286 días corresponden a los días comprendidos entre el 01 de enero/12 al 21 de octubre/21 y que se supone que las cesantías del año anterior fueron liquidadas el 31 de diciembre de 2011.

c. Intereses de cesantía: cuando se liquida un contrato de trabajo, o cuando se hace una liquidación parcial de cesantías, los intereses sobre cesantías, se deben pagar a más tardar antes de finalizar el mes siguiente a la fecha de liquidación de las cesantías.

En cualquier caso, los intereses sobre las cesantías se calculan sobre el saldo cumulado a la fecha de liquidación.

Los intereses sobre cesantías son del 12% anual, o proporcional por fracción de año. Este punto es muy importante, puesto que no se puede aplicar un 12% sobre el saldo acumulado a 31 de diciembre cuando el empleado solo ha laborado 291 días, por tanto, en

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