ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Demanda caso


Enviado por   •  14 de Agosto de 2018  •  Documentos de Investigación  •  854 Palabras (4 Páginas)  •  109 Visitas

Página 1 de 4

[pic 1][pic 2]

Nosotros,JUAN CARLOS GARCIA,titular de la cedula de identidad V- 14.615.522, abogado en ejercicio inscrito  en el (IPSA) con el N° 120.597 y NELSON GONZALEZ GIMON, titular de la cedula de identidad V- 8.320.649 abogado en ejercicio e inscrito en el (IPSA) con el  N° 277.418,ambos domiciliados en la ciudad de Barcelona actuando Como apoderados de: la ciudadanaLUZ MARINA DEARMAS CLAVIER, titular de la cedula de identidad V.8.210.337, Mayor de edad, tal como se evidencia en poder notariado ante la notaria pública primera de Barcelona quedando bajo número 27 tomo 143, folios 114 hasta 118 de fecha 6 de julio del 2018.Siendo nuestra poderdante dueña de un inmueble tipo casa ubicado en la siguiente dirección urbanización Portugal identificada  con el N0 -050. De la avenida norte de la ciudad de Barcelona Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, De: conformidadcon lo previsto en la ley acudimos a su competente autoridad a fin de solicitar se dé inicio al Procedimiento  previo a la Demanda de desalojo del referido inmueble, al ciudadano.LIRIO CORREDOR,Venezolano,en su Condición de usufructuante, domiciliado en la misma vivienda antes mencionada Objeto de esta solicitud.

CAPITULO I

LOS HECHOS

Nuestra poderdante propietaria  de una casa Ubicada en la Urbanización Portugal hoy en día marcada con el numero 050 de la avenida norte de la ciudad de Barcelona municipio bolívar de el estado Anzoátegui documento de propiedad que anexo marcado con como prueba “A” registrado en el registro sub alterno de Barcelona en el año 1997 bajo el numero -98 folio 303 al 305 del protocolo tercero, en el segundo trimestre del mismo año. Es el caso que nuestra representada le dio en alquiler  un inmueble de su propiedad a un ciudadano de nombre HUGO CORREDOR, titular de la cedula de identidad N° V- 8.793.802 cuyo alquiler estaba pautado desde el 1 de enero del año 2000 hasta el 31 de diciembre de año 2000 el cual fue prorrogado, hasta el 30 de junio del año 2003 .en ese momento se le solicito la entrega del inmueble. En esos momentos, el ciudadano HUGO CORREDOR.Solicito un mes más para desocupar dicho inmueble  luego de ser cumplido el lapso de tiempo no se cumplió lo acordado y este ciudadano siguió viviendo en el inmueble sin cancelar nada. Alegando que élno lo haría. Porque no quería. En el trascurso del tiempo y buscando mediar para que este desocupara el inmueble fallese el ciudadano HUGO CORREDOR, habiendo fallecido el ciudadano en cuestión. Queda en el inmueble un ciudadano de nombre LIRIO CORREDOR.  El cual sigue negándose a entregar el inmueble el cual pertenece  la ciudadana: LUZ MARINA DE ARMAS CLAVIER la cual es nuestra poderdante.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.1 Kb)   pdf (93.6 Kb)   docx (56.3 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com