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Derecho Juridico


Enviado por   •  5 de Agosto de 2014  •  1.030 Palabras (5 Páginas)  •  269 Visitas

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Nombre: Matrícula:

Nombre del curso:

Derecho Jurídico Nombre del profesor:

Módulo:

Modulo 1 Actividad:

El matrimonio y las sucesiones.

Fecha: 29 de Julio de 2014

Bibliografía:

http://bbsistema.tecmilenio.edu.mx/webapps/portal/frameset.jsp?tab_tab_group_id=_2_1&url=%2Fwebapps%2Fblackboard%2Fexecute%2Flauncher%3Ftype%3DCourse%26id%3D_171575_1%26url%3D

http://www.am-abogados.com/blog/el-contrato-definicion-y-tipos/110/

Objetivo:

Establecer los fundamentos legales para las siguientes preguntas

Procedimiento:

Se consultaron los temas de blackboard correspondientes al modulo 1 así como diversas fuentes confiables de Internet para complementar la información solicitada.

Resultados:

1. Juan Lozano Rico y su esposa Nadia Ortega Rubí, tienen establecido su domicilio conyugal en México, deciden viajar al extranjero estando ella embarazada. El nacimiento de su hijo sucede precisamente minutos antes de aterrizar en España, a bordo de una aeronave mexicana.

Da un ejemplo de cada uno de los atributos del recién nacido.

De acuerdo a el Articulo 30 de la Constitución Mexicana, Sección IV, donde dice…”Son Mexicanos de Nacimiento los que nazcan a bordo de Embarcaciones o Aeronaves Mexicanas, sean de Guerra o Mercantes” y se interpreta en este caso, si un niño nace en un avión en status de vuelo, el niño adquiere inmediatamente primero que nada la Nacionalidad Consanguínea, o sea, la que le heredan los padres, aun así, si el niño es de padres extranjeros y nace en un avión de Matricula Mexicana, obtendrá la nacionalidad Mexicana tan solo por el hecho de ver nacido en un avión con registro Mexicano.

2. Paulina es una niña de 15 años, quiere contraer matrimonio con Manuel, que tiene también 15, para ello quieren comprar una casa, por lo que acuden con su vecino que precisamente está vendiendo la suya. ¿Es suficiente con la voluntad de ambos para celebrar el contrato de matrimonio? ¿Podrán celebrar este contrato de compra-venta? Menciona sí o no y por qué.

Uno menor de edad según las normas del código civil si puede contraer matrimonio civil, siempre y cuando tengan el permiso de sus padres el cual debe constar de manera expresa por escrito.

Esto se encuentra consagrado en el primer inciso del artículo 117 del código civil, el cual reza lo siguiente:

“Los menores de la edad expresada no pueden contraer matrimonio sin el permiso expreso, por escrito, de sus padres legítimos o naturales. Si alguno de ellos hubiere muerto, o se hallare impedido para conceder este permiso, bastará el consentimiento del otro.”

Sin embargo en las causales de nulidad del matrimonio civil, no se establece que en el matrimonio de menores de edad pueda, pedirse nulidad por no mediar el permiso de los padres, el código solo establece que es nulo el matrimonio que se haya celebrado por menores de 14 años o cuando cualquiera de los contrayentes sea menor de la edad mencionada.

Entonces a partir de que se tiene la edad de catorce años una persona puede celebrar contrato de matrimonio, según lo estipulado en el código civil. Por otro lado, en las normas atientes a la sucesión más específicamente en las causales de desheredamiento una de ellas establece lo siguiente:

“Por

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